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La discusión aún generalizada entre Contadores, Administradores de Propiedad Horizontal Revisores Fiscales y los copropietarios acerca de la aplicación de los nuevos marcos contables en Colombia, debería quedar cerrar con las aclaraciones que desde todo punto de vista ha efectuado el Consejo Técnico de la Contaduría Pública al emitir el documento N°15, que contiene la orientación técnica No. 15 Copropiedades de uso residencial o mixto – guía, la cual puede consultarse en el enlace http://www.ctcp.gov.co/pubs!.php?document_id=102 y dejar las especulaciones, soportadas en documentos no técnicos que pululan en las redes sociales y en algunos sitios web.

 

Es hora que la profesión contable dedicada a prestar sus servicios profesionales a éste tipo de entidades, tome las riendas y aplique los requerimientos técnicos y de ética, en especial el artículo 37.6 de la Ley 43 de 1990, que establece “Observancia de las disposiciones normativas. El Contador Público deberá realizar su trabajo cumpliendo eficazmente las disposiciones profesionales promulgadas por el Estado (y por el Consejo Técnico de la Contaduría Pública) aplicando los procedimientos adecuados debidamente establecidos. Además, deberá observar las recomendaciones recibidas de sus clientes o de los funcionarios competentes del ente que requiere sus servicios, siempre que éstos sean compatibles con los principios de integridad, objetividad e independencia, así como con los demás principios y normas de ética y reglas formales de conducta y actuación aplicables en las circunstancias.”, subrayado fuera de texto.

 

Por ello la confirmación es muy sencilla, todas las personas naturales y jurídicas, independientemente de si corresponden a una entidad con o sin ánimo de lucro obligadas a llevar un sistema de información contable o que quieran hacer valer la información como medio de prueba, deben aplicar sin excepción alguna los nuevos marcos normativos contables en Colombia, esto es el Decreto 2420 y su modificatorio 2496 de 2015, que contienen las Normas Internacionales de Información Financiera y los anexos relacionados para cada clase de entidades.

 

Con esta perspectiva, el incumplimiento en la aplicación de los nuevos marcos normativos, conllevaría a una responsabilidad personal y profesional de parte de los administradores y del Contador Público quienes son los responsables de certificar los estados financieros que se ponen a disposición de los copropietarios y sobre los cuales se toman decisiones en las Asambleas correspondientes, sin perjuicio de las sanciones que pueda conllevar el actuar del Contador Público por parte de la Junta Central de Contadores, como organismo disciplinario de la profesión, por la información financiera certificada a terceros.

 

Texto escrito por: Luis Henry Moya, Consejero CTCP.

En el período Enero - Julio de 2016, el Recaudo Bruto acumulado de los impuestos administrados por la DIAN alcanzó la cifra de $80,6 billones, valor que representa una variación nominal de 3.7% respecto a igual período de 2015, en el que se recaudaron $77,6 billones.

 

Esta variación se debe principalmente al comportamiento del recaudo por Retención en la Fuente a título de Renta, IVA y Timbre, que creció 8.6% pasando de $20,2 billones en 2015 a $21,9 billones en 2016, representando una participación de 2.2% en la variación, es decir que de los 3.7 puntos porcentuales que creció el recaudo entre Enero y Julio de 2016 con relación al mismo lapso de 2015, la retención en la fuente explica 2.2 puntos porcentuales.

 

Le sigue el Impuesto Sobre la Renta para la Equidad CREE con un crecimiento nominal de 6.1% y una contribución a la variación de 0.6%.

 

Cabe mencionar que los ingresos de los tributos asociados a la actividad económica interna muestran una variación nominal de 4.7% frente al mismo período de 2015, mientras que los tributos asociados al comercio exterior (arancel e IVA) mostraron una disminución de 1.9% para el período objeto de análisis.

 

Julio
Durante el mes de julio el recaudo bruto de los impuestos administrados por la DIAN fue de $9,8 billones, de los cuales $8,4 corresponden a la actividad económica interna y los restantes $1,4 billones están asociados al recaudo de tributos externos en las operaciones de comercio exterior.

 

Sobresale el crecimiento de 8.5% del recaudo por retención en la fuente a título de renta, IVA y timbre que fue de $ 3.1 billones.

En el marco del V Congreso Nacional del Notariado Colombiano que se desarrolla en la ciudad de Medellín ante más de 1000 notarios nacionales e internacionales se anunciaron dos importantes iniciativas que fortalecerán aún más la modernización y aplicación de nuevas tecnologías en el sector. Se trata del Sistema de Biometría Móvil Certificado y el modelo de facturación electrónica.

 

En el primer proyecto será posible validar en línea la identidad de una persona desde cualquier lugar, a través de dispositivos móviles, haciendo uso de bases de datos de la Registraduría Nacional del Estado Civil, RNEC y cumpliendo con la Resolución 5633 de 2016 emitida por esa entidad. Las notarías que deseen implementar la biometría móvil deberán utilizar dispositivos (tablets) que estén aprobados por la RNEC pues deben cumplir con los estándares más altos de seguridad. 

 

Por su parte, ante la inminente obligatoriedad para la implementación de factura electrónica a nivel nacional, de conformidad con el Decreto 2242 de 2015 y la Resolución 019 de 2016 de la DIAN, la Superintendencia de Notariado y Registro, SNR, prepara algunas disposiciones que permitan tener absoluta claridad tanto del proceso de biometría fija y móvil como del proceso de implementación de la factura electrónica a través de una infraestructura tecnológica confiable, segura y que garantice validez jurídica y probatoria en medios digitales.

 

La Unión Colegiada del Notariado Colombiano, “U.C.N.C.”, líder de los dos proyectos y que agrupa al 98% de las notarías del país, será pionera en el mundo tanto en el uso de la biometría móvil certificada como en el uso de la factura por medios virtuales.

 

La Sociedad Cameral de Certificación Digital, Certicámara S.A., es el operador y aliado tecnológico de la “U.C.N.C.”, que proporciona los mecanismos de seguridad en las dos iniciativas expuestas para mitigar los riesgos de suplantación de identidad, fraude y alteración de documentos cumpliendo con lo estipulado en la Ley 527 de 1999 que promueve el comercio electrónico a través de las mejores prácticas en el uso de las TIC, haciendo uso de firma digital y sellos de tiempo.

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, en desarrollo de lo establecido en el Plan de Trabajo para el primer semestre del año 2016, pone en discusión pública el documento: “Enmiendas y normas nuevas efectuadas por el IASB durante el primer semestre de 2016.

 

Es por lo anterior, que de manera respetuosa le solicita su apoyo para enviar sus comentarios sobre esta propuesta al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. antes del 9 de septiembre de 2016. El documento en español puede ser consultado a través del enlace http://www.ctcp.gov.co/documentos2.php

Su participación es de suma importancia para la actualización del marco técnico normativo de la información financiera en cumplimiento del debido proceso establecido en la Ley 1314 de 2009

A partir del 9 de agosto, inician los vencimientos para presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta para personas naturales. Las fechas se extienden hasta el próximo 19 de octubre de acuerdo con los dos últimos dígitos del NIT del contribuyente. Consulte el calendario tributario en http://www.dian.gov.co/descargas/Servicios/publicaciones/2016/CT_2016_22 0716.pdf

 

La DIAN estima que 2.090.000 Personas Naturales presentarán declaración del Impuesto Sobre la Renta y Complementario por el año gravable 2015 y que el recaudo de los contribuyentes que resulten con saldo a pagar luego de descontar retenciones, saldos a favor y anticipos de años anteriores, ascenderá a $1.5 billones.

 

En www.dian.gov.co podrá consultar el micrositio del Impuesto Sobre la Renta http://www.dian.gov.co/micrositios/renta2016/index.html en el que encontrará todos los pasos necesarios para cumplir con la responsabilidad de Declarar y pagar.

 

Tenga en cuenta:

Rotación de Números de Identificación Tributaria – NIT

Según Decreto 2243 del 24 de noviembre de 2015, para el año 2016 se invirtió el orden de presentación y pago de las declaraciones, debiendo ser presentadas en primer lugar por aquellos contribuyentes cuyo NIT termina entre 99 y 00 y así en orden descendente hasta llegar a los dígitos entre 01 y 02.

 

Empleados que opten por el IMAS – Formulario

230 Aquellas personas que elijan declarar en el formulario 230 correspondiente a la Declaración Anual de Impuesto Mínimo Alternativo Simple (IMAS) para Empleados, podrán hacerlo siempre y cuando en el año 2015, sus ingresos brutos no hayan sido superiores a $79’181.000 y que a 31 de diciembre de 2014 su patrimonio líquido haya sido inferior a $329’820.000.  

Desde su dispositivo móvil y desde cualquier lugar, se podrá agendar citas web o turno en las diferentes Sedes de la Cámara de Comercio de Bogotá, CCB, para obtener los servicios de asesoría jurídica y asesoría CAE.

 

El uso de los servicios de agendamiento de citas web y toma de turnos a través de dispositivos móviles, no tiene ningún costo para el cliente y no es necesario tener usuarios y contraseña, ni estar registrado en ningún sitio. Estará disponible los 7 días de la semana, las 24 Horas del día, para que los clientes puedan agendar citas para asesoría CAE y jurídica.

 

Algunas de las preguntas más frecuentes:

¿Qué tipo de citas se podrán agendar? Los clientes que requieran citas para los servicios de Asesoría Jurídica y Asesoría Cae.
¿Con qué anticipación se podrá programar la cita? Las citas se pueden agendar con una anticipación de 24 horas hábiles.
¿Cómo se pueden cancelar las citas? Si quiere cancelar una cita previamente agendada podrá cancelarse ingresando al servicio y utilizando la opción “Gestionar cita”.
¿En qué sedes se podrán programar citas? El Agendamiento de citas web se puede realizar para cualquiera de las sedes de la CCB en los horarios establecidos.

El Presidente de la República, Juan Manuel Santos Calderón, puso en funcionamiento en el puerto de Buenaventura los primeros equipos de inspección no intrusiva de rayos X que facilitarán las operaciones de inspección de las mercancías, disminuirán costos y tiempos en las importaciones y exportaciones y serán una herramienta de control para la seguridad nacional.

 

Con el uso de los escáneres, los tiempos de inspección de las autoridades de control pasarán de 24 horas, lo que tarda una inspección física en promedio, a 15 minutos haciendo la inspección no intrusiva. Esta reducción de tiempo se reflejará en los costos de almacenaje que los importadores y exportadores deben pagar por la permanencia de sus mercancías en las instalaciones del puerto.

 

Importadores y exportadores podrán reducir los costos asociados a la movilización de contenedores por inspección física aproximadamente en un 38%, lo que representa un valor de 94 mil millones de pesos al año.

 

La tecnología de estos escáneres penetra el acero más de 3 centímetros, inspeccionando así compartimientos falsos o mercancías que se encuentren camufladas en otros espacios. Igualmente, permite detectar con mayor facilidad sustancias ilícitas o contrabando a través de la identificación de materiales orgánicos e inorgánicos, densidades, formas, espacios vacíos y también el número atómico de cada material.

 

La implementación de los escáneres y las disposiciones de la Nueva Regulación Aduanera estiman reducir las operaciones de importación de 216 horas hasta 48 horas, gracias a la reducción de tiempos de movilización y de inspección.

 

Para un país como Colombia, donde ingresan y salen cerca de 2.291.000 contenedores al año, esta tecnología se constituye en una herramienta para la facilitación del comercio exterior y un aumento de la competitividad del país.

 

Puertos como Cartagena, Santa Marta y Barranquilla también implementarán estos escáneres y estarán al servicio de los operadores de comercio exterior y de todas las autoridades involucradas en esta cadena logística.

Este Decreto que empezará a regir a partir del 16 de agosto de 2016 y estará vigente hasta el 31 de diciembre de este año, excluye a los países que mantienen Tratados de Libre Comercio vigentes con Panamá.

 

A través de Decreto Ejecutivo, el Consejo de Gabinete aprobó este martes aumentar de manera temporal el arancel nacional de importación en rubros tales como flores, carbón mineral, cemento sin pulverizar o “clinker” y prendas de vestir.

 

Este Decreto que empezará a regir a partir del 16 de agosto de 2016 y estará vigente hasta el 31 de diciembre de este año, excluye a los países que mantienen Tratados de Libre Comercio vigentes con Panamá, a los miembros del Subsistema de Integración Económica Centroamericana y a los Países de Menor Desarrollo Económico Relativo de la Asociación Latinoamericana de Integración.

 

El documento destaca que es un deber y objetivo del Gobierno de Panamá adoptar las medidas necesarias para garantizar la protección de los intereses esenciales para el mantenimiento armónico de las relaciones comerciales internacionales, a efecto de que incidan positiva y directamente en la circulación de flujos comerciales libres y equilibrados.

 

Se estima que esta nueva medida arrojará el incremento de ingresos en aduanas y está dentro de los compromisos internacionales adoptados por Panamá. Colombia es uno de los países afectados con la decisión.

A partir del 9 de agosto, inician los vencimientos para presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta para personas naturales. Las fechas se extienden hasta el próximo 19 de octubre de acuerdo con los dos últimos dígitos del NIT del contribuyente. Consulte el calendario tributario haciendo clic aquí.

 

La DIAN estima que 2.090.000 Personas Naturales presentarán declaración del Impuesto Sobre la Renta y Complementario por el año gravable 2015 y que el recaudo de los contribuyentes que resulten con saldo a pagar luego de descontar retenciones, saldos a favor y anticipos de años anteriores, ascenderá a $1.5 billones.

 

En www.dian.gov.co podrá consultar el micrositio del Impuesto Sobre la Renta http://www.dian.gov.co/micrositios/renta2016/index.html en el que encontrará todos los pasos necesarios para cumplir con la responsabilidad de Declarar y pagar.

 

Tenga en cuenta:
* Rotación de Números de Identificación Tributaria – NIT
Según Decreto 2243 del 24 de noviembre de 2015, para el año 2016 se invirtió el orden de presentación y pago de las declaraciones, debiendo ser presentadas en primer lugar por aquellos contribuyentes cuyo NIT termina entre 99 y 00 y así en orden descendente hasta llegar a los dígitos entre 01 y 02.

 

* Empleados que opten por el IMAS – Formulario 230
Aquellas personas que elijan declarar en el formulario 230 correspondiente a la Declaración Anual de Impuesto Mínimo Alternativo Simple (IMAS) para Empleados, podrán hacerlo siempre y cuando en el año 2015, sus ingresos brutos no hayan sido superiores a $79’181.000 y que a 31 de diciembre de 2014 su patrimonio líquido haya sido inferior a $329’820.000.

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, resumió en el memorando CTCP 2015-00036, remitido a la Direccion de Regulación del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, los conceptos que ha emitido sobre el tema de la moneda funcional.

 

Para conocer el Memorando 036 del CTCP, haga clic aquí.

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