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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, con la intención de facilitar el diligenciamiento de la declaración del Impuesto sobre la Renta y Complementarios de las Personas Naturales, ha puesto a disposición de la ciudadanía la información exógena tributaria correspondiente al año gravable 2021.

Si bien, la información reportada por terceros no es indispensable para diligenciar y presentar la declaración de Renta, si se convierte en una herramienta de facilitación que le permite al contribuyente validar los datos frente a su realidad económica y financiera, a fin de consolidar la información necesaria al momento de realizar este ejercicio.

Los ciudadanos pueden realizar la consulta de la información en el Portal Transaccional de la entidad ingresando a www.dian.gov.co como usuario registrado y en la sección "Mis actividades" hacer clic en el botón "Consultar información exógena, información reportada por terceros", allí debe seleccionar el año gravable 2021.

Para realizar esta consulta es indispensable tener habilitada la cuenta como Usuario Registrado. Por ello, el ciudadano que aún no tenga la cuenta habilitada puede ingresar al Portal Transaccional en la opción Usuario Nuevo y realizar el trámite para habilitarla. Es muy sencillo y no requiere solicitar cita, puede seguir el paso a paso y hacerlo por autogestión. Tener la cuenta habilitada le permitirá el acceso a todos los trámites y servicios de la entidad.

Es importante que los contribuyentes tengan en cuenta que, si al revisar la información exógena tributaria encuentran inconsistencias o datos que no hacen parte de su realidad económica y financiera, deben dirigirse al emisor de la información, es decir, a quien realizó el reporte ante la DIAN, lo cual se informa en la columna "persona que reporta", y, proceder así a solicitar a quien corresponda la corrección de los datos suministrados. La DIAN no tiene la posibilidad de corregir esta información de manera directa.

La entidad ha dispuesto el Abecé consulta información exógena año gravable 2021 que le permitirá a la ciudadanía ampliar información con respecto a la exógena tributaria, cómo realizar su consulta, interpretación y lectura de los datos.

Para conocer el documento, haga clic aquí.

Desde ahora, los inversionistas extranjeros que elijan a Colombia para traer sus capitales, contarán con una herramienta digital que los orientará en las gestiones, las normas, los costos y tiempos, entre otros, que debe tomar en cuenta para establecerse en el país. Se trata de la Ventanilla Única de Inversión (VUI).

A través de ella también podrán conocer los beneficios que ofrece el país para el sector en el que se establecerá la inversión.

“Se trata de una herramienta que es una hoja de ruta clara de lo que deben hacer un inversionista para establecerse en Colombia. Esta los guiará para alinear su proyecto con las condiciones existentes en el país; contar con toda la información acerca de los trámites clave, sus costos, sus tiempos y las entidades con las cuales debe interactuar. Pero, además, les ofrecerá la información necesaria y relevante para que puedan acceder a los incentivos y beneficios dispuestos para el sector de inversión escogido”, explicó la ministra de Comercio, Industria y Turismo, María Ximena Lombana Villalba, durante el evento de lanzamiento del mecanismo.

El presidente de la República, Iván Duque Márquez, señaló durante el evento que "esta Ventanilla simplifica trámites, permite acceso a información, acceso a la regulación y asesoramiento con herramientas tecnológicas para acompañar paso a paso al inversionista. Con esta VUI sin duda el país superará las metas".

La VUI, que se desarrolla con el crédito del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) que financia el ‘Programa de Apoyo a la Diversificación e Internacionalización de la Economía Colombiana’, se trabaja paralelamente en dos fases: la primera, la informativa; y la segunda, la transaccional.

A partir de hoy se pone en operación la primera fase, es decir la informativa, en la que el inversionista encontrará en un solo sitio virtual la información pertinente y suficiente para iniciar su proceso de instalación y operación en el país.

“A través de este servicio, se espera contribuir al mejoramiento del clima de inversión en el país, pues si hay un seguimiento a las dificultades de los inversionistas con relación a las autoridades y aspectos regulatorios y se detectan de manera temprana las situaciones que puedan poner en riesgo el mantenimiento de una inversión, se pueden prevenir posibles disputas internacionales, lo que permitiría atraer y retener más inversión en el país”, dijo la Ministra Lombana.

Por su parte, Kelvin Suero, representante del BID en Colombia, destacó el esfuerzo del Gobierno del presidente Iván Duque para llevar adelante programas y herramientas como la VUI para la atracción y establecimiento de inversión extranjera directa de eficiencia, esa que promueve el crecimiento sostenible.

"Los países han redoblado sus esfuerzos para establecer herramientas tecnológicas de facilitación para la atracción y establecimiento de inversión extranjera. Antes era una opción, hoy es sinónimo de competitividad. Hace 5 años no eran más de 29 países desarrollando ventanillas como esta, hoy ya son 75 en el mundo que están trabajando en la implementación de estas ventanillas y Colombia es pionero en la región. ", dijo Suero.

Qué viene para la VUI
El lanzamiento de la VUI informativa abre enormes posibilidades para que los inversionistas puedan conocer en detalle los temas más relevantes que deben tener en cuenta para el ingreso de sus capitales al país.

Pero está previsto que posteriormente entre también en operación la segunda fase, es decir, la VUI transaccional que será la herramienta que permita automatizar los trámites y procedimientos relacionados con toda la cadena de facilitación de la inversión extranjera directa y ofrecerá un único punto de acceso, simplificando pasos, complejidad y ahorrando tiempos en el acceso a los servicios.

Se espera que la VUI completa esté en plena operación en 2024.

La Superintendencia Financiera de Colombia –SFC– y Banca de las Oportunidades –BdO– presentaron el Reporte de Inclusión Financiera (RIF) 2021, en el que se evidencian los avances del país en los indicadores de acceso y uso de los productos financieros.

En 2021 el 90,5% de los adultos contaba con al menos un producto financiero, cifra superior al 81,4% de 2018. De esta manera, el indicador se ubica 5,5% por encima de la meta fijada por el Plan Nacional de Desarrollo para 2022 de 85%, registrando un total de 33,5 millones de adultos con al menos un producto de depósito o crédito y 1,5 millones de nuevos consumidores financieros.

El Reporte incluye además el número de productos digitales y de operaciones monetarias realizadas por telefonía móvil e internet entre enero y diciembre del año inmediatamente anterior. Por su parte, los depósitos de bajo monto, entre los que están productos como las billeteras virtuales, los depósitos electrónicos y las cuentas de trámite simplificado, tuvieron la mayor penetración en 2021 llegando a 23,8 millones de productos activos en el país, de los cuales el 67,2% pertenecen a mujeres y 32,8% a hombres.

“La incursión de la tecnología le dio una nueva dinámica a las transacciones que día a día realizan los emprendimientos y el comercio electrónico dada la seguridad y eficiencia que representan los canales digitales para el consumidor financiero. Realizar consultas, pagos o transferencias de forma digital ha simplificado el uso de los productos y servicios financieros, lo que contribuye además a generar bienestar en las personas; de ahí la importancia en avanzar hacia la consolidación de la inclusión financiera con los jóvenes, la población rural y migrante mediante el ahorro, los sistemas de pago y, por supuesto, el crédito”, dijo el Superintendente Financiero, Jorge Castaño Gutiérrez.

Dentro de los canales más utilizados para realizar pagos y transferencias, entre otros, se destaca el crecimiento anual del 71,9% que tuvo la telefonía móvil con más de 1.000 millones de operaciones monetarias. A su vez, las transacciones en internet alcanzaron los 703 millones con un aumento de 7,2% frente a 2020.

Número de productos activos sigue al alza
Entre 2018 y 2021 se pasó de tener 23,5 millones de adultos con al menos un producto financiero activo a 27,7 millones.

Los indicadores de uso pasaron del 66% en 2018 al 74,8% en el 2021, acercándose a la meta fijada en el Plan Nacional de Desarrollo para 2022 en 77%.

Los productos de depósito jugaron un papel fundamental en el crecimiento de ese indicador. El porcentaje de la población adulta que tenía como mínimo un producto de este tipo en 2021 fue del 89,1%, cifra que superó en 3,4 puntos porcentuales a la del 2020.

En cuanto a la cantidad de colombianos con algún producto de crédito vigente, en 2021 se llegó al 34%, cifra inferior en 1,1 puntos porcentuales a la presentada en 2020. Los créditos más usados continúan siendo los de consumo (21,3%) y las tarjetas de crédito (18,6%).

“El salto del último cuatrienio fue posible gracias a la alineación de las políticas públicas que impulsaron un mayor acceso al sistema como la implementación de ingreso solidario y el compromiso de las entidades financieras por la innovación en productos y canales pensados en las necesidades de sus usuarios, los cuales son cada vez más digitales”, dijo Freddy Castro, director de Banca de las Oportunidades

Transformación tecnológica, sinónimo de inclusión
La implementación de los corresponsales móviles y los digitales ha aportado a una mayor cobertura del sistema financiero a nivel nacional.

A diciembre de 2021 se contabilizaban más de 390.000 contratos de corresponsalía, de los cuales 957 eran móviles o puntos ambulantes que pueden prestar servicios financieros sin ubicarse en un lugar fijo, y 161 digitales (aplicación web o móvil que se conecta con la entidad financiera para realizar sus operaciones).

El informe resalta un aumento del 42% respecto al total de puntos de atención y prestación de servicios financieros (incluyendo datáfonos, corresponsales, oficinas, cajeros automáticos) frente a los registrados en 2020.

“Si bien los corresponsales bancarios tradicionales permitieron que el sector financiero llegara a todos los municipios del país, con los esquemas de corresponsalía móvil o digital será posible ofrecer alternativas a quienes viven en territorios alejados de cabeceras municipales. Este es un árbol que está dando los primeros frutos para la construcción de equidad”, precisó Freddy Castro.

A cierre de 2021 se registra un total de 919.751 datáfonos en todo el territorio, número superior en 34,4% al alcanzado en 2020.

Este tipo de terminales han tenido un crecimiento sostenido gracias a la adopción de tecnologías que agilizan su adopción por parte de los comercios con equipos más sencillos en cuanto a tamaño y necesidad de conexión, portátiles, con tecnologías QR y sin contacto.

Seguros, con grandes retos
El RIF revela que el indicador de penetración de seguros en Colombia (primas emitidas / PIB) se mantuvo en 3% entre 2020 y 2021.

Esa cifra se dio pese a que al crecimiento real de 9,8% registrado en las primas emitidas por esa industria. De estas cifras se desprende que el gasto en seguros por habitante alcanzó los $692.348, dato que es superior en $93.473 al de 2020.

Los microseguros continúan siendo uno de los grandes retos para el sector. En efecto, estas pólizas pensadas y diseñadas para cubrir riesgos de las poblaciones de menores ingresos y Mipymes representaron el 2,4% de las primas emitidas en 2021.

Respecto al mercado de seguros masivos, este mantiene una sólida expansión y representó el 36,4% de las primas emitidas en 2021, destacando que las principales líneas de negocio fueron vida grupo deudores y Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT).

Para conocer el Reporte de inclusión financiera 2021, haga clic aquí.

El Ministerio de Hacienda, publicó para comentarios hasta el 26 de julio de 2022, el Proyecto de Decreto “Por el cual se modifican los artículos 1.5.5.2. al 1.5.5.6., se sustituye el artículo 1.5.5.7., se modifica el artículo 1.5.5.8. y se deroga el artículo 1.5.5.9. del Título 5 de la Parte 5 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria y se sustituyen los artículos 2.2.11.1.1. al 2.2.11.1.4. y se modifica el artículo 2.2.11.2.1. del Título 11 de la Parte 2 de Libro 2 del Decreto 1076 de 2015, Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible”, sobre la No Causación de Impuesto al Consumo al Carbono.

Para conocer el proyecto de decreto, haga clic aquí.

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, en cumplimiento de lo señalado en el numeral 1 del Artículo 8 de la Ley 1314 de 2009, el cual establece que el Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP): “1. Enviará a los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Comercio, Industria y Turismo, al menos una vez cada seis (6) meses, para su difusión, un programa de trabajo que describa los proyectos que considere emprender o que se encuentren en curso.

Se entiende que un proyecto está en proceso de preparación desde el momento en que se adopte la decisión de elaborarlo, hasta que se expida, presentó el Plan de Trabajo Actualizado para el segundo semestre de 2022.

Las propuestas están consagradas en 21 puntos o frentes de trabajo que abordan aspectos como la reforma de la profesión contable y la revisoría fiscal, una guía de trabajo sobre los ODS de la UNCTAD, la emisión de recomendaciones sobre los hallazgos del Informe ROSC, la elaboración o actualización de orientaciones Técnicas y la elaboración de propuesta de anexo técnico para la implementación NIIF 17.

Estas no excluyen el desarrollo o cumplimiento de otras líneas de trabajo tradicionales relacionadas con la actividad de los organismos internacionales y las activades de sensibilización y administrativas comunes a la operación del CTCP.

Consulte el Plan de trabajo del CTCP aquí.

La Cámara de Comercio de Bogotá, en alianza con la Fundación Ideas para la Paz y la iniciativa multiactor Guías Colombia, lanzaron una guía con la que las pequeñas y medianas empresas podrán seguir un paso a paso para implementar procesos de debida diligencia en Derechos Humanos.

La debida diligencia en DDHH es un proceso continuo de gestión que una empresa debe llevar a cabo a la luz de sus circunstancias para hacer frente a su responsabilidad de respetar los derechos humanos.

En la guía, los gerentes, trabajadores y líderes de pymes podrán encontrar actividades y tips para implementar la debida diligencia en derechos humanos de manera práctica, sencilla y creativa. La guía cuenta además con un ABC de derechos humanos, describe cómo las empresas pueden manejar situaciones donde se ven envueltos en vulneraciones de DDHH y cómo prevenir estos escenarios.

El documento presenta con seis orientaciones generales: Primero, las empresas deben definir los grupos relevantes en derechos humanos; segundo, construir y tener una política en DDHH; tercero, identificar y priorizar los impactos en DDHH; cuarto, definir medidas para prevenir y mitigar los impactos en DDHH priorizados; quinto, hacer seguimiento a efectividad de las medidas implementadas, y sexto, comunicar a los grupos de interés las acciones desarrolladas por la empresa, en temas de DDHH. La guía señala que es clave que las estrategias de debida diligencia en DDHH que establezcan las empresas tengan un proceso de mejora continua a través del ciclo PHVA: Planear-Hacer-Verificar- Ajustar.

Nicolás Uribe Rueda, presidente de la Cámara de Comercio de Bogotá, destacó el lanzamiento de este documento y señaló la importancia de que las pymes la implementen en su operación. “Hoy en día, el sector privado se ha adaptado para responder a las necesidades de responsabilidad social exigidas por públicos cada vez más informados e interesados en el beneficio social, y a través de la innovación se logra generar impactos positivos en el entorno. En la guía los pequeños y medianos empresarios encontrarán la respuesta sobre cómo hacerlo”.

Y es que las demandas del mercado actual exigen que las PYMES, además de aumentar su competitividad y productividad, adopten mejores estándares internacionales como los Principios Rectores sobre Empresas y DDHH y la Conducta Empresarial Responsable (CER). Por ejemplo, la Encuesta de la OCDE sobre CER en América Latina y el Caribe en el 2021, evidenció que las PYMES presentan dificultades para adoptar prácticas empresariales responsables y procesos de debida diligencia. De acuerdo con la encuesta las Pymes tienen pocos recursos financieros y humanos, además de limitaciones en la comprensión de la información sobre la CER y la manera en que puede aplicarse en sus propias organizaciones. La guía permite derribar esas barreras.

Por qué las empresas deberían implementarla
Esta Guía se fundamenta en la premisa de que un tejido empresarial respetuoso y atento a los DDHH es la base para crear negocios sostenibles, duraderos y competitivos, a la vez que contribuye a construir un mejor país. Las empresas que implementan una Conducta Empresarial Responsable en Derechos Humanos pueden obtener réditos en términos de competitividad, reputación, retención de personal, sostenibilidad, entre otras.

Por ejemplo, en competitividad, las empresas pueden participar más fácilmente de la economía nacional y global y garantizará sostenibilidad. Así mismo, responde a las expectativas crecientes de sus inversionistas, frente a la gestión de asuntos laborales, ambientales y de DDHH. Adicional, beneficia la participación en la cadena de suministro global y disminuye la probabilidad de que las empresas se vean enfrentada a demandas.

Cómo se construyó
La guía fue realizada en conjunto con pequeños y medianos empresarios, gremios, expertos en Conducta Empresarial Responsable y la academia. Participaron un total de 24 gerentes, directivos/as y líderes de PYMES de diferentes sectores económicos que aportaron su conocimiento y experiencia. A través de entrevistas, se consultaron áreas de compras y abastecimientos y se hicieron 2 talleres con pymes, con quienes se desarrolló la Guía teniendo en cuenta sus necesidades.

CCB las acompaña
En la Cámara de Comercio de Bogotá, los pequeños y medianos empresarios cuentan con herramientas para ayudarles a implementar estrategias de este tipo. Por ejemplo, está disponible un curso virtual gratuito en Conducta Empresarial Responsable con énfasis en derechos humanos desde el sector empresarial.

Ingrese a la biblioteca digital de la CCB, y descargue la Guía de Debida Diligencia en Derechos Humanos para Pymes.Ingrese a la biblioteca digital de la CCB, y descargue la Guía de Debida Diligencia en Derechos Humanos para Pymes.

El viceministro de Empleo y Pensiones, Andrés Felipe Uribe socializó con representantes de las Comisiones Regionales de Competitividad e Innovación de MinComercio, los avances que ha tenido el Sistema Nacional de Cualificaciones, “el que ya es una realidad y está disponible para todos los empleadores, trabajadores y formadores de talento humano”, dijo.

El contexto es que el 70% de los empleadores del país manifiestan que no encuentran el talento humano que requieren para llenar sus vacantes, pero la gente que busca trabajo no tiene las competencias necesarias para suplirlas.

Ese es un problema estructural del mercado laboral, “que nos puso la misión de mejorar en pertinencia en la formación de las competencias que efectivamente se están demandando. Eso fue lo que nos llevó a incluir en el Plan Nacional de Desarrollo, la formulación del Sistema Nacional de Cualificaciones, que ya se encuentra reglamentado”, señaló.

De momento se hace énfasis en dos de sus componentes: el Marco Nacional de Cualificaciones y el Subsistema de Formación para el Trabajo, que garantiza la pertinencia y la calidad.

¿Qué se hizo?, inicialmente se identificaron apropiadamente las competencias que se requieren para formar, “para lo cual de la mano del sector productivo se levantó la caracterización de las brechas de capital humano y con ellas se construyeron las cualificaciones para cada sector, en lo que se tuvo como referencia lo arrojado por más de 70 estudios”, agregó el alto funcionario.

Ya identificadas las cualificaciones, se pasa a armar o diseñar los programas de formación, en lo que se hace énfasis en la formación para el trabajo que es ocupacional, por competencias, y usa la modalidad combinada, parte en aula y otra en ambiente real de trabajo.

El gran aporte señaló: “es que ya las entidades formadoras de talento humano y de educación superior, pueden realizar los currículum y hacer alianzas con el sector productivo para que la empresa se convierta en un escenario real de aprendizaje, donde se levanten las evidencias de una experiencia laboral real”.

Ya muchas instituciones técnicas y tecnológicas y entidades formadoras de talento humano, entre otras, están diseñando programas y haciendo convenios con empresas para implementar este esquema y los están presentando al Ministerio del Trabajo para que sean habilitados.

Dato
“La identificación de las competencias que requiere el sector económico no es un proceso centralizado. El diseño de los programas se construye desde las regiones, los cuales deben ser pertinentes y útiles parar el tejido empresarial de cada territorio”, anotó Uribe Medina.

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, publicó para comentarios del Documento para Proyecto de Ley por medio del cual se regula la Revisoría Fiscal. Esta es la versión oficial entregada por el presidente del Comité Nacional para la Reforma de la Revisoría Fiscal, doctor Francisco Reyes Villamizar en el acto protocolario del 6 de julio de 2022.

Luego de cerca de dos años ininterrumpidos de trabajo, el Comité Nacional para la Reforma de la Revisoría Fiscal entregó la versión final de su propuesta reformatoria al Consejo Técnico de la Contaduría Pública -CTCP-.

Por parte del Comité Nacional, su presidente, el doctor Francisco Reyes Villamizar protocolizó la entrega del documento con una intervención en la que reconoció el trabajo coordinado, democrático y regional para llegar a un documento final en el que primó el consenso. Asimismo, destacó la simplicidad del contenido, resumido en catorce artículos que consagra los cambios que los profesionales consideran necesarios en el ejercicio de la figura de la revisoría fiscal.

Reyes Villamizar destacó la necesidad de la reforma para actualizar y modernizar el régimen vigente. De igual forma y la necesidad de superar la dispersión normativa.

En representación del CTCP el consejero Jesús María Peña Bermúdez recibió la reforma resaltando la importancia de este esfuerzo y el del comité para la reglamentación de la profesión contable que entregó su propuesta en noviembre de 2021. También representó al CTCP en este evento el consejero Jairo Enrique Cervera Rodríguez.

Gracias a la coordinación y la iniciativa del CTCP se convocaron a los profesionales de la contaduría pública de todo el país y fruto de ello se conformaron 28 comités departamentales que después fueron agrupados en cinco regiones. En esta instancia, luego de procesos democráticos para definir su representación, se conformó el Comité Nacional. Desde esta instancia y a través del liderazgo regional se definieron los ejes temáticos que comprendieron la estructura para la construcción de esta propuesta: definición, funciones y atribuciones, nombramiento y remoción, entidades obligadas y calidades para ser revisor fiscal.

El periodo para comentarios sobre esta propuesta estará abierto desde el 8 de julio de 2022 y hasta el 31 de agosto de 2022 a las 5:00 p.m. Los buzones autorizados para recibir la retroalimentación derivada del proceso de discusión pública son Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. o Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Cumplido el plazo para la recepción de los comentarios el Consejo Técnico los consolidará y entrará en el proceso final de revisión para definir la entrega de una propuesta normativa (proyecto de ley) final a las direcciones de regulación de los ministerios de Comercio, Industria y Turismo y Hacienda y Crédito Público.

Para conocer el proyecto de ley, haga clic aquí.

Con el fin de orientar a los empleadores colombianos que desean vincular laboralmente a extranjeros, el Ministerio del Trabajo lanza la “Guía para la Contratación Laboral de Refugiados y Migrantes Venezolanos en Colombia”, donde podrán consultar los requisitos y las ventajas de vincular en sus nóminas a personas provenientes de este país.

La nueva versión del documento es clave para manejar correctamente la contratación de personas venezolanas y se actualizó en alianza con ACNUR Colombia, la Unidad del Servicio de Empleo y Tent Partnership for Refugees.

“Con esta guía reiteramos el compromiso del Gobierno Nacional para dar acompañamiento y orientar los procesos de inserción laboral para que los empresarios se constituyan en promotores y garantes de los derechos laborales de la población Refugiada y Migrante proveniente de Venezuela”, afirmó el ministro del Trabajo, Ángel Custodio Cabrera.

Los empresarios podrán consultar información y recomendaciones que los guiarán para contratar a quienes van a desempeñar un trabajo subordinado como extranjero en Colombia, cumpliendo con las normas laborales y migratorias establecidas.

Según los datos de Migración Colombia son más de 1.120.000 los migrantes que se han regularizado mediante el Permiso por Protección Temporal -PPT-.

“Como muestra del avance en los procesos de integración de la población refugiada y migrante, a febrero de 2022 hay más de 102.000 cotizantes en el Sistema general de Seguridad Social con tipo de documento PEP y PPT y más de 43.000 venezolanos en el Registro Único de Trabajadores Extranjeros en Colombia (RUTEC) “puntualizó el jefe de la cartera laboral.

Los venezolanos que cuentan con el PPT tienen la oportunidad de acceder a la ruta de empleo, a un trabajo formal, al Sistema General de Seguridad Social, al sistema financiero, a programas de formación para el trabajo y certificación de competencias laborales.

Los empleadores interesados en conocer más sobre cómo contratar trabajadores venezolanos pueden consultar la guía haciendo clic aquí.

El Ministerio de Hacienda recibirá comentarios hasta el 16 de julio de 2022 sobre el Proyecto de Decreto “Por el cual se reglamentan parcialmente los artículos 511, 615, 616-1 modificado por el artículo 13 de la Ley 2155 de 2021 y 771-2 del Estatuto Tributario, y se modifican los numerales 3, 5, 8 y 11 del artículo 1.6.1.4.1., se adicionan los numerales 13, 14, 15 y 16 al artículo 1.6.1.4.1., se modifica el parágrafo 1 del artículo 1.6.1.4.3., se sustituyen los artículos 1.6.1.4.4., 1.6.1.4.6., 1.6.1.4.7., 1.6.1.4.8., 1.6.1.4.15. y 1.6.1.4.19., se adiciona el inciso 3 al artículo 1.6.1.4.5., el inciso 2 al artículo 1.6.1.4.11., se modifica el numeral 2 del artículo 1.6.1.4.12., se modifican los artículos 1.6.1.4.16., 1.6.1.4.23 y 1.6.1.4.26. y se deroga el artículo 1.6.1.4.27. del Capítulo 4 del Título 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria”, sobre facturas electrónicas.

Para conocer el proyecto de decreto, haga clic aquí.

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