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DIAN alerta sobre página fraudulenta que recopila datos de los ciudadanos
Richard santaLa Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, informó que personas inescrupulosas están suplantando y utilizando información de la entidad para recopilar datos privados de los ciudadanos, como: credenciales de acceso bancario y correos electrónicos. Esta información es usada comúnmente en actividades ilícitas como suplantación de identidad y robo de dinero en las cuentas bancarias.
La página utilizada para captar la información de los ciudadanos es https://ifedian.com.co/. Este portal presenta contenidos sobre la Firma Electrónica de la DIAN, y explicaciones sobre su renovación para poder dirigir a los usuarios a formularios que captan las contraseñas bancarias y de correo electrónico.
Este fraude lo hacen contactando a los ciudadanos a través de correo electrónico con archivos adjuntos en formato pdf; también por medio de llamadas telefónicas donde los delincuentes se identifican como funcionarios de la entidad y dirigen a las personas al portal web fraudulento, para robar la información de cuentas bancarias y correos electrónicos, y así realizar acciones delictivas.
La DIAN recuerda que para obtener y renovar la firma electrónica o para devoluciones, no es necesario realizar ningún pago. Así mismo, se hace énfasis en que los trámites no tienen costo alguno.
Finalmente, la DIAN invita a los ciudadanos a visitar el portal institucional www.dian.gov.co donde podrán verificar los correos enviados desde la entidad, y en el micrositio de la Oficina de Seguridad de la Información, contenidos sobre la política de protección de datos y acciones fraudulentas a nombre de la entidad https://www.dian.gov.co/atencionciudadano/Seguridad-de-la-Informacion/Paginas/Inicio.aspx
Negocios de comidas deberán actualizar Rut como no Responsables de ImpoConsumo
Richard santaLos empresarios que se dediquen exclusivamente al expendio de comidas y bebidas inscritos al Régimen Simple de Tributación (RST) podrán actualizar el Registro Único Tributario (RUT), remplazando la responsabilidad 33 del Impuesto Nacional al Consumo por el código 50 No responsable del impuesto al consumo o 57 Persona jurídica No responsable del impuesto al consumo, según corresponda
Así lo precisó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) al informar que esta medida, establecida por la La Ley de Inversión Social, busca ayudar y facilitar la reactivación económica de estos sectores económicos, mediante la exoneración de la responsabilidad de pagar dicho impuesto durante el 2022.
De esta manera, la entidad hizo un llamado para que las personas naturales y jurídicas que únicamente desarrollen estas actividades y que estén inscritos al Régimen Simple de Tributación, realicen la actualización del RUT por medio de la página de la DIAN para evitar desplazamientos.
Es importante tener en cuenta que los empresarios que durante el 2022 tengan algunos días la responsabilidad del impuesto nacional al consumo en su RUT, deberán declarar la fracción del impuesto por el número de días que aparezca la responsabilidad de Impoconsumo.
Así mismo debe tenerse en cuenta que, por el año 2022, este beneficio aplica para todos los contribuyentes que se encuentren en el RST y únicamente desarrollen una actividad de expendio de comidas y bebidas que los haga responsable del impuesto nacional al consumo.
El próximo 11 de marzo será el primer Día sin IVA de este año, informó el Presidente Iván Duque Márquez.
“Hoy también quiero transmitirles un mensaje: El primer Día sin IVA de este año será el viernes 11 de marzo, para que podamos liquidar inventarios, ayudar al comercio, podamos ayudarle a que nuestra economía también contenga efectos inflacionarios en el primer trimestre del año”, señaló el Mandatario.
El año pasado se llevaron a cabo los Días sin IVA el 28 de octubre, el 19 de noviembre y el 3 de diciembre, y permitieron ventas por alrededor de 30 billones de pesos, de acuerdo con el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
Según la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, en el último mes de 2021 el recaudo fue de $13,3 billones. Para ese mes las ventas, retención de renta y el gravamen a los movimientos financieros fueron los rubros que más aportaron a la labor de recaudo y dicho comportamiento estuvo impulsado por los Días sin IVA y la lucha contra la evasión fiscal.
Del 20 al 27 de enero, empleadores podrán postularse para incentivos sobre nómina
Richard santaLos empleadores del país que han ampliado sus nóminas, pueden postularse del 20 al 27 de enero ante su entidad financiera para acceder al beneficio económico por la vinculación de trabajadores adicionales que se encuentren en las nóminas de noviembre y diciembre del 2021.
El incentivo mensual, que otorga el Gobierno Nacional para incentivar la generación de empleo, es del 25% de un salario mínimo por cada trabajador adicional entre 18 y 28 años, de 15% de SMLMV, por cada mujer contratada mayor de 28 años y del 10% por cada hombre vinculado mayor de 28 años.
Se pueden presentar: personas naturales, personas jurídicas, consorcios, uniones temporales, patrimonios autónomos y cooperativas que demuestren su calidad de empleadores mediante la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes-PILA.
En el caso de las cooperativas de Trabajo Asociado, deben demostrar el pago de los aportes de los trabajadores asociados al Sistema de Seguridad Social Integral, mediante la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes-PILA, y se encuentren debidamente registradas ante la Cámara de Comercio de su domicilio principal.
Los postulantes del incentivo a la generación de nuevos empleos deben:
- Diligenciar el formulario de manifestación de intención y postulación como beneficiario del incentivo a la generación de nuevos empleos, dispuesto por la Entidad Financiera o Cooperativa de Ahorro y Crédito. Dicho formulario deberá ser firmado por el representante legal o el que haga sus veces.
- Anexar certificación de cumplimiento de requisitos, esta debe ser firmada por el representante legal y el revisor fiscal o contador.
- Copia del Registro Único Tributario -RUT del empleador, expedido dentro de los seis meses previos a la postulación.
A partir de enero los pensionados en Colombia gozarán de doble beneficio
Richard santaMás de un millón 180 mil personas que hacen parte de los pensionados de este país que devengan un salario mínimo, verán reflejado en su próximo pago un incremento del 10.07%, así mismo, notarán una reducción en su cotización mensual en salud del 4%.
Así lo confirmó el ministro del Trabajo, Ángel Custodio Cabrera Báez, quien explicó que seis de cada 10 pensionados se beneficiarán con las medidas: “Estas personas que tienen una pensión equivalente a un salario mínimo y que estaban devengando $908.526, pasarán a recibir un millón de pesos mensuales, adicionalmente tendrán un descuento en sus aportes de salud del 4%”, precisó.
Según lo estipula como regla general el artículo 14 de la Ley 100 de 1993, el reajuste anual automático de las pensiones debe realizarse el primero de enero de cada año, y hacerse para algunos casos con base en el índice de precios al consumidor y para otros, en el aumento del salario mínimo, lo que dependerá del monto mensual de la pensión.
En el caso que la pensión sea mayor al salario mínimo mensual, el reajuste se hará con la variación porcentual del IPC del año anterior que certifique el DANE y que fue en el 2021 del 5,62 %.
El descuento en salud se basa en el artículo 204 de la Ley 100 de 1993, que estipula que para los pensionados que devengan un salario mínimo el descuento será para el 2022 del 4%, para los que tienen de mesada más de 1 SMLMV y hasta 2 SMLMV, la cotización mensual es del 10%; y para los que superen los 2 SMLMV será del 12%.
307.679 nuevas empresas se crearon en el país durante 2021, aumentó un 10,6%
Richard santaEl 2021 cerró con un balance muy positivo en materia de emprendimiento en el país: entre enero y diciembre se crearon 307.679 nuevas empresas en todo el territorio nacional, un aumento de 10,6% en comparación con 2020.
Así se desprende del Informe de Dinámica de Creación de Empresas realizado por Confecámaras, con base en la información del Registro Único Empresarial y Social (RUES), que recoge información del registro mercantil de las 57 Cámaras de Comercio del país.
Del total de nuevas empresas registradas, 74,4% corresponden a personas naturales y 25,6% a sociedades. Es importante anotar que las sociedades crecieron 14,6% respecto a 2020 al pasar de 68.853 a 78.880 en 2021. Por su parte, las matrículas de personas naturales pasaron de 209.449 a 228.799, lo que representa una variación positiva de 9,2%.
Otro dato para destacar es que de las personas naturales creadas entre enero – diciembre de 2021, el 61,3% fueron mujeres y el 38,7% hombres. Por su parte, en las sociedades creadas durante el mismo periodo, el 23,2% tiene una participación media – alta de las mujeres en el capital.
“Uno de los principales activos de la sociedad son sus empresarios, que trabajan sin descanso por sacar adelante sus emprendimientos y generar nuevas oportunidades, siendo ejemplo para el país. No cabe duda del importante papel que cumplen como fuente de bienestar, progreso y de empleo para los colombianos. El compromiso de las Cámaras de Comercio es estar a su lado ofreciéndoles los mejores servicios para apoyarlos en su crecimiento”, asegura Julián Domínguez, Presidente de Confecámaras.
Empresas empleadoras
Según cifras del RUES, el 52,2% de las empresas creadas entre enero y diciembre de 2021 se constituyeron creando al menos un empleo. De estas empresas, el 40% tiene mujeres dentro de su planta de personal y el 9% tiene mujeres ocupando cargos directivos.
Entre los sectores más dinámicos en creación de empleo se encuentran comercio, alojamiento y servicios de comida, industrias manufactureras, actividades profesionales, científicas y técnicas y construcción, los cuales explican el 76,5% de la participación total del número de nuevas empresas empleadoras.
Contribución por sectores
Las actividades económicas relacionadas con el sector de servicios registraron la mayor contribución materia de creación de empresas al tener una variación positiva del 13,1%, seguido del sector comercio con una variación del 7,3%, industria con 9,5% y construcción con 10,2%.
En servicios, los subsectores que más contribuyeron al crecimiento fueron expendio de bebidas alcohólicas para consumo dentro del establecimiento, expendio a la mesa de comidas preparadas y actividades inmobiliarias realizadas con bienes propios o arrendados.
En comercio destacan el comercio al por menor de productos farmacéuticos y medicinales, el comercio al por menor en establecimientos no especializados con surtido compuesto principalmente por alimentos, bebidas y tabaco y el comercio al por menor de bebidas y tabaco en establecimientos especializados.
Por su parte, en la industria, dentro de los subsectores que más aportaron a la dinámica positiva se encuentra la confección de prendas de vestir, elaboración de productos de panadería y elaboración de comida y platos preparados.
Por tamaño de empresa
De acuerdo con el tamaño de la empresa medido por el valor de sus activos, se evidencia que el conjunto de nuevas unidades productivas está conformado principalmente por microempresas (99,5%), seguido por las pequeñas empresas (0,4%) y el restante se encuentra en las medianas y grandes empresas (0,03%).
La creación de microempresas creció en 10,6% con respecto a 2020, al pasar de 276.891 a 306.140. Las pequeñas empresas crecieron 9,1%, al pasar de 1.328 a 1.449. Las medianas empresas evidenciaron crecimiento del 1,5% al pasar de 68 a 69 unidades productivas nuevas en 2021. Finalmente, las grandes empresas presentaron un crecimiento del 40%, al pasar de 15 a 21 nuevas unidades productivas.
MinComercio explicó alcance del Decreto sobre RNT y parafiscales para hotelería
Richard santaEl Gobierno Nacional expidió el Decreto 1836 de 2021 con el cual se actualizó la reglamentación del Registro Nacional de Turismo, RNT, y las obligaciones que tienen las plataformas electrónicas o digitales de servicios turísticos establecidas en el artículo 38 de la Ley 2068 de 2020.
“Este decreto es uno de los compromisos y acciones que hemos impulsado desde el Ministerio, por su importancia y contribución a la formalización del sector hotelero y turístico del país”, explicó la ministra de Comercio, Industria y Turismo, María Ximena Lombana Villalba.
La ministra agregó que las medidas de política pública frente a la regulación de las plataformas digitales convierten a Colombia en un país pionero en temas de formalización de la prestación de servicios turísticos.
Respecto de las plataformas electrónicas o digitales de servicios turísticos, la norma reglamenta las obligaciones de inscribirse en el RNT, exhibir el número de RNT del prestador, retirar el anuncio cuando el prestador no lo exhiba o cuando exista una orden administrativa o judicial en firme, así como la entrega de información solicitada por las autoridades colombianas. El Registro Nacional de Turismo es totalmente gratuito y la inscripción digital se puede realizar a través de las cámaras de comercio.
El decreto actualiza la reglamentación del Registro Nacional de Turismo en relación con todos los trámites y simplifica varios de ellos, con el fin de facilitar la formalización de los prestadores de servicios turísticos.
Acorta de 15 a 5 días el término para que las cámaras de comercio efectúen el registro o devuelvan la solicitud; unifica las causales para el no registro de inscripción o renovación; y fusiona los trámites de reactivación y renovación para los casos en que una inscripción ha sido suspendida por el incumplimiento del deber de renovar.
Igualmente, impide incluir preguntas adicionales en los trámites de renovación, con el fin de evitar que esta gestión se vuelva excesivamente engorrosa para los prestadores.
El decreto diferencia requisitos para inscripción de los comerciantes y de los no comerciantes, evitando exigir a estos últimos unas cargas desproporcionadas en la realización del trámite.
También actualiza la lista de prestadores de servicios turísticos, incluyendo como nuevas categorías a los parques de ecoturismo, parques de agroturismo, plataformas electrónicas o digitales de servicios turísticos y organizadores de bodas destino.
Las cámaras de comercio tienen seis meses para hacer los ajustes a sus formularios y sistemas de información, mientras que los operadores de plataformas electrónicas o digitales disponen de ocho meses para cumplir con las obligaciones previstas en la norma.
Recaudo parafiscal
El Decreto 1338 de 2021 reglamentó el pago de la contribución parafiscal para el turismo por parte de las plataformas electrónicas o digitales de servicios turísticos. Desarrolla lo señalado en la Ley 2068 de 2020, que determinó como una de las obligaciones de estas plataformas pagar la contribución parafiscal conforme a los procedimientos o mecanismos establecidos por el Gobierno nacional.
Esta disposición era necesaria porque en la medida en que el turismo crezca, las plataformas que ofrecen estos servicios también se ven beneficiadas e impactadas de forma positiva. De ahí la importancia de que estos actores fueran también aportantes, destacó por su parte el viceministro de Turismo, Ricardo Galindo Bueno.
El recaudo se efectuará a través del Fondo Nacional de Turismo, como sujeto activo de la obligación. Para este efecto, Fontur viene realizando los ajustes a los formularios y a sus sistemas de información según confirmó el viceministro.
“Esta contribución nos permite fortalecer la promoción, competitividad y la infraestructura turística”, dijo el presidente de esta entidad, Irvin Pérez, quien señaló que la expectativa de recaudo de parafiscales para este año es de $64.000 millones.
Se contará además con una cuenta internacional a nombre de Fontur, en la que el contribuyente consignará el valor en dólares, convertidos a pesos colombianos con la TRM del momento de la liquidación del tributo.
El valor de esta contribución corresponde al 2,5 por mil de los ingresos operacionales derivados de la comisión, remuneración o tarifa de uso que la plataforma de servicios turísticos perciba por su actividad.
Este decreto reglamentario permitirá mayores recursos para el turismo, contar con un turismo fortalecido y más sostenible, ser un destino más competitivo con impacto positivo en la economía nacional y equilibrar la balanza entre prestadores de servicios turísticos.
Régimen Simple de Tributación brinda oportunidad de ahorro en pago de impuestos
Richard santaLa Ley de Inversión Social trajo consigo una serie de beneficios que contribuyen a la reactivación económica de los micro y pequeños empresarios del país a través del Régimen Simple de Tributación - RST.
De acuerdo con la DIAN, para iniciar, permite que a partir de 2022 aquellos empresarios que tengan ingresos inferiores a 100.000 UVT hagan parte del RST. En este aspecto es importante tener en cuenta que, si el emprendedor aún no tiene inscripción en el Registro Único Tributario – RUT, puede hacer parte del RST en cualquier momento del año, entre tanto, si el emprendedor o empresario cuenta con RUT, puede acceder a los beneficios del RST actualizando su Registro Único Tributario a través de la App DIAN o mediante los sistemas electrónicos de la entidad, entre el 1 de enero y el 28 de febrero de 2022, sin programar cita, ni hacer filas.
Adicional a ello, para los propietarios de restaurantes y bares, o cuya actividad principal y exclusiva sea el expendio de comidas y bebidas, la normativa presenta un nuevo beneficio con tarifas diferenciales que oscilan entre el 3,4% y el 7%, las cuales se determinan por los ingresos y la actividad económica, además, no será responsable del Impuesto Nacional al Consumo durante el año 2022. Del mismo modo, las franquicias no serán responsables de IVA durante este mismo periodo.
Para gozar de los beneficios que trae el RST es importante tener en cuenta lo siguiente:
Si ya tiene RUT puede consultar el paso a paso https://www.dian.gov.co/impuestos/RST/Documents/Paso-a-paso-RST.pdf y hacer su inscripción en el RST.
Si se inscribe en el RST después del 1 de enero, deberá transferir o adicionar en los recibos electrónicos del SIMPLE, los impuestos generados durante el periodo gravable que no ha concluido a la fecha de la inscripción en el RST, como lo es el Impuesto Nacional al Consumo generado en este periodo.
Las medidas que surgieron a partir de la Ley de Inversión Social buscan fortalecer el tejido empresarial colombiano, contribuyendo a la reactivación económica, la recuperación de la inversión, la generación de empleo formal, y la posibilidad de que los comerciantes, empresarios y emprendedores reinviertan en sus empresas y negocios para ser más competitivos en el mercado, partiendo del ahorro que obtienen a través del Régimen Simple de Tributación.
La Misión de Empleo compuesta y liderada por expertos del ámbito académico socializó sus principales conclusiones, con el objeto de generar un amplio escenario de discusión sobre las principales dificultades del mercado laboral colombiano y posibles soluciones.
La Misión se creó para hacer frente al deterioro del mercado laboral, acentuado por el impacto de la pandemia. Inició en julio de 2020 bajo el liderazgo del economista Santiago Levy y el académico Darío Maldonado, contó con un equipo de investigadores de las universidades Nacional, Los Andes y Eafit y una secretaría técnica conformada por el Departamento Nacional de Planeación y el Ministerio del Trabajo. Creada para realizar un análisis del sistema laboral colombiano y hacer recomendaciones de política pública para implementar en el corto, mediano y largo plazo.
Los temas abordados y sobre los cuales centró su atención fueron: protección social al trabajador y empleo; regulación laboral, formación para el trabajo, además del análisis de las normas y programas que han afectado el sistema laboral en el país desde los años 90.
La Misión contó con la participación de organizaciones internacionales como el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), el Banco Mundial, el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID).
Además de las recomendaciones del equipo liderado por Levy y Maldonado, los documentos entregados al Gobierno Nacional incluye: los hallazgos de los gremios ANDI, SAC, ASOBANCARIA, FENALCO y ACOPI, así como un informe del Banco Mundial y otros documentos de coyuntura, los cuales contemplaron también una serie de propuestas.
La socialización de los resultados está dirigida al gobierno nacional, académicos, sectores de la producción y organizaciones de trabajadores, entre otros.
El Ministro del Trabajo y la Directora del Departamento Nacional de Planeación destacaron que el Gobierno Nacional analizará las recomendaciones de la Misión, y espera que estas alimenten una discusión amplia por parte de diversos sectores de la sociedad.
La Misión de Empleo desarrolló cinco (5) estudios: 1. “El rompecabezas de la protección social en un mercado laboral con alta informalidad: análisis de un siglo de reformas en Colombia”; 2.“Mercados laborales fragmentados y el sistema de protección social en Colombia”; 3. “Cumplimiento de la regulación y conflictividad laboral en Colombia” ; 4. “Se buscan empleos de calidad: políticas activas y pasivas de empleo en Colombia” ; y 5. “Ampliando las opciones en el mercado laboral: presente y futuro de la educación vocacional y técnica en Colombia”.
Estos trabajos están disponibles en www.misionempleo.gov.co
Gobierno ha desindexado mayoría de tarifas, cobros y multas que aumentaban con salario mínimo
Richard santaEl Gobierno nacional ha modificado aquellas tarifas o cobros que se aumentaban con base en el incremento del salario mínimo, lo que ha resultado en que el 89% de estos conceptos ya no se calculen bajo esta figura.
Es que después que se aprobó el Artículo 49 del Plan Nacional de Desarrollo, “Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad”, varias entidades del Gobierno nacional emprendieron la tarea de identificar qué partidas tenían ancladas al salario mínimo para modificarlas.
“Venimos adelantando este trabajo desde este ministerio, así como de la mayoría de las carteras, hace ya unos tres años y podemos decir que 66 de 74 de estos conceptos ya no se calculan bajo el salario mínimo, lo que significa que el aumento del salario mínimo tendrá efectivamente más valor a la hora de pagar por estos rubros”, expresó el ministro de Hacienda y Crédito Público, José Manuel Restrepo.
De esta manera, los aumentos de estos rubros se calcularán a partir de otras variables como lo es el Índice de Precios al Consumidor, lo que permite proteger la capacidad adquisitiva de los trabajadores del país.
De esta manera, aumentos en las cuotas moderadoras en salud, tarifas de los centros de diagnóstico automotriz, multas y sanciones en los sectores TIC, Educación, Trabajo, Defensa, Agricultura, Transporte, entre otros, ya no se anclarán al salario mínimo.
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Instructivo 001, Contaduría sobre cambio de periodo contable 2021 - 2022
Richard santaLa Contaduría General de la Nación publicó el Instructivo 001 del 24 de diciembre de 2021, por el cual da instrucciones relacionadas con el cambio del periodo contable 2021 -2022, el reporte de información a la entidad y otros asuntos del proceso contable.
Supersociedades asume funciones de supervisión de las cámaras de comercio
Richard santaEn cumplimiento de la Ley de Emprendimiento (Ley 2069 de 2020 – Artículo 70), la Superintendencia de Sociedades asumió desde del primero de enero de 2022, la inspección, vigilancia y control de las cámaras de comercio del país.
“Ejerceremos un proceso de supervisión enfocado en la prevención y basado en el análisis de riesgos, con el firme propósito de contribuir al crecimiento económico y social mediante la supervisión, protección y fortalecimiento de las sociedades, con el fin de generar legalidad y equidad en beneficio del tejido empresarial del país”, aseguró el Superintendente de Sociedades, Billy Escobar Pérez.
Con el fin de ejercer efectivamente estas nuevas competencias, la Superintendencia de Sociedades creó la Dirección de Supervisión de Cámaras de Comercio y sus Registros Públicos, y realizó, a lo largo del 2021, actividades preparatorias y de empalme para recibir las funciones que hasta el 31 de diciembre estarán a cargo de la Superintendencia de Industria y Comercio, que adicionalmente permitieron conocer con mayor profundidad la importante labor de las cámaras de comercio en la formalización y el fortalecimiento de las empresas en el país.
Banco de la República incrementó en 50 puntos básicos tasa de interés para enero
Richard santaLa Junta Directiva del Banco de la República decidió incrementar en 50 puntos básicos la tasa de interés de política monetaria.
Esta decisión se tomó por mayoría de 4 a 3, llevando la tasa de interés a 3,0%. Tres miembros de la Junta votaron por un incremento de 75 puntos básicos (p.b.).
Esta decisión se adoptó teniendo en cuenta los siguientes elementos:
La inflación anual en noviembre sorprendió al alza registrando un incremento de 68 p.b. respecto a la registrada en octubre, con lo cual se ubicó en 5,26%. La inflación básica anual (IPC sin alimentos ni regulados) también mostró una tendencia creciente al situarse en 2,54%, 52 p.b. por encima del nivel de octubre. Estos resultados llevaron a una revisión del pronóstico de inflación a 5,3% para 2021 y a 3,7% para 2022.
Indicadores líderes muestran que el PIB continúa con una dinámica de crecimiento importante en el cuarto trimestre, alcanzando niveles superiores a los de la prepandemia y el equipo técnico ratificó su proyección de crecimiento del PIB de 9,8% para 2021.
En 2021 el déficit en cuenta corriente alcanzaría un nivel de 5,6% del PIB explicado por el crecimiento de la demanda interna. Para 2022 se espera una reducción del déficit de la cuenta corriente a 4,9% del PIB, en un contexto financiero internacional menos holgado.
Las expectativas de inflación han aumentado y se ubican por encima de la meta de 3%, incluso a mediano plazo. Ello implica el riesgo de inducir procesos de indexación a mayores niveles de inflación.
La autoridad monetaria reitera su compromiso con la meta de inflación de 3% anual, y seguirá tomando las decisiones requeridas para asegurar la convergencia de la inflación hacia dicha meta.
En 38 cámaras de comercio de Colombia está habilitada la Ventanilla Única Empresarial
Richard santaEl Ministerio de Comercio, Industria y Turismo anunció que la Ventanilla Única Empresarial (VUE) ya está habilitada en 38 cámaras de comercio. Esta es la plataforma que centraliza trámites y consultas relacionadas con la actividad empresarial en el país.
“Estamos comprometidos con hacerle más fácil la vida a los empresarios para que puedan ser más productivos y competitivos. Por esta razón, el próximo año continuaremos trabajando con Confecámaras para habilitarla en 19 cámaras de comercio adicionales y llegar así a las 57 en todo el país”, afirmó la ministra de Comercio, Industria y Turismo, María Ximena Lombana Villalba.
Desde su creación en mayo de 2018 y hasta noviembre de 2021, a través de la VUE se han fundado más de 116.000 empresas, impulsando así la reactivación y el emprendimiento en Colombia.
Para el desarrollo de esta herramienta, el Gobierno nacional ha destinado $5.800 millones y continuará haciendo inversiones para expandir y mejorarla constantemente.
Además de la habilitación de 26 cámaras de comercio en la VUE, durante el 2021, es importante resaltar el trabajo del Gobierno nacional por incluir cada vez más servicios y trámites a los empresarios y emprendedores en este sitio virtual.
Hoy la VUE facilita registros empresariales tales como Registro Mercantil, RUT y NIT, entre otros. Igualmente, permite trámites de aseguramiento de trabajadores en salud y ARL, así como registro y obtención de normas sanitarias ante el INVIMA.
Adicionalmente, en la VUE se pueden realizar diferentes consultas como la homonimia, el Código CIIU, las multas de código de policía, la consulta del estado del RUT y la consulta de uso de suelo.