Resolución 103 DIAN amplió plazos de entrega de información exógena cambiaria
Richard santaLa Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, a través de la Resolución 103 del 28 de junio de 2024, amplió los plazos para la presentación de la información exógena cambiaria que deben reportar Intermediarios del Mercado Cambiario (IMC), los titulares de cuentas de compensación y los concesionarios de servicios de correos que presten servicios financieros.
El plazo corresponde al previsto en el artículo 4º de la Resolución 000161 de 2021 para la presentación de la información exógena cambiaria del cuarto trimestre de 2023 y de los tres primeros trimestres de 2024. Su ampliación tiene lugar mientras se llevan a cabo las modificaciones a los sistemas que reciben la información exógena cambiaria para armonizarlos con el Sistema de Información Cambiaria adoptado y desarrollado por el Banco de la República. Este último fue establecido con la Circular reglamentaria externa DCIP 83 del 12 de septiembre de 2023 y sus posteriores ajustes.
Es importante indicar que el nuevo plazo de presentación será de seis (6) meses contados a partir del día siguiente en que la DIAN certifique la entrada en funcionamiento del aplicativo y los formatos de los archivos .XML que se dispongan para recibir la información.
La certificación de entrada en funcionamiento del aplicativo y los anexos técnicos que describen los archivos .XML se dará mediante una resolución de carácter técnico, que indicará el contenido y las características de la información exógena cambiaria requerida.
Lo último de Richard santa
- Circular 020, Tarifas máximas del SOAT para 2025 presentan reducción del 8,68%
- Decreto 1527, adopta la Política Pública de Trabajo Digno y Decente
- Resolución 2026, Superfinanciera certifica interés bancario para enero de 2025
- Decreto 1523, presupuesto de rentas y recursos de capital y de gastos para 2025
- Decreto 1545, reglamenta Estatuto Tributario referente al régimen Simple