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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, negociaron con el gobierno de Barbados el Acuerdo sobre Información en Materia Tributaria.

Este Acuerdo fue negociado teniendo en cuenta los estándares internacionales en esta materia y permite que la DIAN haga peticiones específicas de información de relevancia tributaria dentro de los procesos de fiscalización en Colombia, a las autoridades de Barbados. Así mismo, establece la posibilidad para que las autoridades competentes de ambos estados acuerden, en un futuro, intercambiar información tributaria de forma automática o espontanea.

Cabe resaltar, que dentro de la política de lucha en contra de la evasión y la elusión fiscal, uno de los aspectos que más relevancia adquiere es la posibilidad de efectuar intercambios de información tributaria entre diferentes jurisdicciones, dado que brinda transparencia a las operaciones internacionales, limitando el espectro en el cual los evasores y elusores pueden esconder sus maniobras.

Por ello, la legislación colombiana prevé normas que regulan de manera general el intercambio de información tributaria en el ámbito internacional. Sin embargo, para poder llevar a cabo el efectivo intercambio de esta información con otras jurisdicciones, es necesaria la suscripción de tratados internacionales que lo permitan.

Con la suscripción del Acuerdo, ambas jurisdicciones refuerzan su compromiso con la trasparencia fiscal internacional y la lucha contra la evasión y elusión tributaria.
 
14 empresas del sector privado se unieron a la iniciativa liderada por el Ministerio del Trabajo, apoyada por la OIT, Pacto Global Colombia y varios aliados estratégicos pertenecientes a organizaciones, gremios empresariales y entidades del Estado como el ICBF a lo que desde ahora se llama la Red Colombia contra el Trabajo Infantil, que tiene como objetivo fundamental promover la erradicación de ese flagelo en el país.

Más de un millón 100 mil niños, niñas y adolescentes trabajan en Colombia, razón por la cual el ministro del Trabajo, Luis Eduardo Garzón, incluyó la lucha contra el trabajo infantil como uno de los cinco pactos bandera de su gestión al frente de esta Cartera.

La Red Colombia busca ser un referente regional de alianzas público privadas en materia de prevención y erradicación del trabajo infantil, que evidencie con acciones concretas el liderazgo que tiene el Gobierno Nacional en la difusión de buenas prácticas.

Las empresas Aviatur, Cafam, Compensar, Codensa-Emgesa, Ecopetrol, Grupo Argos, Mineros S.A, Pacific Rubiales, Petro Combustion, Sator, Telefónica-Movistar y THX Energy; gremios como Asocaña, Asocolflores, así como los aliados estratégicos: ANDI, CREO, Fundación Universitaria del Área Andina, y los representantes de las entidades que apoyan este propósito como Organización Internacional del Trabajo-OIT, Pacto Global (iniciativa de las Naciones Unidas) y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar-ICBF, firmaron hoy el compromiso que las une a esta Red.

El viceministro de Relaciones Laborales e Inspección, Enrique Borda Villegas, dijo que aunque Colombia haya avanzado, continua siendo una vergüenza la cifra actual. "Ese pacto es un imperativo ético, ningún sindicalista ni empresario podría ponerle problema a la erradicación del trabajo infantil y los que están acá son el verdadero nervio del pacto, y vamos a ser muy exitosos", resaltó.

Así mismo, el Viceministro afirmó que para que el pacto sea eficaz, se tienen dos referentes fundamentales que son la política pública; que es la mejor Responsabilidad Social Empresarial-RSE que los empresarios logran identificar con la política pública del Estado y los principios del Pacto Global de Naciones Unidas. "Aquí ya logramos en política pública escribir en el borrador del Plan de Desarrollo 2015 -2018 esta Red, y en el próximo este va a ser un cometido fundamental del Gobierno". Enfatizó.

Para la conformación y articulación de esta labor se recogieron experiencias de países como Ecuador, Brasil y Argentina, quienes con éxito ya tienen consolidada esta Red.
 
Dando aplicación al artículo 17 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, la Vicepresidencia de Servicios Registrales de la Cámara de Comercio de Bogotá, CCB, ha iniciado el procedimiento de expedición de las resoluciones que decretan el desistimiento tácito de las peticiones de inscripción de documentos y constituciones en el registro mercantil y Esales.

A partir de la vigencia de la citada norma se encuentran devueltas de manera condicional y durante el transcurso del mes siguiente a su devolución no han sido adicionadas, aclaradas o modificadas en el sentido solicitado por parte del solicitante.

Haga clic para conocer las siguientes resoluciones:




 
Derribar las barreras para que las empresas puedan crecer sostenidamente es la decisión del gobierno y para ello diseñó una completa estrategia.

Las metas
Alcanzar exportaciones no minero energéticas por USD30.000 millones, captar USD 6.000 millones de divisas por concepto del turismo, y lograr que más de 4.100 empresas se conviertan en exportadoras son algunas de las metas que se propone el Gobierno.

Los ejes
El primer eje de la política apunta a fomentar las empresas, y de acuerdo con la Ministra, las acciones estarán enfocadas en cuatro frentes: mayor acceso a recursos, apoyo para innovar, trámites sencillos y diálogo.

Como segunda medida, se potenciará las regiones. Al respecto, presentó el Mapa Regional Productivo, construido para identificar los sectores y productos con mayor potencial de internacionalización en cada departamento, y, así, focalizar los esfuerzos de política y recursos para promover su crecimiento.

Anunció además el fortalecimiento de los Micitios, puntos de atención a los empresarios con toda la oferta del sector, que han atendido ya a 3.754 empresarios.

En cuanto a la promoción de las exportaciones, resaltó el traslado al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, de la la administración del mecanismo de zonas francas que en la actualidad está en la DIAN, así como los trámites para productos agroindustriales que hoy están a cargo del Invima. 

Enfatizó que la tarea de Procolombia es fundamental, y su labor se enfocará en promover las exportaciones, posicionar a Colombia internacionalmente como destino turístico, y atraer la inversión extranjera.
 
La Superintendencia Financiera, mediante la Circular Externa 032 del 28 de noviembre, modificó el Capítulo II de la Circular Básica Contable y Financiera (Circular Externa 100 de 1995), el Anexo 1 del mismo, y se crea el Anexo 6 “Provisiones individuales de las entidades autorizadas para realizar operaciones de redescuento”. 

Lo anterior con el fin de precisar los lineamientos que, en materia de provisiones, deben atender las entidades de redescuento en relación con la cartera directa, así como con las operaciones de redescuento que realicen con los intermediarios financieros.

La implementación de las modificaciones incorporadas mediante la presente Circular Externa, deberán reflejarse en los estados financieros a más tardar en Diciembre de 2015. Sin embargo, las entidades deben informar a esta Superintendencia antes del 30 de Junio de 2015 la estimación del efecto sobre el volumen de provisiones y la forma mediante la cual se constituirán de manera progresiva.

Para conocer el documento completo, haga clic aquí.
El Gobierno Nacional y los ganaderos del país agrupados en FEDEGAN, se comprometieron aquí a trabajar conjuntamente en la búsqueda de mecanismos que permitan avanzar en un pacto por la formalización del trabajo en el campo.

El ministro del Trabajo, Luis Eduardo Garzón, sostuvo hoy en el marco del 34° Congreso Nacional de Ganaderos que dicho pacto debe construirse sobre tres pilares fundamentales: la Seguridad Social, la Capacitación y Asociatividad.

Garzón, hablo con los ganaderos quienes expusieron sus diferentes problemáticas regionales y se comprometió no solamente a impulsar el pacto por la formalización, sino además a trabajar en la eliminación de retenes que impiden que dicha formalización se haga efectiva.

También anunció, que expondrá ante la junta Directiva del SENA, de la cual es Presidente, la necesidad de retomar la formación de trabajadores que requiere el sector agropecuario; clamor expuesto por los ganaderos.
 
Mediante la Circular Externa 029 DE 2014, la Superintendencia Financiera  anunció la reexpedición de la Circular Básica Jurídica Circular Externa 007 de 1996), actualizando su contenido con la normatividad y con los pronunciamientos jurisprudenciales vigentes en materia financiera, aseguradora y del mercado de valores.
 
La reexpedición de la Circular Básica Jurídica contribuye a la implementación de estándares internacionales, especialmente en lo referente a las recomendaciones de política regulatoria de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OECD - por sus siglas en inglés), permitiendo que las instrucciones dirigidas a las entidades sujetas a la supervisión de esta Superintendencia se encuentren actualizadas y bajo una estructura que facilite su consulta por parte de las entidades y el público en general.  
 
El nuevo texto de la circular reúne y actualiza las diferentes instrucciones en materia jurídica, emitidas por las anteriores Superintendencia Bancaria y Superintendencia de Valores, así como las expedidas posteriormente por la Superintendencia Financiera de Colombia, con el propósito de recopilar y reorganizar en un solo compendio las normas vigentes, y armonizar su contenido con la evolución de la regulación del sector y demás disposiciones legales aplicables. 
 
La nueva Circular Básica Jurídica está dividida en tres Partes: 
 
PARTE I. Instrucciones Generales Aplicables a las Entidades Vigiladas; que contiene las disposiciones aplicables de forma transversal a todas las entidades vigiladas por esta Superintendencia.
 
PARTE II. Mercado Intermediado; que contiene las instrucciones que regulan de forma particular los establecimientos de crédito; las sociedades de servicios financieros; las sociedades capitalizadoras; las entidades aseguradoras, reaseguradoras y sus corredores; así como las otras instituciones o actividades sometidas a la supervisión de esta Superintendencia.  
 
PARTE III. Mercado Desintermediado; que contiene las instrucciones aplicables a los emisores de valores; a las entidades y actividades del mercado de valores; así como lo relacionado con el Sistema Integral de Información del Mercado de Valores (SIMEV) y con los Fondos de Inversión Colectiva (FIC´s). 
 
Cada Parte de la nueva circular está organizada internamente en títulos y capítulos, y cada capítulo cuenta con una tabla de contenido específica para identificar con claridad los diferentes aspectos desarrollados. Así mismo, la circular contiene un índice general diseñado para facilitar la consulta temática de cada sector. El nuevo estilo de numeración implementado permite que en el futuro se puedan incluir en la circular nuevas instrucciones, respetando su estructura. 
 
Teniendo en cuenta lo anterior, esta Superintendencia en ejercicio de sus facultades y, en especial, de lo dispuesto en el numeral 9 del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010, considera necesario impartir las siguientes instrucciones:
 
PRIMERA: Subrogar el texto completo de la Circular Externa 007 de 1996. En consecuencia se sustituyen todos los títulos y capítulos de la misma. 
 
Se anexan los nuevos archivos correspondientes.
 
SEGUNDA: Vigencia y derogatorias.
 
La presente circular rige a partir de la fecha de su publicación, incorpora las Circulares Externas 009 de 1988, 004 de 1993, 007, 008, 012 y 014 de 1998, 004 de 2000, 001 de 2002, 005 de 2003, 011 de 2004, 005 de 2005 expedidas por la Superintendencia de Valores; 079 de 1995, 061 de 1998, 024 y 051 de 2000, 043 de 2001 expedidas por la Superintendencia Bancaria de Colombia; 015 y 033 de 2006, 002, 023, 059 y 060 de 2007, 061 de 2008, 010 de 2009, 012,  036, 038 y 053 de 2010, 013 y 054 de 2011, 004, 009, 030, 036 y 037 de 2012, 014 y 037 de 2013, 022 de 2014, los numerales 1 a 7 de la instrucción primera de la Circular Externa 028 de 2014, y la Resolución 02375 de 2006 expedidas por la Superintendencia Financiera de Colombia; y deroga las Circulares Externas y Resoluciones que resulten contrarias frente a lo aquí dispuesto. 
 
TERCERA: Las referencias normativas que en otras instrucciones de la Superintendencia se realicen a Títulos, Capítulos y demás contenidos de la Circular Externa 007 de 1996 se entenderán hechas a los que correspondan dentro de la nueva estructura de la Circular Básica Jurídica reexpedida, de acuerdo con la temática respectiva.
 
CUARTA: Las actuaciones administrativas adelantadas por parte esta Superintendencia, que se encuentren en curso a la fecha de entrada en vigencia de la presente Circular Externa y que tengan como sustento las instrucciones contenidas en la Circular Externa 007 de 1996, continuarán su procedimiento hasta su terminación, con base en las disposiciones aplicables al momento de la ocurrencia de los hechos.
La puesta en marcha de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) favorece las negociaciones y los procesos con participación de inversionistas extranjeros, afirmó el Superintendente de Sociedades, Francisco Reyes Villamizar, durante el foro “Oportunidades y Desafíos: adopción de estándares internacionales de información financiera y de aseguramiento”, organizado por la firma Baker Tilly Colombia.

En el encuentro, el funcionario advirtió que la falta de una buena infraestructura contable es un gran obstáculo para el desarrollo económico y recalcó que los estados financieros deben brindar información comprensible, transparente, comparable, pertinente, confiable y útil para la toma de decisiones económicas por parte del Estado, los propietarios, funcionarios y empleados de las empresas, los inversionistas actuales o potenciales y otras partes interesadas.

Tras resaltar los beneficios de la aplicación de las NIIF, Reyes Villamizar explicó que algunos de los objetivos de esta nueva normatividad se pueden resumir en garantizar la calidad y eficiencia de la información que se les suministra a terceros, alcanzar una mayor transparencia y veracidad en la información y lograr un mayor aseguramiento de la información.

Adicionalmente recalcó que con la implementación de esta nueva política se logra disminuir y reconocer riesgos financieros para terceros interesados y de paso se impulsan las negociaciones y procesos con participación de inversionistas extranjeros

Con el fin de promover la aplicación de las NIIF, la Superintendencia de Sociedades, agregó Reyes Villamizar, puso a disposición de sus usuarios las diferentes guías de aplicación de las NIIF, según grupos y organizó varios talleres de preparación y presentación de información de acuerdo a las NIIF, y eventos como el de “Convergencia: Construcción Conjunta” (julio de 2014), documentos que se encuentran disponibles en la página web de la entidad.

Confianza a inversionistas
Por su parte el viceministro de Desarrollo Empresarial, Felipe Sardi, señaló que el objetivo de la aplicación de las NIIF es mostrar las cosas como son, sin ser muy conservadores o muy optimistas, lo que implica un cambio de filosofía.

Aceptó que la información puede ser más volátil, pero será más transparente.

Sardi Cruz agregó que las NIIF permiten que las empresas sean más transparentes, se tenga un cubrimiento de los grupos de interés, generan mayor confianza entre los inversionistas y garantiza el acceso a una mejor información.

Según el Viceministro, la implementación de las NIIF asegura transparencia en la información, permite o facilita el acceso al crédito y la llegada de Inversión Extranjera Directa (IED).
Las Comisiones Económicas Conjuntas del Congreso de la República aprobaron en primer debate el Proyecto de Ley de Reforma Tributaria, con 28 artículos nuevos que buscan beneficiar a los contribuyentes.

"El proyecto ha sido ampliamente debatido y consensuado con los ponentes", dijo el Ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, quien agradeció a los congresistas tras reiterar que esta iniciativa no afecta a la clase media colombiana ni a la inversión.

"Este es un proyecto de avanzada, en búsqueda de la equidad para mejorar la calidad de vida de los más pobres", exaltó.

Así mismo, señaló que tras extensas sesiones de trabajo con los Ponentes y Coordinadores de las Comisiones Económicas del Congreso de la República, se logró un acuerdo sobre el texto de la ponencia del Proyecto de Ley de Reforma Tributaria, cuyo núcleo está compuesto por el impuesto a la riqueza y la sobretasa al CREE.

De igual manera, insistió que esta iniciativa tendrá vigencia de cuatro años con el objetivo de garantizar los recursos que se necesitan para la sostenibilidad de la inversión en políticas públicas.

El proyecto de reforma –dijo- establece que el Impuesto a la Riqueza para personas jurídicas será pagado en 2015 sobre patrimonios líquidos superiores a $1.000 millones con una tasa máxima de 1,3%, la cual descenderá a 1% en 2016 y a 0,75% en 2017. A partir de 2018, el Impuesto a la Riqueza para personas jurídicas será derogado.

Sobre este aspecto, el Ministro Cárdenas reiteró que las tarifas en el Impuesto a la Riqueza serán marginales dependiendo del monto del patrimonio, lo cual representa un alivio frente a las tarifas existentes para el Impuesto al Patrimonio.

El titular de la cartera de Hacienda y los Ponentes y Coordinadores del Proyecto de Ley también definieron presentar a discusión del Legislativo que las personas naturales paguen un gravamen máximo de 1,50% anual entre 2015 y 2018 sobre patrimonios líquidos a partir de $1.000 millones declarados con corte al primero de enero de 2015. La tarifa mínima será de 0,125%.

Adicionalmente, en la ponencia se incluyó una sobretasa al Impuesto sobre la Renta para la Equidad, CREE, -que grava las utilidades-, sobre empresas que generen ganancias superiores a $800 millones. Dicha sobretasa será de 4% en 2015, de 6% en 2016, de 7% en 2017 y de 9% en 2018.

Respecto a la distribución del noveno punto del CREE, la ponencia plantea que el 0,6% se destine a la educación superior pública y el 0,4% a programas para el desarrollo de la primera infancia.

Finalmente, el Ministro Cárdenas solicitó al Congreso de la República la discusión en segundo debate del Artículo 39 que contempla la Reforma Tributaria sobre penas de prisión para evasores de impuestos, previa consulta al Consejo de Política Criminal.
Jueves, 27 Noviembre 2014 08:41

Gobierno agrega artículo a Decreto 1828 de 2013

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A través del Decreto 2311 de noviembre de 2014, el Gobierno adicionó un artículo al Decreto 1828 de 2013, que hace referencia a la autorretención del Cree y las empresas productoras y comercializadoras de productos agrícolas.

El artículo agregado es el siguiente:

“Adiciónase el artículo 4 del Decreto 1828 de 2013 con el siguiente numeral: " 9. Las empresas productoras y comercializadoras de productos agrícolas aplicarán la autorretención a título de impuesto sobre la renta para la equidad -CREE sobre la proporción del pago o abono en cuenta que corresponda al margen de comercialización de los productos agrícolas exportados y vendidos en el mercado interno, entendido este como el resultado de restar de los ingresos brutos obtenidos por la actividad de comercialización de dichos productos, los costos de los inventarios de dichos productos comercializados, durante el respectivo periodo. La autorretención sobre los ingresos provenientes de cualquier otra actividad diferente de la comercialización de dichos productos agrícolas se regirá por lo previsto en el artículo 2 del presente Decreto" 

Para conocer el Decreto 2311 de noviembre de 2014, haga clic aquí. 
 
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