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DIAN reitera invitación a normalizar activos no declarados o a excluir pasivos inexistentes
Richard santaLa Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, hizo un nuevo llamado a los contribuyentes que aún no se han acogido a los beneficios del Impuesto Complementario de Normalización Tributaria, causado por la posesión de activos omitidos o la inclusión de pasivos inexistentes al 1° de enero de los años 2015, 2016 y 2017.
Esta posibilidad, incluida por la Reforma Tributaria de 2014 (Ley 1739), les permite a los contribuyentes pagar una tarifa del 13% (tarifa año 2017) sobre el valor patrimonial de los activos omitidos o de los pasivos inexistentes, más la sanción de extemporaneidad (el plazo oportuno para hacerlo venció en mayo pasado), sumando a estos valores los intereses demora causados al momento de liquidar y pagar el Impuesto Complementario de Normalización Tributaria.
Los activos omitidos que podrán ser declarados serán aquellos que no fueron incluidos en las declaraciones de impuestos tales como: bienes inmuebles, inversiones, maquinaria, equipo, vehículos, derechos, dinero en efectivo, saldos en cuentas corrientes o de ahorro, CDT, acciones etc. Mientras que los pasivos inexistentes son aquellos que se incluyeron en la declaración de renta, con el único fin de disminuir su patrimonio y la carga tributaria a cargo del contribuyente.
Los beneficios de la Normalización
- Aquellos contribuyentes que opten por declarar sus activos omitidos o excluir los pasivos inexistentes tendrán beneficios como:
- El incremento patrimonial que pueda generarse al incluir sus activos o retirar los pasivos inexistentes no dará lugar a la determinación de renta gravable por el sistema de comparación patrimonial, ni generará renta líquida gravable en el año en que se declaren, ni en los años anteriores respecto de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta y Complementarios y del Impuesto sobre la Renta para la Equidad (CREE).
- No generará sanción alguna en el impuesto sobre la renta y complementarios.
- La inclusión de los activos o el retiro de los pasivos en su declaración de renta no afectarán la determinación del impuesto a la riqueza de los periodos gravables anteriores.
- El registro extemporáneo ante el Banco de la República de las inversiones financieras y de activos en el exterior y sus movimientos objeto del impuesto complementario de normalización tributaria, no generará infracción cambiaria.
- Si no normaliza en 2017, se expone a partir de 2018 a sanciones administrativas y penales.
La DIAN cada vez dispone de mayor información para ubicar bienes no declarados o información no incorporada en las declaraciones tributarias. A partir del mes de septiembre, Colombia intercambiará información tributaria con más de 100 países en el marco del Foro Global sobre Transparencia e Intercambio de Información para efectos fiscales, lo que permitirá que la Entidad conozca en el corto plazo, los bienes que poseen los colombianos en el exterior.
Finalmente, la DIAN aclara que el impuesto a la normalización no exige que esos activos se traigan a Colombia. No existe la obligación de traer el dinero al país, que puede continuar en la jurisdicción que desee, siempre y cuando los declare.
¿Cómo diligenciar el formulario del Impuesto de Riqueza y Complementario de Normalización Tributaria?
Los obligados a presentar la declaración de este impuesto deben tener en cuenta los siguientes pasos para elaborar su declaración:
1. Ingresar a www.dian.gov.co, a través del botón Usuarios Registrados
2. Dar clic en la opción diligenciar y presentar
3. Seleccionar y diligenciar el formulario 440 – año 2017
4. Firmar electrónicamente
5. Presentar
6. Liquidar, si registra valor a pagar
7. Pagar
Para mayor información, ingrese a:
http://www.dian.gov.co/micrositios/reforma/impuestoalariqueza.html
Omisión puede ser delito penal
De acuerdo con lo indicado por la normatividad, a partir de 2018, quienes no cumplan con esta declaración se podrían ver expuestos a acciones penales como la pena privativa de la libertad, sin perjuicio de la sanción de inexactitud del 200% del mayor valor del impuesto a cargo determinado por la omisión de activos o inclusión de pasivos inexistentes.
Así mismo, la DIAN aclaró a los interesados en este beneficio, que la normalización es sólo tributaria, toda vez que, el declarar estos activos omitidos, no implica la legalización de los mismos, si su origen fuere ilícito o estuvieren relacionados directa o indirectamente con el lavado de activos o la financiación del terrorismo.
Adicionalmente, la DIAN adelantará acciones de control con base en la información tributaria que recibirá a partir del mes de septiembre próximo, en virtud de los convenios de intercambio de información suscritos con más de 100 países.
Según cifras de la DIAN, a la fecha, más de 8.100 contribuyentes han normalizado activos omitidos y pasivos inexistentes por un valor superior a los $11.3 billones y liquidaron un impuesto cercano a los $1.5 billones.
Inescrupulosos continúan engañando con correos falsos de la DIAN
Richard santaLa Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, reiteró a la ciudadanía que correos falsos a nombre de la Entidad siguen siendo enviados por medio de artimañas informáticas, haciendo creer a los ciudadanos que son oficiales.
Ante la reciente ola de correos falsos que están circulando en la red, en los que se invita a los contribuyentes a pagar sus obligaciones, y que llegan a nombre de: “Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales” con referencia “Irregularidades en su situación Fiscal”, la Entidad recuerda que es fundamental validar la información emitida por la Entidad para no ser afectado por esta conducta fraudulenta.
Por consiguiente, la DIAN ha dispuesto en su página web el siguiente enlace: http://bit.ly/1VT59ZE
Como apoyo para la denuncia de estos delitos informáticos y demás ciberincidentes, los ciudadanos también pueden reportar directamente estetipo de conductas fraudulentas al Centro Cibernético de la Policía Nacional, http://www.ccp.gov.co/
El procedimiento de verificación de la comunicación, se puede realizar en www.dian.gov.co opción ‘Verificar Autenticidad Correos DIAN’.
Para concluir, la DIAN recomienda:
1. Descargar la versión más reciente del navegador para asegurar que esté actualizado.
2. Ignorar los correos electrónicos que solicitan hacer clic en cualquier enlace.
3. No responder mensajes que pidan información personal o financiera.
4. No abrir mensajes ni archivos adjuntos de remitentes desconocidos.
5. Usar programas que verifiquen automáticamente si una URL que aparece en el correo es legítima.
Para comentarios, proyecto de resolución sobre solicitudes de devolución
Richard santaLa Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, divulgó el Proyecto de resolución “por la cual se establece el procedimiento para la presentación de las solicitudes de devolución y/o compensación por saldos a favor generados en declaraciones de renta y ventas”
La entidad recibirá comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución del 28 al 31 de agosto de 2017; a través del correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Para conocer el proyecto de resolución completo, haga clic aquí.
Colombia y Perú buscan acuerdo de seguridad social en pensiones
Richard santaEl viceministro de Empleo y Pensiones, Fredys Socarrás Reales, dirigió la reunión de acercamiento entre los gobiernos de Colombia y Perú, que busca establecer un acuerdo binacional de Seguridad Social en Pensiones.
El objeto es dar mayor alcance, equidad e inclusión en materia pensional a los trabajadores que hayan aportado al Sistema Pensional en los dos países.
Para el caso, se beneficiaría a los más de 53.000 colombianos que según cifras del Instituto Nacional e Información Peruano, se habrían trasladado a dicho país para el periodo 2004 a 2013.
A la reunión, también asistieron la directora para América del Ministerio de Relaciones Exteriores, Patricia Cortés Ortiz; la directora de Pensiones y otras Prestaciones del Ministerio del trabajo, Diana Arenas, y delegados del Ministerio de Hacienda y de la embajada de Perú en Colombia.
Proyecto de Ley de Conglomerados Financieros pasa a sanción presidencial
Richard santaEl Ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, informó que fue aprobado el texto conciliado del Proyecto de Ley de Conglomerados Financieros y Mecanismos de Resolución, que ahora pasará a sanción del Presidente de la República, Juan Manuel Santos.
“El proyecto de Ley brinda las facultades necesarias a la Superintendencia Financiera y al Gobierno Nacional para controlar a los conglomerados financieros, incluyendo también a los grupos que tienen como matriz a una entidad que no realiza directamente una actividad financiera”, explicó el funcionario.
Las nuevas facultades permiten supervisar a las matrices de estos conglomerados, a las entidades financieras a su cargo, tanto en Colombia como en el exterior.
“Ahora, la Superintendencia podrá exigir a todos los grupos financieros un nivel de capital suficiente para respaldar todos los riesgos agregados, evitando que se utilicen los mismos recursos para respaldar más de un riesgo”.
Por otro lado, “permite dotar a las autoridades competentes de mejores herramientas en línea con los estándares internacionales para afrontar alguna posible crisis generando el menor traumatismo a los clientes y al fisco”, añadió Cárdenas.
El Ministro Cárdenas también resaltó el avance que representa la aprobación del articulado en el marco regulatorio y de supervisión del sistema financiero colombiano frente a las mejores prácticas internacionales y en el proceso de internacionalización experimentado durante los últimos años.
“Este marco regulatorio está alineado con las prácticas definidas en el Comité de Basilea e implementadas en varias economías del mundo; además sigue las recomendaciones de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), el Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional (FMI)”, dijo Cárdenas.
El Ministro de Hacienda de igual forma destacó que el proyecto de Ley brinda herramientas para que los conglomerados financieros utilicen estructuras adecuadas para hacer inversiones en el exterior.
“La Superintendencia podrá contar con toda la información sobre las actividades financieras que tienen los holdings y tendrá la posibilidad de tomar decisiones, como por ejemplo la recomposición de la estructura o incluso hasta revocar la licencia de funcionamiento a entidades que no cumplan con las estructuras adecuadas para hacer inversiones en el exterior”, enfatizó el funcionario.
Finalmente, el Ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas destacó que el proyecto de Ley brinda un nuevo mecanismo de resolución que hace más eficiente el proceso de liquidación de una entidad financiera y protege los recursos públicos para que los aportes de los contribuyentes no sean usados durante estos procesos.
31 de agosto entran en vigencia puntos sobre aduanas en TLC con Consta Rica
Richard santaLa Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, informó que, a partir del 31 de agosto de 2017, en el marco del TRATADO DE LIBRE COMERCIO REPÚBLICA COLOMBIA Y LA REPÚBLICA DE COSTA RICA, entra en vigencia las Decisiones No. 2 “Modificación del Certificado de Origen establecido en el Anexo 3-B e instructivo”, y la No. 4 “Modificación de reglas de origen específicas para el sector textil y confecciones”. Anexo certificado de origen con instructivo de diligenciamiento y rutas de acceso para consulta de decisiones.
Decisión 2:
http://www.dian.gov.co/descargas/Informacion_Origen/2_4_10_TLC_Colombia_y_Costa_Rica/2_4_10_3_3_Costa_Rica_Decision_No_02_Mod_formato_Cert_de_Origen_Anexo_3.pdf
Decisión 4:
http://www.dian.gov.co/descargas/Informacion_Origen/2_4_10_TLC_Colombia_y_Costa_Rica/2_4_10_4_2_Costa_Rica_Decision_No_4_Modifica_REO_Text_y_Confec_Anexo_3.pdf
Formato Certificado de Origen Costa Rica. A partir del 31 de agosto de 2017.
Hoja Anexa
http://www.dian.gov.co/dian/20dianvirtual.nsf/pages/Certificado%20de%20origen%20costa%20rica
Para comentarios, nueva regulación para prevención y control del fraude aduanero
Richard santaEl Ministerio de Hacienda, informó que se ha publicado para comentarios hasta el 1 de septiembre 2017, el Proyecto de Decreto para comentarios. “Por el cual se adoptan medidas para la prevención y el control del fraude aduanero en las importaciones de fibras, hilados y tejidos”.
Para conocer el proyecto de decreto completo, haga clic aquí.
Arancel del 0% para más de 3.400 bienes que no produce Colombia será indefinido
Richard santaCerca de 3.400 productos de 65 capítulos del arancel, correspondientes a materias primas y bienes de capital, tanto para la industria como para la agricultura que no se producen en el país, no volverán a pagar arancel por su importación al país.
El presidente Juan Manuel Santos, junto al ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas y la ministra de Comercio, Industria y Turismo, María Claudia Lacouture, firmaron el decreto a través del cual se hace permanente el arancel del 0% para ese tipo de bienes, medida que estaba vigente, de manera temporal, desde el 14 de agosto del 2015.
Con la prórroga se excluyen 82 subpartidas que hoy tienen registro de producción nacional. El Gobierno determinó que el 30 de septiembre se actualizará el listado de bienes que se beneficiarán con la rebaja arancelaria, que a tal fecha no registren producción nacional.
La ministra de Comercio, Industria y Turismo, María Claudia Lacouture, explicó que esta medida busca impulsar la competitividad del aparato productivo y la creación de empleo y forma parte de las medidas para facilitar el comercio y fortalecer la industria.
La eliminación permanente de esos aranceles, que también impacta en un menor valor del IVA, generará ahorros anuales para los empresarios por cerca de 1,4 billones de pesos.
Entre los bienes que se benefician con la prórroga de la norma, están máquinas como trilladoras, ordeñadoras y tractores, transformadores eléctricos, motores eléctricos, aparatos de medición, equipos de laboratorio, insumos para la industria química y para la fabricación de medicamentos, generadores, válvulas y materiales para la construcción de vivienda, entre otros.
“Es un beneficio para todo el aparato productivo que lo ayuda a ser más productivo y más competitivo. Estas materias primas y esa maquinaria, ayudan a transformar bienes, a agregar valor a productos que se exportan a diferentes mercados”, dijo la Ministra.
Esta medida se enmarca dentro de la política de facilitación del comercio que se ha trazado el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, a través de la cual se adelanta un trabajo constante para reducir las barreras y despejar el camino que lleve a seguir aumentando las exportaciones de bienes no minero energéticos. Se identificaron 1.120 barreras, de las cuales ya se ha solucionado el 75%.
Igualmente, se trabajó en la renovación de los instrumentos de promoción a las exportaciones. En el Plan Vallejo se incluyeron nuevos bienes y materias primas, mejorando el acceso para 636 nuevas partidas que pueden entrar al país con cero arancel y el pago del IVA diferido en un periodo largo de tiempo, con la condición de que se usen para transformar bienes para ser exportados.
Gobierno anunció reducción del IVA para adquisición de neveras
Richard santaEl Ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, explicó que dentro de las medidas del Gobierno Nacional para impulsar el consumo y al mismo tiempo, proteger el medio ambiente y el bolsillo de los colombianos, el Ministerio de Hacienda reglamentará el impuesto sobre las ventas en la adquisición de neveras nuevas para sustitución.
El Jefe de la cartera de Hacienda aclaró que ya está publicado en la página web del Ministerio, para comentarios, el decreto que le facilitará el acceso a refrigeradores de última tecnología a hogares de bajos ingresos.
“En la Reforma Tributaria creamos un incentivo para la sustitución de neveras ambientalmente ineficientes, no solo con el propósito de proteger el medio ambiente, sino considerando que éstos consumen una parte muy importante del subsidio de energía de los estratos bajos”, aseguró el funcionario.
Y agregó: “el decreto que esperamos expedir reglamenta la tarifa preferencial del 5% en IVA para las neveras nuevas, cuyo precio sea igual o inferior a $956.000 (30 UVT), beneficio al que podrán acceder personas de estrato 1, 2 o 3 y que en el momento de la compra entreguen su nevera usada”.
El titular de la cartera de Hacienda además explicó que esta medida también busca aumentar el nivel de ingreso de las familias más vulnerables al disminuir el valor que pagan por el servicio de energía con neveras de última tecnología.
"La nevera representa cerca del 40% del consumo de energía de un hogar de estratos bajos. Una nevera nueva consume la mitad de la energía que consume una nevera vieja. Con la tarifa preferencial del IVA, se estimula el cambio a neveras eficientes.", concluyó.
Fenalco pide suspensión temporal de los tres puntos adicionales del IVA
Richard santaComo parte de una propuesta de 10 puntos que busca reactivar la economía, Guillermo Botero Nieto, presidente de Fenalco, hizo un llamado al Gobierno nacional y al Congreso para que los meses de noviembre y diciembre suspendan los tres puntos adicionales del IVA, derivados de la pasada Reforma Tributaria.
El presidente de los Comerciantes aseguró que el IVA ya ha sido suspendido con éxito en ciertas zonas del país, en especial las fronterizas, para superar las crisis económicas.
Así mismo, los comerciantes proponen al Gobierno expedir una directriz presidencial en la que se comprometa a eliminar dos regulaciones por cada nueva propuesta regulatoria que pueda imponer obstáculos a la empresa privada. Es de conocimiento general que la sobrerregulación es un problema con el que tiene que lidiar el sector empresarial colombiano, de hecho en la actualidad, según datos del Departamento Nacional de Planeación se expiden diariamente en promedio, 2,8 decretos, 11,2 resoluciones y 15,4 normatividades.
Por otra parte la tasa de usura, que acaba de ser modificada por el Gobierno nacional, debería ser 1.25 veces el interés bancario corriente y no 1,50%.
Por último el comercio sugirió una reforma arancelaria integral, lo que ayudaría a disminuir el contrabando y la evasión. Se deben tomar medidas urgentes para eliminar las llamadas medidas paraarancelarias Además, se debe reforzar la seguridad jurídica para incentivar la inversión extranjera.
En la actualidad existen más de 25.000 barreras no arancelarias vigentes en Colombia, como por ejemplo, los reglamentos técnicos. Así mismo, según información de Juan José Echavarría, en 2012, el 62% de las partidas arancelarias tenían alguna barrera no arancelaria para su importación a Colombia.
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Para comentarios, “Régimen de Precios de Transferencia por la Ley 1819 de 2016”
Richard santaEl Ministerio de Hacienda publicó para comentarios hasta el 25 de agosto de 2017, el Proyecto de Decreto “Por el cual se sustituyen y modifican artículos de los Capítulos 1, 2, 3 y 4 del Título 2 de la Parte 2 y el Capítulo 1 del Título 3 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, en lo relacionado con las modificaciones introducidas al Régimen de Precios de Transferencia por la Ley 1819 de 2016”.
Para conocer el proyecto de decreto completo, haga clic aquí.
Gobierno y empresarios acuerdan nuevas medidas para sector de textiles
Richard santaDespués de casi un mes de trabajo entre el Gobierno con los empresarios de los sectores de textiles y confecciones, se acordó la expedición de un decreto de control aduanero específico para los productos de la cadena textil.
“Los decretos que hoy existen y que se han mencionado operan para el sector de las confecciones. El de textiles no cuenta con esta medida, razón por la cual el Gobierno ha venido trabajando conjuntamente con los textileros para mirar herramientas que nos permitan ayudar también a ese sector a hacer un control aduanero, tal como lo hemos hecho con el de las confecciones”, dijo la ministra de Comercio, Industria y Turismo, María Claudia Lacouture.
La decisión se adoptó durante una reunión de seguimiento que se acordó desde la reunión sostenida en el marco de Colombiamoda entre la Ministra Lacouture con los representantes de los dos sectores, así como la Dian y la Policía Fiscal Aduanera.
En la última reunión, se definió que en el decreto que se trabajará, junto con la Dian, para textiles, se establecerá un umbral de precios para la importación de esa clase de productos con el propósito de que los que ingresen por debajo de ese umbral, deberán ser sometidos al control de las autoridades aduaneras.
Explicó que aún no se han definido ese tope, pero es un trabajo en el que desde ya trabaja el Ministerio. Posteriormente se publicará el proyecto de decreto por 15 días para los comentarios de los diferentes actores y luego de observaciones que surjan y de ajustes, irá para las respectivas firmas.
La Ministra Lacouture también aclaró que la medida que tomó Fabricato, es preventiva y la misma empresa lo ha aclarado así.
“Ellos lo han anunciado y lo han hecho con anticipación, no es una medida de último momento, se venía desarrollando y la empresa lo tenía dentro de sus estrategias. No se puede permitir que haya una desinformación”, aclaró la Ministra.
Por su parte, para el sector de las confecciones, que es para el que rige el decreto actual, se trabaja para complementar los controles aduaneros actuales, introduciendo una variable adicional de peso por prenda.
Además, desde hace cerca de un mes se trabaja con los empresarios de las confecciones para establecer un reglamento técnico fijo de marquillas para definir las reglas claras de juego para las diferentes prendas de vestir, que se establecerá a través de una resolución del Ministerio de Comercio.
Actualización Régimen de Contabilidad Pública Versión 2007
Richard santaLa Contaduría General de la Nación informó que se actualizó el Régimen de Contabilidad Pública Versión 2007 y sus modificaciones, en sus componentes Catálogo General de Cuentas y Procedimientos Contables anexos al Manual de Procedimientos, adoptado por la Resolución 356 de 2007.
Para su consulta, acceda a RCP Versión 2007 y sus modificaciones, haciendo clic aquí.
En julio, el recaudo de los tributos administrados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN, fue de $11.4 billones, representando una variación nominal de 15.5% frente al mismo mes de 2016. Por IVA y retenciones en la fuente a título de renta, IVA y timbre se recaudaron $8,2 billones, esto es, el 72.6% del total recaudado en el mes.
Contribuyó a esta variación el recaudo del Impuesto al Valor Agregado –IVAque presentó un incremento de 29.1%, pasando de $3.4 billones en julio de 2016 a $4,3 billones en julio de 2017.
Con este nivel de recaudo, el IVA contribuyó con el 9.9% de la variación total del recaudo del mes, explicada fundamentalmente por tres (3) factores: 1) el incremento de la tarifa general del IVA que pasó de 16% a 19%; 2) los resultados de la gestión de control de declaración y cobro del impuesto que viene desplegando la DIAN desde comienzos del año y 3) los efectos inducidos por la tipificación del no cobro del IVA como delito penal a partir de la Ley 1819 de 2016.
El recaudo por retenciones en la fuente a título renta, IVA y timbre presentó un aumento de 4.5%, pasando de $3.7 billones en julio de 2016 a $3,9 billones en julio de 2017.
El recaudo de los tributos que corresponden a la actividad económica interna fue de $9,6 billones y los restantes $1,8 están asociados al recaudo de tributos externos en las operaciones de comercio exterior.
Enero – Julio
El recaudo bruto acumulado de los impuestos administrados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –DIAN– para el período enero – julio de 2017 alcanzó la cifra de $85,5 billones, valor que representa una variación nominal de 6.2%, respecto al mismo período de 2016, en el que se logró recaudar la suma de $80,6 billones.
Esta variación se explica principalmente por el comportamiento del recaudo del Impuesto al Valor Agregado –IVA– también, revelando un incremento de 22.2%, al pasar de un recaudo de $16,6 billones en el período enero – julio de 2016 a $20,3 billones en el mismo período de 2017, variación debido, de una parte, a los efectos de la reforma tributaria (paso de la tarifa general de IVA de 16% a 19%, a la tipificación del no pago del IVA como delito penal) y de otra, a los resultados de la gestión de la Dian en control y cobro.
Otro impuesto que aportó de manera significativa en la variación fue el Impuesto de Renta y Complementarios que mostró un crecimiento nominal del 39.4% pasando de $9,2 billones en 2016 a $12,8 billones en 2017, mostrando una contribución a la variación de 4.5%. Este crecimiento se explica principalmente por la liquidación y pago del anticipo de la sobretasa al impuesto sobre la renta y complementarios, creada por la Ley 1819 de 2016, y que corresponde al 6% de la renta líquida gravable menos 800 millones de pesos.
De manera agregada, el recaudo bruto de los tributos asociados a la actividad económica interna alcanzó la cifra de $73,7 billones mostrando una variación nominal de 5.9%, respecto al mismo período de 2016 que fue de $69,6 billones.
Por su parte, los tributos asociados al comercio exterior (arancel e IVA), se incrementaron en 7.6%, recaudándose $11,8 billones frente a $10,9 billones en 2016.