Resoluciones

Resoluciones (564)

Mediante la Resolución No. 044 del 15 de febrero de 2019, la Contaduría General de la Nación prorroga el plazo indicado en la Resolución No. 706 de diciembre 16 de 2016 Imodificada por la Resolución No. 043 de febrero 8 de 2017 y 097 de marzo 15 de 2017), para el reporte de la información financiera, económica, social y ambiental a través del Sistema Consolidador de Hacienda de Información Pública - CHIP, correspondiente al período octubre - diciembre de 2018.

 

Para conocer la Resolución 044 completa, haga clic aquí.

El Presidente Iván Duque y la Ministra de Trabajo, Alicia Arango, oficializaron s la entrada en vigencia de la Resolución 0312 de 2019, expedida por esa cartera, que define los nuevos estándares mínimos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo y que beneficiará a 656 mil micro, pequeñas y medianas empresas (Mipyme), así como al sector agropecuario en general.

 

De acuerdo con el Mandatario, con esta Resolución se busca corregir un error histórico que se estaba cometiendo, al aplicarles los mismos estándares tanto a las Mipyme que están naciendo, como a las empresas que ya están consolidadas y tienen una actividad probada en el tiempo.

 

Indicó que el propósito de los nuevos estándares mínimos establecidos en la Resolución es “darles un impulso y un fortalecimiento a la micro, a la pequeña y a la naciente mediana empresa, para que puedan ir adquiriendo estándares que van progresando en la medida que van teniendo más trabajadores y más ingresos, pero les permiten ver la formalización no como una dificultad, sino como un paso natural para generar bienestar y progreso”.

 

De acuerdo con el Ministerio de Trabajo, la expedición de la Resolución 0312 obedece a la necesidad de reconocer que el sector productivo y generador de empleo tiene características diferentes, que son propias de cada actividad. Además, toma en cuenta que uno de los obstáculos que afrontan las Mipyme y el sector agropecuario en la implementación del sistema es la complejidad de la norma y los altos costos necesarios para el cumplimiento de la misma.

 

Cabe destacar que, según la cartera de Trabajo, la modificación establecida en la citada Resolución propone un sistema de gestión ajustado al tamaño y la capacidad de cada una de las empresas, clasificándolas por rangos de empleados, así: empresas con 10 o menos trabajadores, las que cuentan con 11 a 50 trabajadores y, por último, empresas con más de 50 trabajadores.

 

Para conocer la Resolución 0312 completa, haga clic aquí.

La Resolución 001122 del 15 de febrero de 2019 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, habilita a las personas naturales, jurídicas y demás sujetos que de manera voluntaria hayan optado ser facturadores electrónicos.

 

Para conocer la Resolución 001122, haga clic aquí.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, emitió la Resolución 841 del 8 de febrero de 2019, por medio de la cual se califican algunos contribuyentes, responsables o agentes de retención con la calidad de grandes contribuyentes.

 

Para conocer la Resolución 841, haga clic aquí.

La Superintendencia Financiera de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial de lo dispuesto en los artículos 11.2.5.1.1 y siguientes del Decreto 2555 de 2010, expidió el 31 de enero de 2019 la Resolución No. 111 por medio de la cual certifica el Interés Bancario Corriente para el siguiente periodo y modalidad de crédito:

 

Consumo y Ordinario: entre el 1 y el 28 de febrero de 2019.

 

Con la mencionada Resolución se certifica el Interés Bancario Corriente efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario en 19.70%, lo cual representa un aumento de 54 puntos básicos (0.54%) en relación con la anterior certificación (19.16%).

 

Interés remuneratorio y de mora
En atención a lo dispuesto en el artículo 884 del Código de Comercio, en concordancia con lo señalado en los artículos 11.2.5.1.2 y 11.2.5.1.3 del Decreto 2555 de 2010, los intereses remuneratorio y moratorio no podrán exceder 1.5 veces el Interés Bancario Corriente, es decir, el 29.55% efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario.

 

Usura
Para los efectos de la norma sobre usura (Artículo 305 del Código Penal), puede incurrir en este delito el que reciba o cobre, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del Interés Bancario Corriente que para los períodos correspondientes estén cobrando los bancos, cifra que para el período señalado se sitúa en 29.55% efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario, resultado que representa un aumento de 81 puntos básicos (0.81%) con respecto al periodo anterior (28.74%).

La Secretaría de Hacienda de Bogotá emitió resolución SDH-000009 del 22 de enero de 2019, por la cual se amplía el plazo para declarary pagar ICA del régimen simplificado.

 

“Atendiendo la necesidad de presentar las declaraciones tributarias por concepto de ICA bajo una plataforma que ofrezca tranquilidad, eficacia y seguridad al contribuyente, se dispone la modificación del plazo para presentar y pagar la declaración correspondiente al año gravable 2018 del impuesto de Industria y Comercio ICA para los contribuyentes pertenecientes al régimen simplificado”, dice la resolución.

 

De esta forma, los cerca de 21.000 contribuyentes del régimen simplificado deberán estar al día con su obligación, a más tardar el miércoles 30 de enero a las 11:59 de la noche.

La Superintendencia Financiera emitió la Resolución 0027 del 14 de enero 14 de 2019, por medio de la cual certifica las tasas de interés de captación y de colocación más representativas del mercado y la comercial promedio de captación del sistema financiero, correspondientes al año 2018.

 

Para conocer la Resolución 027 completo, haga clic aquí.

La Superintendencia Financiera emitió la resolución 1872 del 27 de diciembre de 2018, por medio de la cual certifica el Interés Bancario Corriente para los siguientes periodos y modalidades de crédito:

 

  • Consumo y Ordinario: entre el 1 y el 31 de enero de 2019.
  • Microcrédito: entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2019.

 

Con la mencionada Resolución se certifica el Interés Bancario Corriente efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario en 19.16%, lo cual representa una disminución de 24 puntos básicos (-0.24%) en relación con la anterior certificación (19.40%).

 

Adicionalmente, se certifica el Interés Bancario Corriente efectivo anual para la modalidad de microcrédito en 36.65%, lo cual representa una disminución de 7 puntos básicos (-0.07%) en relación con la anterior certificación (36.72%).

 

Interés remuneratorio y de mora
En atención a lo dispuesto en el artículo 884 del Código de Comercio, en concordancia con lo señalado en los artículos 11.2.5.1.2 y 11.2.5.1.3 del Decreto 2555 de 2010, los intereses remuneratorio y moratorio no podrán exceder 1.5 veces el Interés Bancario Corriente, es decir, el 28.74% efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario y 54.98% efectivo anual para la modalidad de microcrédito.

 

Usura
Para los efectos de la norma sobre usura (Artículo 305 del Código Penal), puede incurrir en este delito el que reciba o cobre, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del Interés Bancario Corriente que para los períodos correspondientes estén cobrando los bancos.

 

Para la modalidad de crédito de consumo y ordinario se sitúa en 28.74% efectivo anual, resultado que representa una disminución de 36 puntos básicos (-0.36%) con respecto al periodo anterior.

 

Para la modalidad de microcrédito es de 54.98% efectivo anual, una disminución de 10 puntos básicos (-0.10%) con respecto al periodo anterior.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, fijó la Unidad de Valor Tributario, UVT, que regirá para el año 2019, en treinta y cuatro mil doscientos setenta pesos ($34.270). El incremento se estableció a través de la Resolución 56 del 22 de noviembre de 2018.

 

Cada año, la DIAN fija el incremento de la UVT que permite determinar las cifras y valores absolutos aplicables a las obligaciones e impuestos administrados por la DIAN.

 

Para aplicar la UVT, se multiplica el número de UVT especificado en la norma por el valor fijado para cada año y el resultado se aproxima de acuerdo con el procedimiento establecido en el Estatuto Tributario.

 

Este aumento se calcula con la variación acumulada del índice de precios al consumidor para ingresos medios, entre el 1° de octubre de 2017 y el 1° de octubre de 2018, que fue de 3.36%.

Resolución No. 586 del 7 de diciembre de 2018 de la Contaduría General de la Nación, modifica el Catálogo General de Cuentas del Marco Normativo para Empresas que no Cotizan en el Mercado de Valores, y que no Captan ni Administran Ahorro del Público.

 

Para conocer la Resolución 586 completa, haga clic aquí.

Página 28 de 41

Carrera 48 N. 12Sur - 70 Oficina 508
Medellín - Antioquia | Colombia
Teléfono +57 (4) 444 29 26
email: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Hola! Si tienes dudas o deseas conocer más acerca de nuestros eventos, da clic aquí y chatea con nosotros.
Política de tratamiento de datos personales | ICEF S.A.