El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, emitió el Concepto 0201 del 21 de mayo de 2021, el cual tiene como tema central la Evidencia para dictaminar EEFF. En este concepto responde a la consulta:
“En la actualidad trabajo por servicio con una empresa de revisoría fiscal. A una empresa que se le prestan los servicios el año pasado por temas de Covid debió replantear personal y trabajar desde casa. Es así como desde el año pasado esta empresa no ha venido cumpliendo con sus obligaciones de digitación contable, ya que no han entregado información año 2020, así mismo han venido incumpliendo con algunas presentaciones de impuestos, y no han presentado información. Desde el año pasado se les ha venido comunicando a la administración la responsabilidad que tienen ante los entes de control, porque no realizaron convocatoria tampoco para asamblea. El revisor fiscal de esta empresa le ha realizado varios escritos al contador y representante legal - gerente pero a la fecha no ha sido posible una comunicación ante estas solicitudes. ¿Puede un revisor fiscal realizar su dictamen con abstención de opinión y presentar su retiro de como revisor fiscal?”
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