Aprobado convenio para evitar doble tributación entre Colombia y Francia
La Cámara de Representantes del Congreso de la República de Colombia dio vía libre, en cuarto y último debate, al proyecto de ley por medio del cual se aprueba el Convenio suscrito entre los Gobiernos de la República de Colombia y la República Francesa para evitar la doble tributación y prevenir la evasión y la elusión fiscal, con respecto a los impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio y su Protocolo, suscritos en Bogotá el 25 de junio de 2015.
Este Convenio será un instrumento fundamental para remover los obstáculos creados por la doble tributación internacional al comercio, la inversión y el intercambio en general entres los dos países. Una vez entre en vigor, el Convenio permitirá mejorar la competitividad de nuestras empresas, beneficiará a personas naturales y abrirá nuevas y mayores oportunidades comerciales y culturales para nuestro país.
Adicionalmente, será una herramienta fundamental de cooperación internacional entre las autoridades tributarias de ambos países para, juntos, combatir con mayor vehemencia la evasión y la elusión tributaria.
MinComercio convoca a empresarios y academia a identificar circulares obsoletas
El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, de la mano con las entidades que integran el sector, modificarán o derogarán circulares identificadas por empresarios y ciudadanos.
El Ministerio abrió una convocatoria para que los colombianos señalen las circulares que generan costos innecesarios y son un obstáculo para la productividad.
“La estrategia Estado Simple, Colombia Ágil ha sido posible gracias al aporte de los colombianos. Desde un principio convocamos a gremios, ciudadanos, academia y empresarios para que nos ayudaran a identificar trámites, barreras y normas donde se requerían acciones de racionalización. En ese sentido, diseñamos las agendas sectoriales que poco a poco se han ido cumpliendo”, recordó el ministro de Comercio, Industria y Turismo, José Manuel Restrepo.
La nueva iniciativa también forma parte de la estrategia “Estado Simple, Colombia Ágil” y consiste en un ejercicio participativo de mejora regulatoria y depuración normativa.
A partir de hoy, los colombianos tienen la posibilidad de conectarse a http://servicios.mincit.gov.co/CircularesObsoletas/login.php , donde a través de un sencillo aplicativo podrán registrarse y postular las circulares que inciden negativamente en el desempeño de sus actividades.
El sector comercio, industria y turismo hará un reconocimiento público de las participaciones que conlleven a una intervención.
En tal sentido, los criterios a identificar deben estar asociados a temas como costos innecesarios, falta de claridad sobre las obligaciones que se generan, normas repetitivas, medidas que correspondan a condiciones de mercado que ya no existen, así como decisiones que fueron rebasadas por el avance de la tecnología o que eran de carácter transitorio, pero aún no han sido derogadas.
La información aportada por los ciudadanos será evaluada por las superintendencias, viceministerios y Secretaria General del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. De acuerdo con los criterios establecidos se definirán aquellas circulares que serán objeto de derogatoria o modificación, aplicando los instrumentos jurídicos pertinentes.
Aproveche los beneficios y normalice los activos omitidos y pasivos inexistentes
Los contribuyentes que a 1 de enero de 2020 tuvieren activos omitidos o pasivos inexistentes en su información tributaria tienen la oportunidad, hasta el 25 de septiembre, de subsanar esta situación a través del Impuesto Complementario de Normalización Tributaria.
En esta oportunidad, de acuerdo con lo determinado en el Decreto 1010 del 14 de julio de 2020, con el cual se reglamentó lo contenido en la Ley 2010 de 2019 o de Crecimiento Económico al respecto, la tarifa del Impuesto Complementario de Normalización Tributaria es del 15% de la base gravable, sin embargo, los contribuyentes tienen la oportunidad de repatriar los recursos omitidos del exterior a Colombia antes del 31 de diciembre de 2020 e invertirlos con vocación de permanencia en el país, lo que les permite disminuir la base gravable de estos activos en un 50% liquidando el impuesto con una tarifa de 7.5%.
Es importante tener en cuenta que la vocación de permanencia hace referencia a la inversión y permanencia de los activos en el país por un periodo no menor de dos años.
El contribuyente que tiene el aprovechamiento económico, potencial o real, de los activos omitidos es quien tiene la responsabilidad de declarar, liquidar y pagar el Impuesto de Normalización Tributaria. Sin embargo, la repatriación de los recursos omitidos podrá ser efectuada directa o indirectamente, es decir, por el contribuyente sujeto al impuesto, o la entidad del exterior que es objeto del mismo.
Para efectos patrimoniales, los activos del contribuyente que sean objeto del Impuesto Complementario de Normalización Tributaria deberán incluirse en la declaración del Impuesto sobre la Renta y complementarios del año gravable 2020 y de los años siguientes cuando haya lugar a ello.
Corte tumbó decreto sobre cancelación unilateral de contratos de arriendo comercial
El Decreto 797 de 2020, emitido por el gobierno en el marco de la emergencia sanitaria por la Covid 19 y que establecía que los arrendatarios podían cancelar los contratos de arrendamiento comercial de manera unilateral, fue declarado inexequible por la Corte Constitucional.
El Decreto, que regía hasta el 31 de agosto de 2020, señalaba que el arrendatario estaba obligado a pagar un tercio de la cláusula penal pactada en el contrato, sin mayor sanción.
La Corte aclaró que la sentencia no será retroactiva.
Gobierno extiende líneas de crédito con respaldo del FNG hasta junio de 2021
El Gobierno Nacional tomó la decisión de extender las líneas de crédito con respaldo del Fondo Nacional de Garantías, FNG, hasta junio de 2021.
“Este es un mensaje muy importante para el sistema financiero, pero muy importante, también, para los micro, pequeños, medianos y grandes empresarios que van a poder tener acceso a este tipo de productos”, dijo el presidente Iván Duque.
Recalcó que otra de las medidas es la flexibilización de los requisitos para acceder a estas líneas de crédito. “Muchos de los requisitos vamos a flexibilizarlos para poder llegar, también, con éxito a muchos de los empleadores independientes y, sobre todo, a las micro y pequeñas empresas”, aseveró.
A renglón seguido, afirmó que se puso en marcha un programa de garantías para “quienes están emitiendo bonos y acciones” en el mercado de capital.
“Esta operación la empezamos hace, aproximadamente, dos semanas, hoy nosotros también queremos plantearla con muchísimo vigor”, dijo.
Ayudas del Fondo Nacional de Garantías
A la fecha, el Gobierno Nacional, a través del FNG se han desembolsado cerca de $10 billones que “permiten llegar a cerca de 300 mil empresas o un poco más”, señaló el Presidente.
El comportamiento según sectores es comercio al por mayor y al por menor; industria manufacturera y construcción.
Por tamaño de empresas, el 90% de los créditos se han destinado a micros, pequeñas y medianas empresas.
Las regiones con mayores desembolsos son Bogotá, Antioquia, Valle y Atlántico.
Teniendo en cuenta la velocidad a la cual se están consumiendo las líneas, las proyecciones permiten señalar que al cierre del 2020 se puede estar movilizando $19,5 billones de pesos de la capacidad total de apalancamiento del FNG.
Gobierno anuncia programa de garantías, hasta del 70%, para créditos de vivienda
Como una medida para reactivar el sector de la vivienda, el Presidente de la República, Iván Duque Márquez, anunció un programa de garantías, de hasta el 70%, para créditos de Vivienda de Interés Social (VIS) y No VIS.
“Esto es un mensaje donde podemos tener garantías por 7 años, del 70%, para que podamos reactivar también el sector de la vivienda y que el sector financiero permita que se irriguen los recursos de crédito con la inmensa seguridad de que tenemos una garantía, hasta del 70%, por 7 años para estos sectores de la población”, dijo el Mandatario.
A su turno, el Presidente del Fondo Nacional de Garantías, FNG, Raúl Buitrago, señaló que el programa tendrá recursos por $3 billones.
“Se han diseñado una línea garantía para los hogares, para el lado de la demanda, para que puedan mantener el sueño y su ilusión de tener vivienda propia tanto en el sector No VIS, como en el sector VIS. Es una línea por $3 billones”, dijo.
Y añadió que “del total de esos recursos, $2 billones han sido destinados para la línea VIS y $1 billón para la línea No VIS, y las condiciones son relativamente similares; lo que cambia es el subsidio a la comisión”.
Para el producto No VIS habrá un subsidio a la comisión, que es el ingreso que recibe el FNG.
“Habrá un subsidio para aquellas familias que tienen entre 0 y 2 salarios mínimos mensuales de ingreso y 2 a 4 salarios mínimos”, agregó.
“En el caso de la No VIS se habilita la garantía, pero no irá subsidiada, señor Presidente”, puntualizó.
Decreto 1235, reglas para la emisión en el mercado de valores
El Ministerio de Hacienda emitió el Decreto 1235 del 14 de septiembre de 2020, por el cual se modifica el Decreto 2555 de 2010 en lo relacionado con las reglas para la emisión en el mercado de valores, se reglamenta el artículo 2 del Decreto Legislativo 817 de 2020 y se dictan otras disposiciones.
Decreto 1234, espacio controlado de prueba para actividades de innovación financiera
Por medio del Decreto 1234 del 14 de septiembre de 2020, el Ministerio de Hacienda adiciona al Decreto 2555 de 2010, en lo relacionado con el espacio controlado de prueba para actividades de innovación financiera.
Ley 2055, aprueba convención sobre protección de derechos de personas mayores
El Gobierno sancionó la Ley 2055 del 10 de septiembre de 2020, Por medio de la cual se aprueba la «convención interamericana sobre la protección de los derechos humanos de las personas mayores», adoptada en washington, el 15 de junio de 2015.
Decreto 1233, cobertura del programa french no VIS
El Ministerio de Hacienda publicó el Decreto 1233 del 14 de septiembre de 2020, por el cual se modifica el Decreto 1068 de 2015 Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público, en lo relacionado con la cobertura del Programa FRECH NO VIS.