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La Dirección de Impuesto y Aduanas Nacionales, DIAN, por medio de La Subdirección de Gestión de Tecnología de Información y Telecomunicaciones, informó que desde el martes 24 de octubre a las doce de la noche (12:00 a.m.) y hasta el viernes 27 de octubre de 2017 a las 10:00 p.m., se realizarán actividades de mantenimiento y actualización del canal de internet de la Entidad.

 

Debido a lo anterior, el día 25 de octubre entre las 2:00 a.m. y las 3:00 a.m. no habrá disponibilidad de ningún servicio tributario y/o aduanero. Durante el tiempo restante y hasta al viernes 27 se podrá presentar intermitencias en los servicios aduaneros y/o tributarios dispuestos por la DIAN.

El pasado 19 de octubre, fecha máxima de presentación de las declaraciones de renta para personas naturales con número de identificación tributaria (NIT) terminados en los dígitos 02 y 01, finalizó el calendario de vencimientos de presentación oportuna de las declaraciones de renta de las personas naturales por el año gravable 2016.

 

La información disponible a 20 de octubre indica que declararon 2.458.847 personas naturales, quienes presentaron su declaración del impuesto de renta y complementarios, utilizando según su clase de contribuyente los cuatro (4) formularios prescritos para tal fin, superando en 15% la meta esperada de 2.130.000 declarantes.

 

El 74.9% utilizó el formulario 210 (Declaración de Renta y Complementarios Personas Naturales y Asimiladas No Obligadas a llevar Contabilidad); el 17.3% declaró en el formulario 230 (Declaración Anual de Impuesto Mínimo Alternativo Simple (IMAS) para Empleados); el 6.2% diligenció el formato 110 (Renta y complementarios o de Ingresos y Patrimonio para Personas Jurídicas y Asimiladas, Personas Naturales y Asimiladas Obligadas a llevar Contabilidad), mientras que el restante 1.7% lo realizó en el formulario 240 (IMAS para trabajadores por cuenta propia).

 

El impuesto a cargo declarado, esto es, la contribución de las Personas Naturales a título de Impuesto de Renta fue de $7.98 billones, que luego de descontar las retenciones que le practicaron el año inmediatamente anterior, así como los anticipos y saldos a favor que no fueron solicitado en devolución, se tradujo un saldo a pagar de $1,8 billones. Considerando la mora del 10% que se registra en el impuesto de renta de las Personas Naturales, el recaudo efectivo por este concepto es de $1.6 billones, tal y como estaba previsto.

 

Vale destacar que las 2.493.316 declaraciones de renta de las personas naturales, incluyendo declaraciones iniciales y correcciones fueron diligenciadas en su mayoría (98.7%) utilizando los Servicios Informáticos Electrónicos (SIE) de la DIAN, ampliando la cobertura de uso de la plataforma DIAN, beneficiándose de las ventajas de usar los SIE de la DIAN que mitigan la ocurrencia de errores de identificación, ubicación y aritméticos en el diligenciamiento.

 

En efecto, el 24.2% utilizó el Instrumento de firma electrónica; el 60.8% habilitó cuenta para usar los Servicios Informáticos Electrónicos, mientras que el 13.7% acudió a la opción “Usuarios no registrados, diligenciar formularios”. El 1.3% restante (tan sólo 31.705) fue diligenciado en la forma tradicional de usar formularios litográficos (en papel).

El Ministerio de Hacienda publicó para comentarios el Proyecto de Decreto para comentarios. "Por el cual se adiciona el Capítulo 8, Título 1, Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria y se reglamenta la distribución del recaudo de IVA de licores, vinos, aperitivos y similares con destino al aseguramiento en salud”.

 

La entidad recibirá comentarios sobre el proyecto de decreto hasta el 6 de noviembre de 2017.

 

Para conocer el proyecto de decreto completo, haga clic aquí.

Hasta el 24 de octubre la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, recibirá comentarios sobre el proyecto de resolución “Por la cual se establecen los requisitos, las condiciones y el procedimiento para acceder al registro de profesionales de compra y venta de divisas y cheques de viajero; se señalan los requisitos y el trámite de las solicitudes de acreditación como corresponsal cambiario y se indica el Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos, Financiación del Terrorismo y Financiación de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva para la actividad de los profesionales de cambio”.

 

La entidad recibirá comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución a través del correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..">Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..

 

Para conocer el proyecto de resolución completo, haga clic aquí.

La Superintendencia de Sociedades busca mecanismos de cooperación con diferentes países y con autoridades en Colombia para combatir la corrupción en la empresa privada y detectar maniobras ilícitas en el exterior.

 

El superintendente Francisco Reyes Villamizar reveló que Colombia adelanta gestiones con instituciones de otros países para lograr una mayor cooperación en la lucha contra el flagelo de la corrupción. Por otro lado, la entidad negocia nuevos mecanismos de intercambio de información con autoridades colombianas, incluyendo a la Unidad de Información y Análisis Financiero (Uiaf) y la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian).

 

"Hemos visto cómo algunas empresas participan muy activamente en circunstancias que pueden contribuir de manera muy significativa a la corrupción. No solamente corrupción entre el sector privado y el sector público, que es el típico soborno, sino también corrupción privada, es decir, aquella que ocurre entre particulares,", afirmó el Superintendente Reyes Villamizar.

 

Al intervenir en el foro sobre lucha contra la corrupción "Hacia la Integridad", promovido por la Organización de Naciones Unidas contra las Drogas y el Delito, el superintendente les recordó a los empresarios que es un mal negocio violar la Ley de Soborno Transnacional.

 

Vale recordar que la Ley Antisoborno le permite a la Superintendencia de Sociedades multar a las empresas colombianas que ofrezcan dádivas a funcionarios públicos extranjeros. Las sanciones pueden llegar hasta los 200.000 salarios mínimos legales, así como a la prohibición para contratar con el Estado hasta por 20 años.

 

¿Qué pueden hacer los empresarios?
Las recomendaciones a los empresarios incluyen, entre otras medidas, la puesta en marcha de sistemas de autocontrol de este tipo de conductas, tener esquemas sofisticados para que las operaciones sospechosas sean reportadas a los más altos niveles de la compañía y someter a intermediarios y clientes a procesos de debida diligencia para asegurarse de que no ponen a la compañía en un riesgo de corrupción.

El Tribunal Disciplinario de la UAE Junta Central de Contadores, invitó a la comunidad contable a conocer lo dispuesto por el artículo 32 de la Ley 1778 de 2016, el cual adicionó el numeral 5 del artículo 26 de la Ley 43 de 1990 frente a la Responsabilidad de los Revisores Fiscales:

 

“(…) Artículo 32. Responsabilidad de los revisores fiscales.El artículo 7° de la Ley 1474 de 2011 quedará así:

 

Artículo 7°. Responsabilidad de los revisores fiscales. Adiciónese un numeral 5 al artículo 26 de la Ley 43 de 1990, el cual quedará así:

 

5. Los revisores fiscales tendrán la obligación de denunciar ante las autoridades penales, disciplinarias y administrativas, los actos de corrup­ción así como la presunta realización de un delito contra la administración pública, un delito contra el orden económico y social, o un delito contra el patrimonio económico que hubiere detectado en el ejercicio de su cargo. También deberán poner estos hechos en conocimiento de los órganos sociales y de la administración de la sociedad. Las denuncias correspondientes deberán presentarse dentro de los seis (6) meses siguientes al momento en que el revisor fiscal hubiere tenido conocimiento de los hechos. Para los efectos de este artículo, no será aplicable el régimen de secreto profesional que ampara a los revisores fiscales. (…)”

 

Cordialmente;
LUIS EDUARDO FORERO VARGAS
Presidente Tribunal Disciplinario
UAE Junta Central de Contadores

Los Ministros de Finanzas de la Alianza del Pacífico destacaron los avances en el desarrollo de la agenda de trabajo para promover la integración financiera regional, lo cual permitirá aumentar los flujos de inversión, las oportunidades de empleo y favorecerá el mayor crecimiento económico en los cuatro países.


En particular, los Ministros acordaron avanzar en la contratación de un mecanismo financiero conjunto que permita gestionar de manera integral la transferencia de riesgos que beneficie a los países de la Alianza del Pacífico y a sus habitantes ante la ocurrencia de terremotos, por lo que, en una primera instancia, los equipos de trabajo avanzarán en el diseño y estructuración de un bono regional para la gestión del riesgo de catástrofes (terremotos), que pueda ser emitido durante el primer trimestre de 2018.

 

Este mecanismo permitirá proteger, mitigar el impacto de las pérdidas sobre los presupuestos y, en general, fortalecer las finanzas públicas de los países miembros ante la ocurrencia de terremotos. Asimismo, la contratación conjunta generará beneficios adicionales de diversificación que se traducirán en un menor costo para la cobertura.

La agenda de la reunión también incluyó la suscripción de la Convención para Homologar el Tratamiento Impositivo previsto en los Convenios para Evitar la Doble Imposición suscritos entre los Estados Parte del Acuerdo Marco de la Alianza del Pacífico. Este acuerdo reconoce la condición de residentes a los fondos de pensiones, por lo que quedarán cobijados bajo los acuerdos bilaterales ya existentes para evitar la doble tributación. Asimismo, la Convención establece un techo del 10% al impuesto de renta aplicable a las ganancias de capital que generen las inversiones de estos fondos en cualquiera de las jurisdicciones que conforman la Alianza del Pacífico. Lo anterior incentivará la participación de inversionistas en los mercados de capitales de la región y beneficiará a sus afiliados con el acceso a más alternativas de inversión.

De la misma forma, los Ministros de Finanzas y los Supervisores de Valores de los países miembros de la Alianza del Pacífico suscribieron la Declaración de Intenciones sobre el establecimiento del Vehículos de Inversión Colectiva de la Alianza del Pacífico (Pasaporte de Fondos). Este acuerdo establece la voluntad de las partes, que incluye una hoja de ruta para identificar los ajustes normativos necesarios que permitan la comercialización regional de los Vehículos de Inversión Colectiva, una vez hayan sido autorizados por cualquier país miembro de la Alianza, sin que se tengan que inscribir o registrar en cada jurisdicción, conforme al procedimiento que en su caso se acuerde. Esta medida facilitará la adquisición de estos productos por nuevos clientes y permitirá canalizar de forma más eficiente los recursos de los mercados de capitales hacia proyectos productivos de las economías de la Alianza del Pacífico.

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Finalmente, durante la reunión se acordó avanzar en la estructuración de un Fondo de Inversión en Infraestructura de la Alianza del Pacífico (FIAP), que permita canalizar una mayor cantidad de recursos desde los mercados de capitales regionales y globales hacia la financiación de proyectos de infraestructura en los cuatro países. En este sentido, se avanzará en la socialización de la propuesta presentada por la consultoría realizada por el Banco Interamericano de Desarrollo -BID- y el Banco de Desarrollo de América Latina -CAF-, para determinar el interés de posibles gestores e inversionistas en este mecanismo.

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, expidió carta dirigida a los presidentes del Senado y la Cámara de Representantes, doctores Efraín José Cepeda Sarabia y Rodrigo Lara Restrepo, en los que expresa su posición frente al Proyecto de Ley Anticorrupción que surte trámite legislativo en el Congreso.

 

En la misiva, el CTCP recomienda que revalúe la redacción de los artículos cuarto y cuadragésimo primero del proyecto para que permitan aclarar que la responsabilidad del revisor fiscal se considere en el ámbito de sus funciones de evaluación y que la eventual omisión en informar actividades sospechosas se evalúe considerando su conocimiento de la situación o la negligencia manifiesta al desarrollo de sus funciones.

 

Para el Consejo, la figura del Revisor Fiscal debe ser tomada como un órgano de aseguramiento y fiscalización con funciones de inspección y vigilancia pero que no hace parte de la administración de la entidad a la que presta sus servicios, razón por la cual el tipo de control que ejerce no es previo sino posterior.

 

Así, cualquier responsabilidad que se le exija en relación con el reporte de operaciones sospechosas de corrupción, debe estar en línea con la naturaleza y alcance de su función, más si se considera que la corrupción a menudo se fragua sobre transacciones de ocultamiento por fuera de la entidad. Considerada la redacción de los artículos en mención, se partiría del supuesto de que el revisor fiscal en ejercicio de sus funciones puede conocer los hechos, lo que supone un riesgo para el ejercicio del profesional que preste el servicio.

 

Los artículos del proyecto de ley en mención expresan lo siguiente:

 

(…) Artículo 4. Adiciónese un artículo 325C a la Ley 599 de 2000, el cual quedará así:

“Artículo 325 C. Omisión de reportes sobre operaciones sospechosas de corrupción. Los abogados, contadores, revisores fiscales y jefes de control interno, que estando obligados a reportar en los términos definidos por el Ministerio de Justicia y del Derecho, omitan el cumplimiento de los reportes de operaciones inusuales o sospechosas de corrupción a la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF), incurrirá en prisión de tres (3) a seis (6) años y multa de cien (100) a trescientos (300) salarios mínimos legales mensuales vigentes, siempre que la conducta no constituya delito sancionado con pena mayor” (…)

 

(…) Artículo 41. Sujetos obligados a reportar operaciones sospechosas de corrupción. Los abogados, contadores, revisores fiscales y jefes de control interno están obligados a reportar operaciones inusuales o sospechosas de corrupción a la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF), en los términos, condiciones, actividades o sectores que para el efecto señale el Ministerio de Justicia y del Derecho.

 

El Ministerio de Justicia y del Derecho deberá expedir la reglamentación correspondiente dentro de los seis (6) meses siguientes a la sanción de la presente ley.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Mauricio Cárdenas Santamaría, participó en la 9ª Reunión de Ministros de Finanzas de América y el Caribe y en su intervención resaltó que la financiación de pequeñas y medianas empresas es una prioridad para la región.

 

El Ministro indicó que en la última década en América Latina y el Caribe se han implementado una gran diversidad de medidas públicas y privadas para mejorar las condiciones de acceso y uso de servicios financieros, pero aún persiste un importante reto en materia financiación de las pequeñas y medianas empresas.

 

En ese sentido, “es clave la revisión de esquemas alternativos de financiamiento como el factoring o las plataformas de crowdfunding, como una opción de política para promover el acceso al crédito de las pymes” señaló el jefe de la cartera de Hacienda y agregó que “las nuevas tecnologías son también grandes aliadas para lograr este objetivo”.

 

El Ministro Cárdenas precisó que la tecnología ha evidenciado una gran revolución con la aparición de herramientas como el big data y la inteligencia artificial, las cuales permiten capturar y analizar grandes bases de datos, incluyendo fuentes no convencionales como las redes sociales, y de esta forma analizar el perfil de riesgo de los deudores.

 

Pero advirtió que si bien la innovación trae grandes beneficios, también conlleva importantes retos al potenciarse posibles asimetrías regulatorias y desintermediación financiera, que pueden potenciar los riesgos financieros tradicionales.

 

En este sentido el Ministro hizo una invitación a trabajar de manera coordinada hacia la consolidación de un marco normativo en la región que prevea las innovaciones financieras y el uso de la tecnología, pero con reglas claras de administración de riesgo y sin generar arbitrajes entre productos, participaciones ni países.

Como una “cruzada contra la evasión, el contrabando y el lavado de activos” calificó el director de la Unidad de Información y Análisis Financiero, UIAF, Juan Francisco Espinosa, el memorando celebrado con la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN. El acuerdo está focalizado en detectar y reprimir conductas asociadas a los fenómenos que afectan las finanzas estatales, a través de delitos como la evasión de impuestos y el contrabando.

 

“Este es un paso más que da el sector Hacienda para fortalecer las estrategias en contra de los delitos fiscales”, advirtió el ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas Santamaría.

 

El Director de la UIAF señaló que “en lo que resta de 2017, tanto la Unidad de Información y Análisis Financiero, como la DIAN, redoblarán esfuerzos técnicos y humanos para evitar que, quienes tienen la obligación de aportarle al país, omitan sus activos o declaren pasivos inexistentes”.

 

Juan Francisco Espinosa recordó, además, que la omisión de activos, la inclusión de pasivos inexistentes, el no cobro, recaudo y pago del IVA e Impuesto al Consumo, fueron incluidos en el año 2016 dentro del listado de delitos fuente del lavado de activos. “Por esa razón, quienes incurran en este tipo de conductas serán sancionados con el mismo rigor con el que se penaliza el lavado”, añadió. Igualmente, indicó que “esta es una alianza imbatible contra quienes por acción u omisión buscan afectar las finanzas del Estado”.

 

Según el Director de la DIAN, Santiago Rojas Arroyo, “este gran pacto será muy importante para salvaguardar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias y, por lo tanto, mejorar la sostenibilidad fiscal en beneficio de todos los colombianos”.

 

Asimismo, el acuerdo permitirá reforzar las acciones de la UIAF y de la DIAN para detectar y combatir el contrabando, gracias a una novedosa autopista de información que conectará a las dos entidades en tiempo real. Esta herramienta tecnológica servirá para fortalecer la inteligencia financiera de la UIAF y a la vez, contribuir a las acciones de fiscalización ejecutadas por la DIAN.

 

Esta autopista de la información será la encargada de transportar los datos suministrados por la DIAN a la UIAF para posteriormente ser analizados en la unidad de inteligencia financiera. Se trata de tecnología de punta que incorpora técnicas de Big Data para mejorar los tiempos de respuesta de las dos entidades y acrecentar los resultados efectivos en la lucha contra los delitos financieros.

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