Concepto 333, CTCP sobre depósitos judiciales - servidumbres
Richard santaPor medio del Concepto 333 del 2021, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, respondió a una consulta sobre depósitos judiciales – servidumbres. La pregunta es la siguiente:
“Una compañía que COTIZA en bolsa, posee servidumbres en las cuales el dueño del predio no estuvo de acuerdo con lo ofrecido, y se hizo necesario constituir un depósito judicial por el litigio o pleito iniciado. Ante lo descrito, realizo las siguientes preguntas:
1. Este depósito realizado al banco agrario a nombre del tercero, debe ser reconocido como Cuenta por Cobrar ‐CxC‐ o como un activo intangible por servidumbres? Aquí es bueno precisar que esta servidumbre ya está generando beneficios económicos por su uso
2. Al salir el fallo, el valor del depósito judicial puede estar por debajo o por encima del valor fallado; ante esto, cual es el proceder teniendo en cuenta si es un activo intangible por servidumbres o una CxC”.
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