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Colombia y Guatemala firman acuerdo de reconocimiento mutuo de OEA
Richard santaLuego de negociaciones entre las autoridades aduaneras de la República de Guatemala y la República de Colombia, se firma un Acuerdo de Reconocimiento Mutuo (ARM) de sus programas de Operador Económico Autorizado (OEA).
El OEA fue adoptado en el año 2007 por la Organización Mundial de Aduanas (OMA), bajo el Marco de Estándares para Facilitar y Asegurar el Comercio (Marco SAFE), con el propósito de mejorar y fortalecer la seguridad en la cadena de suministro internacional.
Con la firma de este ARM, las empresas autorizadas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN en Colombia y certificadas por la Intendencia de Aduanas de Guatemala como Operadores Económicos Autorizados, podrán acogerse a los beneficios consagrados en el programa, relacionados con trámites de comercio más ágiles ante las autoridades de control del OEA. Por tanto, las empresas gozan de disminución de inspecciones físicas y documentales y reciben tratamientos preferenciales al momento de ingresar las mercancías al otro país.
Durante el acto de firma, la Directora de Gestión de Aduanas de la DIAN, Ingrid Díaz Rincón, manifestó: "Con este acuerdo se pactaron ventajas y beneficios mutuos entre nuestros países para asegurar y facilitar las operaciones de las empresas, y en esta vía, incrementar la competitividad y las oportunidades de crecimiento del sector privado. Tener empresas comprometidas con la seguridad de la cadena de suministro internacional contribuye a mitigar los riesgos en los delitos transnacionales, delitos tales, como: lavado de activos, financiación del terrorismo, contrabando, narcotráfico, tráfico de estupefacientes y tráfico de armas".
Por su parte, Marco Livio Díaz Reyes, Superintendente de Administración Tributaria de Guatemala, indicó que "Para la Superintendencia de Aduanas de Guatemala la firma del presente acto de arreglo - acuerdo de reconocimiento mutuo de la figura de OEA con la DIAN es parte del cumplimiento, en primer lugar, de nuestro plan estratégico institucional 2021-2025 el cual dentro de uno de los objetivos estratégicos se establece modernizar de manera integral el servicio aduanero y de comercio exterior y la firma de acuerdos de reconocimiento mutuo."
Con la firma del Acuerdo de Reconocimiento Mutuo, los representantes de Guatemala y Colombia se mostraron satisfechos por alcanzar esta nueva meta, la cual no solo fortalece los lazos comerciales que tradicionalmente han unido a las dos naciones hermanas, sino que representa un eslabón más en el propósito de afianzar la competitividad de sus empresarios y desarrollar las economías de manera conjunta.
Colombia cuenta actualmente con 397 empresas autorizadas como Operador Económico Autorizado, ocupando el 3 puesto en Latinoamérica con más empresas autorizadas después de México y Brasil. Cuenta, además, con 979 empresas que realizaron exportaciones a Guatemala durante el año 2021. A su vez, Guatemala tuvo 199 empresas que exportaron a Colombia en el mismo periodo.
El comercio exterior entre los dos países tiene las siguientes cifras:
En los años 2019, 2020 y 2021 Colombia exportó a Guatemala un valor de USD1.216 millones (CIF) y Guatemala a Colombia por un valor de USD106.98 millones (CIF).
En los 10 años del OEA en Colombia, las autoridades de comercio exterior consideran a las empresas OEA como los mayores usuarios de confianza, gracias a los cuales el país avanza en la construcción de un comercio legal, dinámico y eficiente. Se sigue creciendo ya que actualmente se cuenta con 9 ARM´s (Bolivia, Brasil, Chile, Costa Rica, Ecuador, Guatemala, México, Perú y Uruguay).
El programa OEA, liderado por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN, cuenta con el apoyo de la Policía Nacional (Dirección de Antinarcóticos), Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos -Invima, Instituto Colombiano Agropecuario -ICA, Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, Superintendencia de Transporte, y la Dirección General Marítima -DIMAR; y suma más de 70 beneficios para cada tipo de usuarios entre aduaneros, tributarios, sanitarios y de atención preferencial.
Personas sin opción de pensión tendrán oportunidad de tener una renta vitalicia
Richard santaEl Gobierno Nacional trabaja dos decretos que beneficiarán a las personas que no pueden pensionarse, para que no queden desprotegidas.
El primer caso, permitirá a las personas que no se han pensionado y han realizado aportes al Sistema de Pensiones, trasladar al programa de Beneficios Económicos Periódicos, BEPS los recursos, sobre los cuales el gobierno otorgará un 20 % adicional para que puedan gozar de una renta vitalicia, sí y solo sí manifiesta su intención en un plazo no mayor a seis meses.
“Lo que se pretende, es que aquellas personas que no puedan pensionarse no queden desprotegidas, y tengan una nueva opción de ingresar con esos ahorros de toda su vida al mecanismo BEPS, y de esta manera poder seguir ahorrando, a lo que la nación les pondrá un 20% adicional” puntualizó el Ministro del Trabajo, Ángel Custodio Cabrera
El otro caso, contempla que las personas que hayan ahorrado en el mecanismo de los Beneficios Económicos Periódicos, BEPS, puedan convertir ese dinero en semanas y así completar los requisitos y obtener una pensión de por lo menos un salario mínimo dentro del Sistema de Pensiones
Las anteriores alternativas y cuyos decretos se encuentran en borrador, aclara que la decisión que tomen las personas mayores es 100 por ciento voluntaria.
Los proyectos de decretos se encuentran publicados en la página web del Ministerio del Trabajo para comentarios de la ciudadanía y son producto de las necesidades y solicitudes que expresaron por diferentes medios parte de los colombianos.
Actualmente cuando los afiliados al Sistema General de Pensiones no cuentan con los requisitos mínimos para obtener una pensión de vejez y ante la imposibilidad de seguir cotizando, pueden solicitar a su fondo de pensiones la indemnización sustitutiva o la devolución de saldos.
DIAN Anuncia Convocatoria para Empresa Operadora de Devolución de IVA a Turistas Extranjeros
Richard santaCon la expedición de la Resolución 000489 del 29 de abril del 2022, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –DIAN, inicia el proceso para autorizar a una empresa operadora de pagos que realice la devolución del Impuesto sobre las Ventas -IVA a los turistas extranjeros que compren bienes gravados con este impuesto en el territorio nacional.
Entre el 9 y el 31 de mayo de 2022, los interesados podrán presentar la manifestación de interés ante la DIAN, para optar por la autorización como empresa operadora.
La información de los requisitos y condiciones de esta convocatoria se pueden consultar en el enlace: https://www.dian.gov.co/impuestos/Convocatoria-operadora-de-pagos-devolucion-de-IVA-a-turistas-extranjeros/Paginas/Convocatoria.aspx
Proyecto de modificación de Guía de deterioro y baja en cuentas de cuentas por cobrar
Richard santaLa Contaduría General de la Nación pone a discusión de los interesados y del público en general el proyecto de modificación de la Guía de deterioro y baja en cuentas de las cuentas por cobrar.
La entidad recibirá comentarios sobre este proyecto de modificación hasta el 23 de mayo.
Proyecto de decreto modifica NIIF para Grupo 1 contenidas en el Decreto 2420 de 2015
Richard santaEl Ministerio de Comercio, Industria y Turismo -MinCIT, publicó el proyecto de decreto por medio del cual se modifica parcialmente las Normas de Información Financiera para el Grupo 1 contenidas en el Decreto 2420 de 2015, Decreto Único Reglamentario de las Normas de Contabilidad, de Información Financiera y de Aseguramiento de la Información, y se dictan otras disposiciones.
De acuerdo con la Dirección de Regulación del Ministerio, la propuesta normativa responde a la necesidad de actualizar las normas de información financiera incorporadas en la legislación colombiana, frente a los estándares internacionales en estas materias.
Las normas que la propuesta propone modificar permitirán:
Que los preparadores de información, en calidad de arrendatarios, puedan contar con la opción de una solución práctica para el tratamiento de las modificaciones de los arrendamientos originados por la situación de pandemia Covid 19, contribuyendo a aliviar la carga administrativa y a reducir los costos que esta situación pueda generar.
Para efectos de revelar información financiera, aclarar las políticas contables significativas o con importancia relativa, que se deben revelar en las notas a los estados financieros, que puede razonablemente esperarse que influya en las decisiones que toman los usuarios principales de los estados financieros con propósito general, sobre la base de dichos estados financieros.
Clarificar el uso de una estimación contable, y diferenciarla de una política contable. En cuanto al impacto del impuesto diferido relacionada con activos y pasivos que se derivan de una transacción, ocurrirá principalmente en entidades que tengan en sus estados financieros activos y pasivos por contratos de arrendamiento y, pasivos por provisiones originados en obligaciones de retiro, rehabilitación del terreno donde se asienta el activo, u obligación de restauración.
Para el caso colombiano, los pagos por contratos de arrendamiento que fiscalmente se tratan como operativos resultan deducibles, no obstante, para efectos contables se tratan como un activo por derecho de uso y un pasivo por la obligación.
El proyecto de decreto a expedir modifica los anexos técnicos contenidos en los Decretos 2270 de 2019; 1432 de 2020 y 938 de 2021, expedidos el 13 de diciembre de 2019; 5 de noviembre de 2020 y 19 de agosto de 2021, respectivamente, con el fin de incorporar en la normativa vigente los últimos estándares internacionales de información financiera recomendados por el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, instancia en la cual se observó el debido proceso establecido en la Ley 1314 de 2009. Lo destinatarios usarán estos estándares para tener una información financiera útil para la toma de decisiones económicas por parte de todos los interesados.
El Ministerio recibirá comentarios hasta el 19 de mayo.
DIAN y Cámaras de Comercio eliminaron el paso de generación del Pre-RUT
Richard santaLa Ventanilla Única Empresarial (VUE), sigue agilizando trámites para facilitar la actividad de los emprendedores y empresarios. Ahora podrán completar el proceso de formalización de empresa de forma más fácil y rápida, gracias a la eliminación del paso del pre-RUT ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN.
De esta manera, las personas interesadas podrán obtener su certificado Registro Único Tributario (RUT) de manera más directa y crear su empresa en menos pasos en el portal de www.VUE.gov.co
Este es un resultado del trabajo conjunto entre Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, la DIAN, las Cámaras de Comercio y Confecámaras, que establecieron una dinámica diferencial en la que el cruce informativo eliminó pasos en la creación de empresa. Considerando que Colombia se clasifica como la mejor nación de Latinoamérica para emprender (según el informe del Global Entrepreneurship Monitor 2022), este logro articulado entre las entidades facilitará a más personas la creación de sus negocios.
De esta manera, los emprendedores y empresarios podrán obtener el número de Identificación Tributaria asignado por la DIAN -NIT a través del formulario RUES en el mismo trámite de creación de matrícula mercantil en el portal VUE.
El director general de la DIAN, Lisandro Junco Riveira, afirmó que este logro representa un importante hito que permite agilizar tiempos y minimizar los costos asociados a los trámites.
Recuerda que el certificado del RUT es un requisito necesario para poder completar la creación de tu empresa. Encuentra más información en www.VUE.gov.co
MinTrabajo y Corte Suprema de Justicia avanzan en reforma al código procesal del trabajo
Richard santaCon el fin de trabajar en la descongestión de los procesos laborales en Colombia, el Ministro del Trabajo y La Corte Suprema de justicia avanzan en la reforma al código procesal del trabajo.
“Con la sala laboral firmamos un convenio de colaboración armónica, en la cual discutimos muchos de los temas, en primer lugar, una descongestión en todos los procesos laborales que nos permite una mayor justicia para los trabajadores” aseguró, el ministro del Trabajo, Ángel Custodio Cabrera Báez.
Por su parte el presidente de la sala de casación laboral, Iván Mauricio Lenis, afirmó que el proyecto de reforma estimulará la creación de más jueces laborales municipales, “se espera que a futuro y con esta reforma y logrando una mejor redistribución de los procesos en otras regiones podamos fortalecer la creación de más despachos laborales” añadió, el magistrado.
Además, con el memorando de entendimiento, se fortalecerán los lazos entre la Corte Suprema de Justicia y el Ministerio de Trabajo con la intención de que los derechos laborales día a día tengan una mayor protección y los ciudadanos cuenten con mejores funcionarios en sus instituciones.
Con el fin de aportar a la simplificación de trámites en materia de creación de empresas y otros, la Cámara de Comercio de Bogotá y la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, anunciaron que se elimina el diligenciamiento del formulario PRERUT.
Anteriormente, las personas debían realizar un pre-registro ante la DIAN, llamado PRERUT, y presentarlo ante la Cámara de Comercio, como parte indispensable del proceso de creación de matrícula mercantil. Ahora, con esta decisión, se simplifica aún más el procedimiento para la creación de una empresa, abrir sucursales de sociedad extranjera e inscribir personas jurídicas sin ánimo de lucro.
La eliminación de este trámite se da gracias al esfuerzo de ambas entidades por articular y coordinar sus sistemas tecnológicos de información y datos. Así las cosas, a partir de ahora, únicamente será necesario diligenciar el formulario RUES y tramitar directamente en la Cámara de Comercio de Bogotá, a través de los canales presenciales y virtuales, la matrícula e inscripción que los acredita como empresarios formalizados y/o personas con plena capacidad jurídica para realizar negocios.
Así mismo, en este mismo trámite se obtendrá de forma automática e inmediata el Número de Identificación Tributaria asignado por la DIAN -NIT-, lo que permitirá que los empresarios y emprendedores empiecen a desarrollar sus actividades económicas de manera inmediata, con la tranquilidad que ya son contribuyentes reconocidos legalmente ante la DIAN.
Nicolas Uribe Rueda, presidente de la Cámara de Comercio de Bogotá afirmó que "Con esta iniciativa la Cámara de Comercio de Bogotá y la DIAN avanzamos en la simplificación del proceso de formalización y creación de empresas. Esta decisión permitirá además disminuir los costos propios de transacción (tiempo y dinero) para acceder a las distintas herramientas jurídicas que permiten iniciar negocios de forma segura, legal y formal".
Por su parte, Lisandro Junco Riveira, director general de la DIAN manifestó que "la eliminación del preRUT en el proceso de asignación del NIT a través de las cámaras de comercio es un importante hito en la estrategia de simplificación y racionalización de trámites de la entidad, reduciendo el tiempo y los costos asociados; para de esta forma, facilitar el cumplimiento voluntario de las obligaciones con el estado colombiano".
La eliminación del prerut es la materialización del esfuerzo conjunto realizado por estas entidades, que han sido aliados estratégicos en el proceso de formalización de los empresarios y que previamente habían introducido mejoras en el proceso de creación de empresas como la integración de sus sistemas para la asignación del NIT, la reducción del tiempo de creación de sociedades comerciales, la eliminación del requisito de cuenta bancaria para la solicitud de numeración de facturación, entre otros.
La eliminación de este trámite cobija a las empresas y organizaciones que están domiciliadas en Bogotá o en los 59 municipios de la región de Cundinamarca. No obstante, se espera que el sistema de Cámaras de Comercio se sume rápidamente a esta iniciativa con el objetivo de simplificar este trámite en todo el país.
Banco de la República incrementó 100 puntos la tasa de interés de política monetaria
Richard santaLa Junta Directiva del Banco de la República decidió incrementar en 100 puntos básicos (p.b.) la tasa de interés de política monetaria. Esta decisión se tomó por mayoría de 4 a 3, llevando la tasa de interés a 6,0%. 3 miembros de la Junta votaron por un incremento de 150 p.b.
En su discusión de política la Junta Directiva tuvo en cuenta los siguientes elementos:
- En el mes de marzo la inflación total aumentó de 8,01% a 8,53%, mientras que la inflación sin alimentos ni regulados pasó de 4,11% a 4,51%.
- Las expectativas de inflación para 2022 están alrededor de 7%. Para horizontes más largos convergen hacia la meta de 3%, tal como lo indican las expectativas de 4% para fin de 2023 y de 3,7% a 24 meses.
- La actividad económica sigue exhibiendo un buen dinamismo. El equipo técnico revisó al alza su pronóstico de crecimiento para 2022 de 4,7% a 5,0%, manteniéndolo en 2,9% para 2023.
- Las perspectivas de un aumento de las tasas de interés en Estados Unidos más acelerado de lo previsto y el impacto sobre los precios internacionales de la invasión de Rusia a Ucrania podrían generar presiones inflacionarias adicionales.
- Con la decisión adoptada el día de hoy, la Junta continúa con el proceso gradual pero firme de ajuste de la política monetaria con el propósito de asegurar un retorno progresivo de la inflación a la meta de 3% anual.
A partir del 1 de mayo, las consultas enviadas al CTCP solo se recibirán en los correos institucionales
Richard santaEl Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, informó a la opinión pública y grupos de interés en general que a partir del primero de mayo de 2022, todas las consultas enviadas por la ciudadanía que tengan que ver con preguntas de carácter técnico contable, sobre normas de información financiera, aseguramiento de la información, revisoría fiscal y auditoría que sean de carácter general, solo serán recibidas a través de los canales oficiales establecidos para tal fin.
Estos son los buzones de correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. o Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. (enviar la consulta solamente a uno de los dos canales) y la oficina para la recepción de correspondencia física del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo ubicada en la Calle 28 No. 13 A – 15 en Bogotá, Colombia.
En consecuencia, después de la fecha señalada las consultas de la ciudadanía que se reciban a través de otros medios no serán recibidas para su trámite por parte del CTCP.
Tal decisión tiene asidero en la adopción de medidas que garanticen la trazabilidad sobre las consultas recibidas y el cumplimiento de los tiempos de respuesta contemplados en el Reglamento Interno del CTCP que está para su libre consulta en: https://www.ctcp.gov.co/que-es-el-ctcp/sesiones/reglamentos/reglamento-interno/reglamento-interno-aprobado-2020-ctcp-ok-acuerdo-1
La obligación del CTCP de dar respuesta a las consultas de la ciudadanía están dispuestas en el Artículo 33º de la Ley 43 de 1990 y el Artículo 7º de la Ley 1314 de 2009.
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DIAN reglamentó novedades introducidas a radian por la ley de inversión social
Richard santaCon la expedición de la Resolución 00085 de 2022, se fortelece, para beneficio del país y de los empresarios, el registro de facturas electrónicas como título valor –RADIAN, porque potencializa la generación de estos titulos valores que pueden circular y generar liquidez para los facturadores, especialmente, para los más pequeños.
A partir del próximo 13 de julio de 2022, los compradores que adquieran bienes y/o servicios con pago a plazo, deben expedir el acuse de recibo de la factura de venta y el aviso de recibo de las mercancías y/o servicios de forma electrónica, transmitirlo para validación a la DIAN, utilizando, bien sea, el servicio de facturación Gratuito DIAN, su propio software, o el de un proveedor tecnológico.
Además, y con el fin de permitir el acceso a este mercado a otros actores, la mencionada norma establece que los no Obligados a Facturar puedan participar en el registro de facturas electrónicas comó titulo valor, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos en el Decreto 1154 de 2020, es decir, disponer de un software para transmitir los eventos de circulación de facturas electrónicas al RADIAN, disponer de la certificación ISO 27001, y procedimientos para prevenir la realización de operaciones con dineros provenientes de actividades delictivas. Para los sistemas de negociación, adicionalmente, requieren acreditar los requisitos establecidos en el articulo 2.2.2.53.10 del Decreto 1074 de 2015.
De igual forma, se incluye el evento de cesión de derechos económicos de facturas electrónicas, el cual es obligatorio generar de forma electrónica y transmitirlo para validación al RADIAN, con el fin que se materialice la transferencia de estos derechos, de lo contrario no surtirá ningún efecto.
Con estas medidas el Gobierno Nacional continúa con su propósito de fortalecer la circulación de facturas electrónicas como título valor, en transacciones como el factoring electrónico, en el cual, el RADIAN es vital para mantener actualizada la trazabilidad y unicidad de estos activos, proporcionando confianza a los tenedores e inversionistas quienes realizan estas transacciones que generan liquidez y las registran luego en el RADIAN.
Entre los beneficiarios de la operación del RADIAN y del ecosistema que se esta desarrollando a su alrededor están los micro y pequeños empresarios, quienes acceden a nuevas posibilidades de disponer de liquidez, aspecto clave en estos momentos en que el país avanza firmemente en la reactivación económica.
Modificación de vigencia de garantías Globales para el reconocimiento e inscripción para los UAP y ALTEX
Richard santaEl Ministerio de Salud y Protección Social, expidió la Resolución 666 de 28 de abril de 2022, por la cual se prorroga la emergencia sanitaria en todo el territorio nacional hasta el 30 de junio de 2022.
De conformidad con el parágrafo del artículo 2º del Decreto 436 de 19 de marzo de 2020, los usuarios aduaneros permanentes y usuarios altamente exportadores, que tengan aprobada una garantía con vigencia igual o superior al 30 de julio de 2022 e inferior al 30 de septiembre de 2022, deberán radicar dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación de la Resolución 666 de 28 de abril del 2022, ante la Subdirección de Registro y Control Aduanero de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), la modificación de la vigencia de la garantía por el término de la prórroga de la emergencia sanitaria y tres (3) meses más, es decir, hasta el 30 de septiembre de 2022, con el fin de continuar con el registro aduanero, so pena de quedar sin efecto sin necesidad de acto administrativo que así lo declare.
Los usuarios aduaneros permanentes y usuarios altamente exportadores, que tengan aprobada una garantía con una vigencia igual o superior al 30 de septiembre de 2022, no deberán modificarla.
Si se acoge a esta nueva prórroga, el reconocimiento e inscripción de los usuarios
aduaneros permanentes y usuarios altamente exportadores quedará así:
Reconocimiento e inscripción UAP y/o ALTEX hasta el 30 de junio de 2022.
Garantía aprobada con vigencia igual o superior al 30 de septiembre de 2022.
La fecha límite para radicar la modificación de la garantía es el viernes 6 de mayo de 2022.
Se deberá presentar la modificación de la vigencia de la garantía actual que los ampara como usuarios aduaneros permanentes o usuarios altamente exportadores, con los siguientes documentos anexos:
La garantía modificada únicamente en relación con su vigencia.
Certificado de pago de la prima o manifestación expresa de que la misma se encuentra paga o no expirará por falta de pago, cuando aplique.
Teniendo en cuenta las condiciones de trabajo bajo la modalidad no presencial en nuestras oficinas y con el fin de dar agilidad a este trámite, deberán radicar mediante correo electrónico la solicitud con la garantía y anexos al correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
La certificación de aprobación de la modificación de la vigencia de la garantía se comunicará al usuario al correo electrónico registrado en el RUT o al correo informado al radicar.
Tenga en cuenta el término de los cinco (5) días hábiles para la radicación de la modificación de la garantía, si se realiza fuera de este término el registro aduanero quedará SIN EFECTO sin necesidad de acto administrativo que así lo declare (parágrafo del artículo 2º del Decreto 436 de 19 de marzo de 2020).
Se recuerda la obligación de radicar de forma física ante la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa ubicada en la Carrera 7 No. 6C – 54 de la ciudad de Bogotá D.C., (artículo 30 de la Resolución 46 de 2019) las garantías que en aplicación del Decreto 436 de 2020 hayan sido aprobadas y que las mismas cumplan con el lleno de los requisitos y anexos señalados en los artículos 15 y 17 de la mencionada resolución.
DIAN y MINTIC incluirán el RUT en la carpeta ciudadana digital
Richard santaEl Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC) y la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), firmaron este lunes un Memorando de Entendimiento de cooperación interinstitucional digital, que busca integrar a la Carpeta Ciudadana Digital, el trámite del Registro Único Tributario (RUT).
Gracias al acuerdo firmado, los colombianos podrán consultar y/o descargar este documento a través del Portal Único del Estado www.gov.co, que brinda beneficios como ahorro de tiempo, dinero y traslados.
"Este nuevo trámite nos permite ampliar la oferta de los servicios por parte de las entidades y brindar más beneficios a la ciudadanía, mejorando su calidad de vida. Así mismo, con este nuevo trámite avanzamos en la transformación digital del Estado. Es con hechos y trabajando en equipo que ponemos las tecnologías al servicio de la ciudadanía para cerrar la brecha digital", expresó la ministra TIC, Carmen Ligia Valderrama Rojas.
Por su parte, el director general de la DIAN, Lisandro Junco Riveira, dijo que "indudablemente la innovación va de la mano de nuestro pilar de cercanía al ciudadano y de la facilitación en los servicios. Reconocemos la importancia de la Carpeta Ciudadana porque también aporta al plan de transformación de la DIAN. Estamos convencidos que solo trabajando de manera coordinada como equipo, lograremos mantener la hoja de ruta para un Estado ágil y eficiente".
Adicionalmente, el Memorando de Entendimiento permite el intercambio de datos para mejorar la prestación del servicio y garantizar fuentes de información confiables para un efectivo cumplimiento de las funciones institucionales, así como la adopción de la política de gobierno digital mediante la implementación de los Servicios Ciudadanos Digitales.
Trámites Carpeta Ciudadana Digital
Por medio de la Carpeta Ciudadana Digital, hoy los ciudadanos pueden acceder a 23 trámites, correspondientes a 19 entidades públicas, todos de manera digital:
Certificado Catastral Nacional - Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC).
Consulta del histórico de licencia de conducción - Ministerio de Transporte.
Certificado de antecedentes de responsabilidad fiscal - Contraloría General de la República.
Consulta de entidades públicas y hoja de vida de contratistas del Estado - Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP).
Certificado de legalización de documentos de educación superior - Ministerio de Educación.
Consulta de antecedentes de trabajadores sociales - Consejo Nacional de Trabajo Social.
Certificado de inscripción y registro de tarjeta profesional - Consejo Nacional de Trabajo Social.
Estado de cuentas de aportes parafiscales - Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF).
Información de identificación de los pacientes de Bogotá Salud Digital - Secretaría Distrital de Salud de Bogotá.
Consulta de Ingresos y Retenciones por Rentas de Trabajo y de Pensiones para funcionarios - Ministerio de Tecnologías de la Información y las Telecomunicaciones (MinTIC).
Certificado laboral de funcionarios - Ministerio de Tecnologías de la Información y las Telecomunicaciones (MinTIC).
Certificados y Constancias académicas - Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA).
Certificados de Competencia Laboral - Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA).
Resolución de nombramiento para funcionarios - Ministerio de Tecnologías de la Información y las Telecomunicaciones (MinTIC).
Certificados de participación e inscripción a los programas del sector cultura gestionados por el sistema de convocatorias - SICON de la Secretaría Distrital de Cultura.
Ingreso Solidario - Departamento Administrativo de Prosperidad Social.
Descarga de certificados del programa Ciencia de Datos (2019) - Ministerio de Tecnologías de la Información y las Telecomunicaciones (MinTIC).
Consulta del historial de Paz y Salvo del Impuesto Predial - Alcaldía de Medellín.
Certificación de víctimas - Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas (UARIV).
Certificado de antecedentes disciplinarios - Procuraduría General de la Nación.
Consulta de la tarjeta militar - Ejército Nacional de Colombia.
Consulta de Certificado de tradición y libertad de inmuebles - Superintendencia de Notariado y Registro.
Certificado de residencia - Secretaría Distrital de Gobierno.
Paso a paso para acceder a la Carpeta Ciudadana Digital
Ingresar a www.gov.co
Hacer clic en Carpeta Ciudadana.
Ir a 'Regístrate aquí'.
Completar la información y validar la cuenta en el correo electrónico.
Consultar los documentos en las diferentes categorías.
La Secretaría de Hacienda de Bogotá anunció que modifica el calendario tributario 2022, con la ampliación, por más de un mes, del plazo para pagar con descuento del 10% los impuestos Predial y de Vehículos, así como de la fecha máxima para acogerse al sistema de pago de Predial por cuotas, entre otras medidas. La decisión se produce luego de la revisión tecnológica y la verificación de la intermitencia de la plataforma.
La fecha máxima para pagar el impuesto Predial con el 10% de descuento será el 24 de junio de 2022, y sin descuento, el 29 de julio de 2022. Esta fecha es única para todos los predios independientemente del número del chip. En Vehículos, habrá plazo hasta el 15 de julio con descuento y hasta el 12 de agosto sin descuento.
Es importante tener en cuenta que las facturas que ya se enviaron a los predios o que los ciudadanos bajaron por la plataforma o a través del botón “Descargue Ya” se podrán cancelar en bancos hasta la fecha que aparece en cada factura.
“Si usted va a pagar en una fecha posterior, deberá ingresar a ‘Descarga Ya’ y bajar una nueva factura. No olvide digitar el CHIP con mayúsculas”, reiteró el secretario distrital de Hacienda, Juan Mauricio Ramírez.
Es importante aclarar que no todos los predios se facturan. En los casos en los que la Administración no dispone de información suficiente para liquidar el impuesto o no tiene información de los responsables, los contribuyentes deben presentar una declaración en la Oficina Virtual. Ocurre lo mismo cuando los predios tienen alguna exención.
Debido al cambio del calendario, las facturas de vehículos estarán cargadas el 27 de abril tanto en el botón de descarga como en la Oficina Virtual.
Para facilitar la declaración y el pago de las obligaciones a las personas que eventualmente podrían tener dificultades de acceso a los nuevos medios tecnológicos, la Administración distrital enviará en las próximas semanas las facturas físicas a predios de estratos 1, 2 y rural, que suman 650.000 predios en la ciudad; y a 260.000 viviendas de estrato 3 propiedad de adultos mayores de 60 años. De esa forma, podrán, teniendo la factura, cumplir con el pago mediante los canales tradicionales.
El secretario de Hacienda reiteró la importancia, en el proceso de registro, de ingresar los datos de autenticación que el ciudadano recuerde. “La actualización de datos de todos los propietarios de los inmuebles en Bogotá es fundamental en este proceso y les permite adicionalmente, a los contribuyentes que lo hagan, obtener el 1% adicional de descuento al momento de pagar su obligación”.
La Secretaría invita a la ciudadanía a continuar registrándose en la Oficina Virtual, como ya lo han hecho 691.846 contribuyentes, a través del portal web www.haciendabogota.gov.co.
Los interesados en acogerse al Sistema de Pago Alternativo por Cuotas (SPAC) del impuesto Predial, por su parte, tienen hasta el 10 de junio de 2022 para presentar su declaración inicial.
"Desde el primero de enero y hasta el 20 de abril, hemos recibido casi 500.000 pagos y recaudado más de 727.000 millones de pesos por impuesto Predial, que significa el 18% de la meta anual. A través de la plataforma, hemos recaudado 50.873 millones de pesos por concepto del impuesto Predial. Seguiremos trabajando 7/24 para garantizar la estabilización de la plataforma en un 100% y reiteramos nuestras excusas por los inconvenientes generados a la ciudad y a sus inmejorables contribuyentes”, agregó Ramírez.