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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, informó que de acuerdo con información suministrada por la Dirección de Relaciones Comerciales del Ministerio de Comercio Exterior y de conformidad con el apartado 1 del artículo 1 y el artículo 3 del Reglamento Delegado (UE) No. 1015/2014 de la Comisión Europea, a partir del 1° de enero de 2016 Colombia dejó de ser beneficiaria del SGP en consecuencia, a partir de esta fecha NO se deben emitir certificados de origen SGP Forma A, para países de la Unión Europea.

 

Para conocer el documento de la Unión Europea completo, haga clic aquí.

El Ministerio de Hacienda publicó el proyecto de decreto por el cual se reglamentan los aportes al Sistema de Seguridad Social Integral de los independientes que devengan ingresos iguales o superiores a un mínimo y la retención aplicable en los contratos de prestación de servicios personales.

 

Recibirá comentarios hasta el 4 de enero de 2016 al correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. y Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

Para conocer el proyecto de decreto completo, haga clic aquí.

Los exportadores de colombianos se verán beneficiados con medidas arancelarias adoptadas recientemente por el Gobierno de Ecuador, gracias a los acuerdos alcanzados en la más reciente reunión del IV Gabinete Binacional Colombia-Ecuador.

 

La Ministra de Comercio, Industria y Turismo, Cecilia Álvarez-Correa, informó que el Gobierno del Presidente Rafael Correa asumió el compromiso de excluir del arancel del 45 por ciento a un grupo de bienes provenientes de Colombia, pertenecientes a sectores como electrodomésticos, químicos, metalmecánica y alimentos.

 

En ese sentido, el Comité de Comercio Exterior de Ecuador (Comex), aprobó la exclusión de la aplicación de la salvaguardia por balanza de pagos a 129 líneas arancelarias, sobre las que pesaba un arancel del 45 por ciento desde marzo pasado.

 

Estas líneas comerciales representan el 9 por ciento del total de exportaciones gravadas con esa sobretasa arancelaria y representan un alivio de 73 millones de dólares en exportaciones colombianas, con base en cifras el 2014.

 

Se espera que esta eliminación de aranceles se implemente en el curso de la próxima semana, precisó un comunicado del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, divulgó el proyecto de Resolución “Por la cual se prescriben y habilitan los formularios y formatos para el cumplimiento de las obligaciones tributarias, en el año 2016.”; dando cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 8 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

 

La entidad recibirá comentarios, observaciones y sugerencias sobre este proyecto del 23 al 27 de diciembre de 2015, en el correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

Para conocer el proyecto de resolución completo, haga clic aquí.

El Ministerio de Hacienda publicó para comentarios el Decreto Único Tributario | Libro 1 – Reglamento Impuestos del Orden nacional, mediante el cual hace una compilación de normas del orden reglamentario, sobre los impuestos del orden nacional.

 

El Ministerio recibirá comentarios hasta el 15 de enero de 2016 a través del formato establecido en su página web, que discrimina por número y texto del artículo del proyecto.

 

Para conocer el Proyecto de decreto completo y el formato para comentarios, haga clic aquí.

Con la colaboración del Comité de Expertos Tributarios (CET), creado por el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, para apoyarlo en tema impositivos, la entidad emitió el Documento de Orientación Técnica 016 denominado “Elementos contables para la interacción entre la base contable y la fiscal durante los cuatro años de transición”.

 

El documento tiene como fin ayudar a dar claridad a los contadores públicos y demás interesados sobre las connotaciones contables del Decreto 2548 de 2014 y los efectos prácticos que puede generar durante el periodo de transición de cuatro años estipulado por la ley, para no permitir que la aplicación de los nuevos marcos técnicos normativos afecte la tributación de los contribuyentes en Colombia.

 

Los aspectos tratados por la orientación son los siguientes:
- Remisiones y omisiones.
- Periodo de aplicación remisoria.
- Bases contables y fiscales.
- Sistema de registro obligatorio.
- Libro tributario.
- Pérdida de vigencia de normas tributarias que ordenen comportamientos contables.
- El Revisor Fiscal en relación con el sistema de registros y el libro tributario.

 

Para conocer el documento completo, haga clic aquí.

Ante una serie comunicaciones que están llegando a los correos electrónicos de diferentes empresarios, en las que se exige hacer consignaciones a determinadas cuentas bancarias por concepto de contribuciones, multas y/o sanciones, la Superintendencia de Sociedades advirtió que:

 

La Superintendencia de Sociedades no ha autorizado a ninguna persona natural o jurídica para que utilice su marca, nombre o logo para recaudar dineros por concepto contribuciones, multas, sanciones, publicaciones o eventos comerciales.

La Superintendencia de Sociedades recomienda a toda la ciudadanía abstenerse de realizar negociaciones telefónicas con personas que utilizan el nombre de esta entidad para beneficio propio.

 

La Superintendencia de Sociedades recuerda que cuando realiza alguna actividad o efectúa cobros, convoca directamente mediante oficio o correo electrónico y además dicha información es publicada en la página web.

 

Antes de realizar cualquier transacción cerciórese de que el correo proviene de la cuenta Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. y comuníquese al teléfono 2 201000, ext 2067, 2087 o 3274.

 

Las contribuciones únicamente se deben efectuar a través del sistema de pagos electrónicos que se encuentra en la página web www.supersociedades.gov.co, link “servicios electrónicos”, o en las oficinas de Bancolombia.

 

No realice negociaciones telefónicas ni suministre datos personales ni de su compañía que puedan comprometer su patrimonio.

 

La entidad hará saber a la ciudadanía a través de su página web www.supersociedades.gov.co sobre las contribuciones y cobros las actividades académicas en las cuales se trabaje de manera conjunta con otras entidades públicas o privadas.

 

La Superintendencia de Sociedades recuerda que quien -con el fin de obtener un provecho para sí o para otro, o causar daño- sustituya o suplante a una persona o se atribuya nombre, incurrirá en un delito.

 

La Superintendencia de Sociedades invita a los ciudadanos a denunciar este tipo de situaciones en los teléfonos 2201000, 3245777 en la línea nacional 018000114319, en el correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. y/o en la página web: www.supersociedades.gov.co.

La Cámara de Comercio de Bogotá informa que, con motivo de las vacaciones colectivas de la Entidad, del 21 de diciembre de 2015 al 8 enero de 2016 atenderá al público en su horario habitual únicamente en las siguientes sedes y puntos de servicio:

 

Sedes

Cedritos: Avenida 19 nro. 140-29

Centro: Carrera 9 nro. 16-21

Norte: Carrera 15 nro. 94-84

Salitre: Av. dorado nro. 68d-35

 

si tiene trámites radicados y pendientes de reclamar en las sedes que cierran con motivo de vacaciones colectivas de la entidad, podrá acercarse a la sede más cercana reclamar su trámite así:

 

Trámites radicados en la sede Kennedy y Cazucá, podrá acercarse a la Sede Salitre.

Trámites radicados en la sede Chapinero, podrá acercarse a la Sede Norte.

Trámites radicados en la sede Paloquemao, podrá acercarse a la Sede Centro.

Puntos de servicio

 

Punto de servicio Chía: Calle 11 No. 10-35

Punto de servicio Ubaté: Carrera 6 No. 7-75 - Local 1-21 (Centro Comercial Santa Lucia)

Durante las vacaciones colectivas, el servicio de horario extendido de los sábados se prestará de 9:00 a. m. a 1:00 p. m. en las sedes Centro y Norte.

 

Los días 24 y 31 de diciembre 2015 las sedes y puntos de servicio mencionados atenderán desde las 8:00 a.m. hasta las 12:00 p.m., el día sábado 02 de enero de 2016 la entidad no prestará servicio.

 

Puntos de atención Red CADE

Los puntos de atención de la Cámara de Comercio de Bogotá ubicados en la RED-CADE atenderán en su horario habitual, salvo modificación por parte de la alcaldía Mayor de Bogotá.

 

Supercade Américas: Avenida Carrera 86 nro. 43-55 Sur

Supercade Bosa: Calle 57R Sur nro. 72 D-12

Supercade CAD: Carrera 30 nro. 25-90

Supercade Calle 13: Avenida Calle 13 nro. 37-35

Supercade Suba: Avenida Calle 145 nro. 103B-90

Supercade 20 de Julio: Carrera 5A nro. 30D-20 Sur

Cade Fontibón: Diagonal 16 nro. 104-51

Cade Santa Helenita: Carrera 84 Bis nro. 71B–53 C.C. Portal de la sabana

Cade la Gaitana: Transversal 126 nro. 133–32

Cade Toberín: Carrera 21 nro. 169 -62

Cade Plaza de Las Américas: Carrera 71 D nro. 6-94 S

Centro Comercial Stuttgart local 108 Centro Comercial Plaza Américas. Local nro.1132

Cade Servitá: Calle 165 nro. 7-52

Horarios de atención CCB por vacaciones colectivas
 
La Cámara de Comercio de Bogotá informa que, con motivo de las vacaciones colectivas de la Entidad, del 21 de diciembre de 2015 al 8 enero de 2016 atenderá al público en su horario habitual únicamente en las siguientes sedes y puntos de servicio:
 
Sedes
Cedritos: Avenida 19 nro. 140-29
Centro: Carrera 9 nro. 16-21
Norte: Carrera 15 nro. 94-84
Salitre: Av. dorado nro. 68d-35
 
si tiene trámites radicados y pendientes de reclamar en las sedes que cierran con motivo de vacaciones colectivas de la entidad, podrá acercarse a la sede más cercana reclamar su trámite así:
 
Trámites radicados en la sede Kennedy y Cazucá, podrá acercarse a la Sede Salitre.
Trámites radicados en la sede Chapinero, podrá acercarse a la Sede Norte.
Trámites radicados en la sede Paloquemao, podrá acercarse a la Sede Centro.
Puntos de servicio
 
Punto de servicio Chía: Calle 11 No. 10-35
Punto de servicio Ubaté: Carrera 6 No. 7-75 - Local 1-21 (Centro Comercial Santa Lucia)
Durante las vacaciones colectivas, el servicio de horario extendido de los sábados se prestará de 9:00 a. m. a 1:00 p. m. en las sedes Centro y Norte.
 
Los días 24 y 31 de diciembre 2015 las sedes y puntos de servicio mencionados atenderán desde las 8:00 a.m. hasta las 12:00 p.m., el día sábado 02 de enero de 2016 la entidad no prestará servicio.
 
Puntos de atención Red CADE
Los puntos de atención de la Cámara de Comercio de Bogotá ubicados en la RED-CADE atenderán en su horario habitual, salvo modificación por parte de la alcaldía Mayor de Bogotá.
 
Supercade Américas: Avenida Carrera 86 nro. 43-55 Sur
Supercade Bosa: Calle 57R Sur nro. 72 D-12
Supercade CAD: Carrera 30 nro. 25-90
Supercade Calle 13: Avenida Calle 13 nro. 37-35
Supercade Suba: Avenida Calle 145 nro. 103B-90
Supercade 20 de Julio: Carrera 5A nro. 30D-20 Sur
Cade Fontibón: Diagonal 16 nro. 104-51
Cade Santa Helenita: Carrera 84 Bis nro. 71B–53 C.C. Portal de la sabana
Cade la Gaitana: Transversal 126 nro. 133–32
Cade Toberín: Carrera 21 nro. 169 -62
Cade Plaza de Las Américas: Carrera 71 D nro. 6-94 S
Centro Comercial Stuttgart local 108 Centro Comercial Plaza Américas. Local nro.1132
Cade Servitá: Calle 165 nro. 7-52

La Junta Central de Contadores recordó a todos los contadores públicos del país que de acuerdo con la Resolución 013 de 2014, deben actualizar la información ante la entidad durante los dos primeros meses de 2016.

 

La entidad señaló que quienes realicen su actualización de datos en diciembre de 2015, igual deben hacer el trámite en enero y febrero de 2016. Para quienes no tienen datos que actualizar, deben entrar a la página de la entidad, www.jcc.gov.co, para confirmar que ha revisado y que no tiene modificaciones señalando la casilla “De acuerdo”.

 

La Junta Central de Contadores también informó que las seccionales de Armenia, Barranquilla, Cali, Pereira e Ibagué, están cerradas desde el 11 de diciembre, por lo cual cualquier envío de información de los usuarios de estas sedes debe hacerse directamente a las oficinas de Bogotá.

La Superintendencia de Sociedades reiteró que toda persona natural o jurídica que promueva o promocione por cualquier medio, esquemas que resulten en la captación masiva y habitual de recursos del público sin autorización legal, será responsable penal y civilmente por sus actuaciones.

 

El pronunciamiento de la entidad se da luego de recibir una serie de denuncias según las cuales, personas inescrupulosas estarían engañando a incautos para que adquieran metales preciosos y envíen sus recursos a paraísos fiscales, donde se haría difícil la recuperación de los recursos.

 

Al respecto, el superintendente de Sociedades, Francisco Reyes Villamizar, hizo un nuevo llamado a la ciudadanía para que no ponga en riesgo sus ahorros y evite entregar sus recursos a esquemas piramidales.

 

Reyes Villamizar recalcó que la actividad de captar dinero del público y prestarlo, solo puede ser llevada a cabo por entidades debidamente autorizadas por la Superintendencia Financiera, so pena de incurrir en el delito de captación masiva y habitual, conducta que conlleva a prisión, según el Código Penal.

 

La entidad recordó que este tipo de investigaciones ya han surtido resultados y prueba de ello es el caso de la intervención de las operaciones de Emgoldex en Colombia y la investigación que se adelanta contra SwissGolden en Colombia.

 

Las actuaciones de la SuperSociedades han recibido incluso el espaldarazo de autoridades internacionales como la Securities and Exchange Commission – SEC (agencia federal encargada de supervisar los mercados financieros de Estados Unidos) y de otras jurisdicciones como la panameña.

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