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Con corte a 30 de septiembre de 2022, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN- ha logrado un recaudo bruto de $176.76 billones, lo que representa un cumplimiento de meta del 110.4%, y una variación positiva del 35.5% en relación con el mismo período de 2021.

En cuanto al desempeño del recaudo entre enero y septiembre, es importante resaltar los tres tributos con mayor participación, entre los cuales se destacan: Retención en la fuente a título de Renta con el 32.7%, Impuesto sobre las Ventas – IVA 21.4% y los tributos aduaneros con el 19.7% de participación.

Con respecto al recaudo bruto de septiembre, la entidad alcanzó la cifra de $24.70 billones, 28.2% más que en septiembre de 2021. Lo anterior, representa un cumplimiento de meta de 105,1%.

En septiembre, los tributos asociados a la actividad económica interna representaron el 81,0% del recaudo del mes, con una cifra de $20.00 billones, mientras que los tributos asociados al comercio exterior alcanzaron una participación de 19,0% con una suma de $4.70 billones.

Por otra parte, como resultado de las acciones de fiscalización, entre enero y septiembre se ha logrado un total de $5.2 billones representados en $4.5 billones por fiscalización tributaria, $64.457 millones de fiscalización internacional, $568.303 millones por concepto de fiscalización aduanera, y $73.834 millones de control cambiario.

Para finalizar, como parte de las acciones de lucha contra la evasión y el contrabando, entre enero y septiembre se alcanzó un valor de $23,98 billones discriminados en ingresos efectivos por $18,73 billones y gestión de fiscalización por un valor de $5,25 billones.

De igual importancia los resultados de aprehensiones que en los nueve primeros meses del año suman 33.113 mercancías por valor de más de $359 mil millones.

Conozca el detalle de las cifras de recaudo haciendo clic aquí.

La ministra del Trabajo Gloria Inés Ramírez, anunció que las mesas de concertación comenzarán este próximo 24 de octubre para la discusión de las reformas pensional, laboral y salario mínimo para el próximo año.

La jefe de la cartera explicó las metodologías para construir las reformas pensional y laboral: “Vamos a ponernos de acuerdo para crear unas subcomisiones para empezar a trabajar la reforma laboral, otra subcomisión para la pensional, la mesa de concertación para la activación de las cinco comisiones. También trabajaremos la subcomisión de reglamentación y decretos”, anotó.

Estas propuestas fueron planteadas en la pasada Conferencia Nacional del Trabajo, realizado por la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), Confederación General del Trabajo (CGT) y la Confederación de Trabajadores de Colombia (CTC).

Estas mesas tendrán el acompañamiento la Organización Internacional del Trabajo, (OIT), la Organización Iberoamericana de Seguridad Social (OISS) y de la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, compiló en un solo documento, toda la doctrina vigente que en materia tributaria, aduanera y cambiaria de criptoactivos ha expedido la entidad.

Para conocer el documento de la DIAN sobre criptoactivos, haga clic aquí.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN extendió los plazos para suministrar la información en el RUB mediante Resolución N° 001240 del 28 de septiembre de 2022, en la cual se modificaron los artículos 10, 13 y el Anexo I - Anexo Técnico de la Resolución 000164 del 27 de diciembre de 2021, así:

Por parte de las Personas Jurídicas, Estructuras sin Personería jurídica o similares, constituidas, creadas u obligadas al 31 de mayo de 2023, el plazo se ha extendido hasta el 31 de julio de 2023.

Por parte de las Personas Jurídicas, Estructuras sin Personería jurídica o similares, constituidas, creadas u obligadas a partir del 1 de junio de 2023, a más tardar dentro de los 2 meses siguientes a: (i) la inscripción en el Registro Único Tributario - RUT, o (ii) la inscripción en el sistema de Identificación de Estructuras sin Personería jurídica - SIESPJ, o (iii) al momento en que estén obligadas conforme al art. 4 de la Res. 000164 de 2021.

Con relación a los plazos para inscribirse en el Sistema de Identificación de Estructuras sin Personería jurídica - SIESPJ, quedaron así:

Las Estructuras sin Personería jurídica o similares creadas al 31 de mayo de 2023, no obligadas a inscribirse en el RUT, deben inscribirse en el SIESPJ hasta el 31 de julio de 2023.

Las Estructuras sin Personería jurídica o similares creadas a partir del 01 de junio de 2023, deberán inscribirse en el SIESPJ a más tardar dentro del mes siguiente a su creación.

Conforme con lo anterior, los obligados a presentar reporte de Beneficiarios Finales definidos en la Resolución 000164 de 2021, deben tener en cuenta los nuevos plazos de presentación del reporte a partir de la entrada en vigencia de la Resolución 01240 de 2022 del 28 de septiembre de 2022. Se hace énfasis en que estas fechas son el plazo máximo para cumplir con las obligaciones a cargo, lo cual no implica que deba esperarse a esa fecha para cumplir con la obligación.

Es importante precisar que la obligación de suministrar la información de los beneficiarios finales entró en vigencia desde el 15 de enero de 2022, conforme con lo definido en el artículo 25 de la Resolución 000164 de 2021; por lo tanto, las organizaciones que se liquiden o finalicen su operación deberán presentar la información en el RUB antes de solicitar la cancelación de la inscripción en el Registro Único Tributario -RUT.

Durante los nuevos plazos definidos, los responsables deberán continuar reportando la información de los beneficiarios finales en el RUB. Así mismo, la administración tributaria continuará desarrollando actividades de socialización y capacitación para facilitar a los obligados la presentación del Reporte de Beneficiarios Finales de manera oportuna.

El Ministerio de Hacienda publicó para comentarios el proyecto de decreto por medio del cual “se reglamentan los artículos 260-5, 260-9, 356-3, 364-5, 378, 381, 512-1, 512-6, 555-2, 579, 579-2, 580, 588, 591, 592, 595, 596, 599, 600, 602, 603, 605, 606, 607, 800, 803, 811, 876, 877, 910 y 915 del Estatuto Tributario, artículo 170 de la Ley 1607 de 2012, artículos 221, 222 y parágrafo 7 del artículo 238 de la Ley 1819 de 2016, se modifica el epígrafe y se sustituyen unos artículos a la Sección 2 del Capítulo 13 del Título 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria”, que define los plazos para Declarar y Pagar los Impuestos del orden Nacional por el año 2023.

La entidad recibirá comentarios sobre este proyecto de decreto hasta el 22 de octubre de 2022 hasta las 12 de la noche.

Para conocer el proyecto de Decreto, haga clic aquí.

El ministro de Hacienda y Crédito Público, José Antonio Ocampo Gaviria, publicó un documento en el cual explica, en la visión del gobierno, cuál es el avance que representa la reforma tributaria.

El siguiente es el texto del Ministro de Hacienda:

La aprobación en primera instancia de la reforma tributaria representa un gran avance para el país. Hemos adelantado una amplia conversación nacional que ha enriquecido el proyecto original. Escuchamos por más de 250 horas a los congresistas de todas las corrientes política y a múltiples sectores productivos que nos ayudaron a enriquecer el proyecto original. Gracias a ello, hoy son más los puntos de encuentro que los de discrepancia.

El objetivo esencial de la reforma es responder, a través del gasto público, a la alta deuda histórica con los sectores más pobres de la población en uno de los países con mayores niveles de desigualdad del mundo. De ahí que la iniciativa tenga como título “Reforma tributaria para la igualdad y la justicia social”.

En los impuestos a personas naturales, se reducen los beneficios a los contribuyentes que ganan más de $13 millones mensuales. Esto significa que solo aumentan para el 1,4% de más altos ingresos del país.

Sobre el tratamiento tributario de los dividendos, se acogió un descuento que mantiene la progresividad, con tarifas que variarán entre el 0 y el 20%. En el caso de las ganancias ocasionales, se acogió una tarifa del 15%.

Por su parte, el impuesto al patrimonio será del 0,5% para las personas con más de $3.000 millones, 1% para los de más de $5.000 millones y 1,5% para los de más de $10.000 millones, todas tarifas marginales. La última solo estará vigente durante los próximos cuatro años.

En cuanto a los impuestos saludables, las tarifas para bebidas azucaradas y una lista reducida de alimentos aumentarán gradualmente, dando tiempo a las empresas para que modifiquen sus productos y a los consumidores para los vayan acogiendo. Los pequeños productores estarán exentos de estos impuestos.

En el caso del sector empresarial, se establece la tasa mínima del 15% acordada el año pasado en las negociaciones de la OCDE y se limitan algunos beneficios tributarios, aunque se mantienen varios que se consideran estratégicos: promoción de la vivienda de interés social, cultura, ecoturismo y agroturismo, y ciencia y tecnología. Por otra parte, se amplían significativamente las ventajas del régimen simple, para atraer hacia él a muchas más micro y pequeñas empresas.

Un elemento de consenso ha sido que los sectores de petróleo y carbón, que se benefician de altos precios internacionales, deben contribuir extraordinariamente a financiar al sector público, como lo están haciendo en varios países y como lo hizo el sector cafetero durante sus bonanzas del pasado.

En lo que tiene que ver con las tarifas de tributación conjunta de las empresas y sus socios a través de dividendos y patrimonio, ha habido muchas estimaciones que confunden. Por eso hicimos público un ejercicio que precisa tres dimensiones importantes.

La primera es que las empresas, especialmente las grandes, utilizan beneficios tributarios. La segunda es que retienen parte de sus utilidades. La tercera es que otros impuestos, en especial el ICA y el 4 por mil, no son gravámenes sobre las utilidades y son asumidos en buena medida por los consumidores.

Con las correcciones por estos factores, el Ministerio de Hacienda estima que la tarifa conjunta será inferior al 30% y, más aún, solo afecta a grandes empresas y sus socios y se mantiene inalterada para las pequeñas empresas.

Finalmente, las severas normas propuestas sobre evasión y elusión buscan enfrentar uno de los problemas que genera pérdidas estimadas hasta en $80 billones. El gobierno espera que con estas normas y el fortalecimiento de la DIAN se consiga más de la mitad del recaudo esperado.

Los grandes retos que nos convocan son construir una Colombia más justa. Esta reforma es un paso en esa dirección, hacia un sistema tributario más equitativo y mayores recursos para el gasto social.

La Contaduría General de la Nación, CGN, pone a discusión de los interesados y del público en general, hasta el 14 de octubre de 2022, el proyecto de resolución (y su respectivo anexo) por el cual se modifican las Normas para el Reconocimiento, Medición, Revelación y Presentación de los Hechos Económicos del Marco Normativo para Entidades de Gobierno, los cuales se encuentran en el siguiente enlace:

Para conocer el Proyecto de resolución, haga clic aquí.

En aras de garantizar la prestación de los servicios, el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos – Invima presenta a importadores y exportadores, agencias de aduanas y demás usuarios de comercio exterior de Puertos, Aeropuertos y Pasos de Frontera – PAPF a nivel nacional, el procedimiento transitorio que se adoptará durante la contingencia tecnológica para solicitudes ante la Dirección de Operaciones Sanitarias.

Como medida inicial, el instituto ha habilitado temporalmente la opción de pago y trámite manual de Certificados de Inspección Sanitaria – CIS de importación o exportación, a través de pago electrónico PSE del Banco Davivienda.

De modo que, los interesados en obtener un Certificado de Inspección Sanitaria deberán realizar el siguiente procedimiento:

Pago

Los importadores y exportadores realizarán el pago de tarifa correspondiente, mediante el botón PSE.

Obtención de llave y radicado

El usuario que haya realizado el pago de la tarifa correspondiente al trámite, conforme al manual tarifario vigente (únicamente por el medio habilitado con motivo de la contingencia), deberá solicitar número de llave y número de radicado, a través de la siguiente aplicación:

Enlace: https://certificadoinspeccionsanitaria.powerappsportals.com/

La Reforma Tributaria l fue aprobada en su primer debate en las comisiones terceras de la Cámara de Representantes y el Senado de la República. Con las modificaciones que se introdujeron durante dos meses de discusión, el recaudo que se obtendrá en el 2023 llegará a los $21.5 billones, en 2024 $22.7 billones, en 2025 $23.1 billones y en 2026 $24.4 billones, demostrando la progresividad y gradualidad de la iniciativa.

“Gracias al trabajo tan intenso que hemos adelantado durante dos meses en conjunto con los congresistas, a quienes agradezco por el importante aporte que han hecho a la iniciativa, hoy tenemos un mejor proyecto, y aunque falta por surtir el paso por plenarias, se ha dado un importante paso hoy”, señaló el ministro de Hacienda y Crédito Público, José Antonio Ocampo Gaviria.

Cabe recordar que entre las principales modificaciones se destaca la eliminación de los impuestos a las exportaciones de petróleo y carbón, que se reemplazaron por dos normas: se restableció la no deducibilidad de regalías y el establecimiento de una sobretasa en el impuesto de renta a las empresas mineras y petroleras, que equivale al 10% en el primer año, 7,5% en el segundo y 5% en el tercero.

En cuanto al impuesto al patrimonio, Ocampo Gaviria detalló que será progresivo. Las tarifas marginales serán a partir de 0,5% para los patrimonios de más de $3.000 millones, 1% para los de más de $5.000 millones y únicamente por cuatro años, del 1,5% para los de más de $10.000 millones.

Así mismo, resaltó que se redujo la lista de los alimentos ultraprocesados gravados, para evitar una afectación a los hogares más vulnerables y a los tenderos.

“Otro cambio importante que fue acordado fue el del Régimen SIMPLE de tributación, en el que se bajaron las tarifas de ese impuesto, con lo cual esperamos que muchas más empresas se formalicen en materia tributaria, que es muy importante para el sector empresarial y el desarrollo de la economía nacional”, indicó el Ministro.

Esta Reforma Tributaria generará un recaudo, en 2023, de $11.3 billones por concepto de impuestos al uso del subsuelo. Esta cifra disminuirá periódicamente así: $8.9 billones en 2024, unos $6.6 billones en 2025 y $6.1 billones en 2026.

Así mismo, el recaudo proveniente de personas naturales en 2023 sumará $2.9 billones; en 2024 se proyectan $3.7 billones; en 2025, unos $3.9 billones y en 2026 alrededor de $4.2 billones.

El Gobierno Nacional y los congresistas de las comisiones terceras de Cámara y Senado llegaron a un acuerdo para radicar el texto de la ponencia para el primer debate de la Reforma Tributaria para la Igualdad y la Justicia Social.

Fueron casi dos meses de discusiones con los congresistas y de socializaciones, entrevistas, reuniones y encuentros con gremios, empresarios, medios de comunicación y ciudadanía en general, en los que el Gobierno escuchó las inquietudes legítimas que este proyecto de ley suscitó.

El ministro de Hacienda y Crédito Público, José Antonio Ocampo, precisó que la meta de recaudo será de $22 billones y que "con esta reforma, Colombia por fin alcanza la tributación como porcentaje del Producto Interno Bruto de un país latinoamericano".

El titular de la cartera de Hacienda adelantó varios de los cambios que se dieron en estos últimos días, por ejemplo, "se eliminaron los impuestos a las exportaciones de petróleo y carbón y se reemplazaron por dos normas: se restableció la no deducibilidad de regalías y el impuesto a las exportaciones se reemplaza por una sobretasa en el impuesto de renta en las empresas petroleras y carbón, que equivale al 10% en el primer año, 7,5% en el segundo y 5% en el tercero".

En cuanto al impuesto al patrimonio, Ocampo Gaviria detalló que será progresivo y por cuatro años. Las tarifas marginales serán a partir de 0,5% para los patrimonios de más de $3.000 millones, 1% para los de más de $5.000 millones y del 1,5% para los de más de $10.000 millones.

Así mismo, destacó que se redujo la lista de los alimentos ultraprocesados gravados, para evitar una afectación a los hogares más vulnerables y a los tenderos.

"Otro cambio importante que fue acordado fue el del Régimen SIMPLE de tributación, en donde se bajaron las tarifas de ese impuesto, con lo cual esperamos que muchas más empresas se formalicen en materia tributaria, que es muy importante para el sector empresarial y el desarrollo de la economía nacional", indicó el Ministro.

De esta forma, se espera que el primer debate arranque esta misma semana, una vez el Congreso de la República lo cite.

Para conocer la ponencia presentada en primer debate, haga clic aquí.

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