Concepto Supersociedades sobre venta de acciones bajo “todas o ninguna”
Richard santaLa Superintendencia de Sociedades, a través del Oficio 220-028021 del 06 de marzo de 2015 , emitió un concepto referente al derecho de preferencia vs condición de venta de acciones “todas o ninguna” .
En dicho concepto, la Supersociedades dio respuesta a una consulta que hace referencia a la doctrina contenida en el Oficio No. 220-051892 del 26 de junio de 2012 y sobre la cual se exponen una serie de razones por las que, a juicio del consultante, la condición que permite supeditar la venta de acciones que un accionista pretenda efectuar, a que le sean adquiridas “todas o ninguna”, resulta una carga desproporcionada para quienes desean hacer uso de su derecho de preferencia, en el entendido que para poder comprar se debe convencer al resto de los accionistas de que también, con lo cual se imposibilita ejercer el derecho de preferencia.
Para conocer la consulta completa y la respuesta de la Supersociedades, descargue el archivo adjunto a esta noticia.
- Concepto Supersociedades (2016 Descargas)
Lo último de Richard santa
- Decreto 1605, reglamenta licencia parental compartida y flexible
- Ley 2442, permite el divorcio por la sola voluntad de cualquiera de los cónyuges
- Ahora el RUT solo tendrá fecha de generación del documento
- Decreto 1609, incremento de los avalúos catastrales para la vigencia de 2025
- Resolución 203, informa a contribuyentes incluidos y retirados del régimen Simple