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Circular 79, reduce jornada laboral a trabajadores de seguridad privada
Reducir la jornada laboral semanal de manera gradual, como lo señala la Ley 2101 de 2021, sin disminuir el salario ni afectar los derechos adquiridos y garantías de los empleados, también aplica para los trabajadores y trabajadoras del sector de vigilancia y seguridad privada, reiteró el Ministerio del Trabajo y la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada a través de la circular conjunta 079 del 27 de octubre de 2023.
La ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez, manifestó que la reducción de la jornada también aplica a este sector: “son más de 400 mil trabajadores que desarrollan la actividad en el país y los que laboren más de 47 horas semanales, se les considerará como trabajado extra o suplementario, así lo estipula la ley, vigente desde el 16 de julio del presente año”.
En la circular se reitera que la implementación gradual se debe reducir una hora la jornada laboral semanal, quedando en 47 horas a la semana (julio de 2023) y posteriormente, pasados tres años de la entrada en vigor de la ley, se reducirá otra hora más (julio de 2024) es decir, quedando en 46 horas y a partir del cuarto año (julio 2025) se disminuirán otras dos más hasta llegar a las 42 horas semanales (julio 2026).
La norma también establece que la remuneración debe ser respetada por el empleador, sin cambiarle los derechos adquiridos a los trabajadores, lo que significa que no implicará reducción salarial ni prestacional, ni el valor de la hora ordinaria de trabajo, ni exonera de obligaciones en favor de los trabajadores. Esta flexibilidad se extiende, siempre que el promedio semanal no exceda las 42 horas laborales.
El viceministro de Relaciones Laborales e Inspección, Edwin Palma Egea, también aclaró: “la Ley 2101 del 2021 modificó el artículo 161 del Código Sustantivo del Trabajo, estableciendo cambios significativos en la duración de la jornada laboral, con la finalidad de promover un equilibrio entre las necesidades de los empleadores y el bienestar de los empleados en el ámbito laboral, esto es una conclusión muy importante porque distintos sectores venían señalando, que al gremio de la vigilancia no se les aplicaba. El Ministerio del Trabajo y la Supervigilancia han concluido que a este sector se le debe aplicar esta norma. Es importante que a los trabajadores que no se les aplique esto, acudan a las oficinas del Ministerio del Trabajo”, subrayó el viceministro Palma.
Decreto 1527, adopta la Política Pública de Trabajo Digno y Decente
El Ministerio del Trabajo emitió el Decreto 1527 de 19 de diciembre de 2024, por el cual se adiciona el Título 2 a la Parte 1 del Libro 2 del Decreto 1072 de 2015 Único Reglamentario del Sector Trabajo, y se adopta la Política Pública de Trabajo Digno y Decente.
Decreto 1225, régimen de transición y traslado de la Ley Pensional
El presidente Gustavo Petro firmó el Decreto 1225 del 2024, “por el cual se reglamenta el parágrafo transitorio del artículo 12 y los artículos 57, 75 Y 76 de la Ley 2381 de 2024, relacionados con las entidades administradoras del componente complementario de ahorro individual y la selección de estas por parte de los afiliados, el régimen de transición y la oportunidad de traslado, respectivamente”.
Este decreto emana de lo consignado en la ley 2381, “Reforma Pensional”, que crea el “Sistema De La Protección Integral Para La Vejez, Invalidez y Muerte De Origen Común” que entrará en vigencia el 1 de julio del 2025.
El decreto 1225 de octubre de 2024, tiene por objeto reglamentar el parágrafo transitorio del artículo 12 y los artículos 57, 75 Y 76 de la Ley 2381 de 2024, relacionados con la selección de la administradora del componente complementario de ahorro individual, las entidades Administradoras del Componente Complementario de Ahorro Individual del Pilar Contributivo, el régimen de transición y la oportunidad de traslado, respectivamente.
Se reglamentan entre otros aspectos: la acreditación de periodos de cotización a pensión en aplicación de convenios internacionales de seguridad social; la metodología para el cómputo de tiempo; las Entidades Administradoras del Componente Complementario de Ahorro Individual del Pilar Contributivo; la elección de la Administradora del Componente Complementario de Ahorro Individual; elementos para la asignación aleatoria; el alistamiento de información; la asignación aleatoria.
Además, el decreto dispone en su título 3 los requisitos para la oportunidad de traslado:
1. Un mínimo de 750 semanas cotizadas, para el caso las mujeres, y como mínimo 900 semanas cotizadas para el caso de los hombres.
2. Tener menos de 10 años para tener la edad de pensión.
3. No tener reconocida la pensión o no haber recibido la devolución de saldos o indemnización sustitutiva.
4. Haber recibido la doble asesoría.
Las y los afiliados al Sistema General de Pensiones tendrán plazo hasta el 30 de junio de 2025 para cumplir con los requisitos.
Se incluyen también las reglas para el plazo para ejercer la oportunidad de traslado, los tiempos válidos para la oportunidad de traslado, la anulación de traslado por fraude o incumplimiento de requisitos, el traslado de recursos entre las Administradoras de Fondos de Pensiones y Cesantías y el Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo, la doble asesoría en el marco de la oportunidad de traslado y el retracto de la oportunidad de traslado.
El decreto también fija parámetros en cuanto al régimen de transición, como los cálculos actuariales por omisión para trabajadores/as independientes, y las estrategias para la finalización de los procesos judiciales. Este régimen se aplicará a quienes, al momento de expedición de la ley, 16 de julio del 2024 tengan 750 semanas cotizadas para las mujeres y 900 semanas para los hombres.
Para conocer el Decreto 1225, haga clic aquí.Para conocer el Decreto 1225, haga clic aquí.
Decreto 720, MinTrabajo sobre los permisos sindicales
Por medio del Decreto 720 del 5 de junio de 2024, el Ministerio de Trabajo modifica los artículos 2.2.2.5.1 al 2.2.2.5.4 del Decreto 1072 de 2015, Único Reglamentario del Sector Trabajo, referente a los permisos sindicales.
Decreto 0533, reglamenta Incentivo para creación y permanencia de nuevos empleos
Por medio del Decreto 0533 de 29 de abril de 2024, el Ministerio del Trabajo Por el cual se sustituye la Sección 10 del Capítulo 1 del Título 6 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1072 de 2015, Único Reglamentario del Sector Trabajo, y se reglamenta el Incentivo para la creación y permanencia de nuevos empleos formales.
Decreto 050, ordena no incremento de tarifas de peajes
El Ministerio de Transporte emitió el Decreto 050 del 15 de enero de 2023, por medio del cual se ordena no incrementar las tarifas de peaje a vehículos que transiten por el territorio nacional por las estaciones de peaje a cargo del Instituto Nacional de Vías - INVIAS y de la Agencia Nacional de Infraestructura.
Salario mínimo para 2025 quedó en $1.623.500 incluido auxilio de transporte
El Gobierno anunció que el aumento del salario mínimo para 2025 será del 9,53% a $1.423.500 sin auxilio de transporte y este quedó establecido por un valor de $200.000.
Propuestas para incremento del salario mínimo se ponen sobre la mesa
En la reunión de la Comisión Permanente de Políticas Salariales y Laborales, trabajadores y empleadores colocaron dos cifras para el incremento del salario mínimo para 2025. Las centrales 12 %, Acopi 5,2 % y los demás gremios expresaron el ánimo de llegar a acuerdo.
La ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez Ríos, expresó: “Es importante decirles que estuvimos de acuerdo en ampliar las medidas de desindexación, para avanzar en reducir el costo de la canasta familiar y les comento que los pensionados han trabajado una propuesta que se incluirá en lo planteado por las centrales”.
“De manera rigurosa y responsable avanzaremos para que podamos decirles a los colombianos que hay un acuerdo, que permite que el costo del salario mantenga su valor adquisitivo y responda a los criterios de la Constitución Nacional”, precisó.
El presidente de la Central Unitaria de Trabajadores CUT y representante del Comando Nacional Unitario, Fabio Arias, anotó: “Buscamos medidas tendientes a mantener el poder adquisitvo, por eso hemos pedido que se revisen los canones de arrendamiento de vivienda; los incrementos de los productos regulados por el Estado y que las propuestas de los pensionados, como incluirlos en el incremento del salario mínimo, que exista la mesada 14 y que se les reduzca las cotizaciones en salud y aportes a las Cajas de Compensación Familiar”.
Agregó, que se planteó también “que se reduzcan las tasas de interés del Banco de la República, se examinen los costos financieros y que el incremento del salario mínimo sea del 12% al igual que para el auxilio de transporte”.
El presidente de la ANDI, Bruce Mac Master, asentó: “Decidimos pedirle a la Ministra que al igual que los años anteriores, hagamos un ejercicio de concertación, que no es sencillo y que requiere de buena voluntad, de buscar acercamiento y dar razones que nos permitan avanzar”.
A su turno, el presidente de Fenalco, Carlos Alberto Cabal, añadió: “La propuesta de los gremios está clara y es considerar la máxima posibilidad de llegar a una concertación, expresando la voluntad de todos y es algo que le conviene a Colombia”.
Igualmente mencionó, “El 15 de diciembre es una fecha que tenemos que llegar a un acuerdo y estamos seguros que, la señora Ministra, con su capacidad de concertación va a lograrlo”.
Mesa de negociación del salario mínimo para 2025, con insumos para iniciar discusión
Los integrantes de la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales, tienen en la mesa parte de los parámetros con los que se discutirá la cifra que beneficiará a los colombianos con el incremento del salario el próximo año.
En la segunda jornada de la Subcomisión de Productividad, el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE) explicó de manera detallada la metodología y las cifras de productividad.
Además, se presentaron los datos del PIB III trimestre de 2024 que creció un 2 %, mostrando una recuperación sostenida. También se recibió información sobre las Cuentas Nacionales de Transferencias y del Mercado Laboral de enero a octubre del presente año. Es así como la reducción del desempleo y el aumento de la tasa de ocupación muestra una tendencia que es consistente con el aumento continuo de la economía.
Se reiteró, que la Productividad Total de los Factores (PTF), es de: 1,73; productividad laboral por hora trabajada: 3,43; productividad laboral por persona empleada: 1,76 y productividad media de trabajo:3,14.
Se destacó el potencial de incorporar a las mujeres con formación académica al mercado laboral y que hoy estaban dedicadas al cuidado, con lo cual se puede seguir expandiendo la actividad económica.
“Aunque en la subcomisión de productividad no llegamos a un acuerdo sobre la cifra de productividad para llevar a la mesa de concertación el próximo lunes, todas las partes aprobaron la metodología presentada por el Centro de Estadística”, precisó la titular de la cartera laboral.
El próximo viernes, el DANE publicará la cifra oficial de la inflación. Es así como el lunes 9 de diciembre cuando se reúna nuevamente la Comisión de Concertación, el Banco de la República y el Ministerio de Hacienda, presentarán las cifras macroeconómicas, con lo cual se completarán los insumos importantes para la discusión del salario mínimo, con el fin de lograr mantener el poder adquisitivo de las trabajadoras y trabajadores.
Las partes continúan trabajando en la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales, buscando el mejor acuerdo, que beneficiará a la población trabajadora del país.
Acuerdan calendario para negociación sobre el salario mínimo 2025
El Gobierno reconoce el valor del tripartismo y la importancia de hacer todos los esfuerzos técnicos y políticos a favor de la consecución de un acuerdo de concertación en torno al salario mínimo.
“El diálogo respetuoso y concentrado nos permitirá encontrar la mejor cifra de incremento al salario mínimo para la economía del país, pero sobre todo para garantizar una calidad de vida digna para el trabajador y su familia”, resaltó la ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez Ríos.
“Los avances económicos que hoy tiene Colombia deben contribuir a la búsqueda de mejoras en la calidad de vida de los y las más pobres y vulnerables. Estamos en un contexto nacional de reactivación económica, con un crecimiento del PIB del 2%; el empleo aumentó en 107.000 trabajadores/as; una reducción del desempleo hasta alcanzar un 9.1%, la tasa más baja desde 2015; una reducción leve de la informalidad a nivel urbano y rural”, destacó la Ministra.
“Nuestra tarea es reconocernos en las diferencias, enfocarnos en lo que nos permite construir conjuntamente para avanzar como país, y hacer el mayor esfuerzo de mantener el diálogo para entregarle al país la noticia de que logramos definir en consenso y de forma concertada el incremento al salario mínimo”, precisó.
Con presencia de directivos de la ANDI, FENALCO, ASOBANCARIA, SAC y ACOPI en representación de los gremios, y las centrales sindicales: CUT, CGT, CTC y de pensionados CPC y CDP, se acordó el calendario legal, definiendo la instalación de la Subcomisión de Productividad para el próximo 3 de diciembre, así como el inicio formal de la Comisión Permanente el 4 de diciembre, con el objetivo de lograr el acuerdo del salario mínimo para 2025.