Conceptos

Conceptos (395)

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, publicó el Concepto 0260 de 2021, el cual responde a una consulta referente a la diferencia en cambio - tasa de referencia. La consulta textual es la siguiente:

“(…) Cuando una compañía posee una cuenta por pagar y por cobrar en Euros, y la tasa que publica el banco de la república de Colombia solo es una tasa media o una de compra o venta y no una de cierre. Adicional tanto la norma local como internacional para aplicar el ajuste por diferencia en cambio especifica la norma que se debe realizar a una tasa de cierre, la pregunta es si la tasa de cierre se puede tomar como fuente primaria del banco central europeo ya que la que publica el banco de la república de Colombia es una tasa media que es muy volátil y más dispar con la realidad”.

Para conocer la respuesta del CTCP, haga clic aquí.

Por medio del Concepto 0369 del 26 de julio de 2021, el Consejo Técnico de la Contaduía Pública, CTCP, responde a una consulta que tiene como tema la diferencia en cambio en pasivos no cancelados en el futuro previsible.

Para conocer la consulta completa y la respuesta de la entidad, haga clic aquí.

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, emitió el Concepto 0363 del 06 de julio de 2021, referente a la labor y periodo del Revisor fiscal en uniones temporales.

La entidad respondió a la siguiente consulta:

“Por decisión de los partícipes en un contrato de colaboración (Unión Temporal), se nombró un Revisor Fiscal, quien ejecutó sus funcione s legales, se inscribió en el RUT de la Unión Temporal y revisó y firmó todas las declaraciones de impuestos, así como los Estados Financieros por los años que duró la Unión Temporal, entre otros. El contrato objeto de la Unión Temporal finalizó en abril de este año, sin embargo por cuestiones contractuales, algunas obligaciones de la Unión Temporal se amplían por tres (3) años más, toda vez que las pólizas de prestaciones sociales y cumplimiento contemplan la finalización del contrato más tres año, por lo que la Unión Temporal como tal cerró sus operaciones paulatinamente hacia los terceros proveedores, trabajadores, pero persisten compromisos con la empresa para la cual se hizo el contrato (circunscrito a las responsabilidades de los amparos de las pólizas, y vigencias de éstas), y a algunas contingencias laborales. La pregunta es, ¿cuál sería el término de vigencia del contrato que se firmó con el revisor fiscal?. El Revisor Fiscal debería permanecer mientras la Unión Temporal deba existir por las obligaciones contractuales con el cliente?, o en ¿qué momento legalmente la acción del revisor fiscal ya no tiene efecto para la Unión Temporal? ¿Cuál es el momento legal en que se debe dar por terminado el contrato del revisor fiscal?”

Para conocer el Concepto 0363 completo, haga clic aquí.

Por medio del Concepto 0287 del 02 de julio de 2021, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, respondió a la siguiente consulta relacionada con la inhabilidad para contador público antes revisor fiscal:

“Por medio de la presente solicito su aclaración en cuanto tiempo puede un Revisor Fiscal que renunció a la empresa hace 2 meses figurar como contador público en la misma empresa donde fue revisor fiscal.”

Para conocer el Concepto 0287 completo, haga clic aquí.

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, emitió el Concepto 0224 del 22 de junio de 2021, por el cual resuelve una consulta referente a los negocios conjuntos en NIIF Pymes.

En el documento, la entidad responde a la siguiente consulta:

La mayoría de teoría e información que se encuentra y los conceptos emitidos son de casos donde hay algún tipo de operación conjunta o de toma de decisiones conjuntas, pero en este caso la sociedad B es netamente inversionista sin intervenir de ninguna manera.

Entonces generamos la pregunta si aplica las normas para operaciones o negocios conjuntos o que norma contable debe aplicar la sociedad A, si es posible puntualmente nos informan donde podemos consultar sobre la contabilización de sus diferentes operaciones y comprobantes y finalmente ¿cómo contabiliza la sociedad B la utilidad recibida?

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Por medio del Oficio 115-072641 del 31 de mayo de 2021, la Superintendencia de Sociedades responde a una consulta sobre las Sucursales de sociedades extranjeras y remisión del acta de reunión del máximo órgano social.

Para conocer la consulta completa y la respuesta de la Supersociedades, haga clic aquí.

La Superintendencia de Sociedades emitió el Oficio 115-072636 del 31 de mayo de 2021, por medio del cual se responde a una consulta sobre fusiones reorganizativas sin intercambio de participación.

Para conocer la consulta completa y la respuesta de la Supersociedades, haga clic aquí.

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, emitió el Concepto 281 del 10 de junio de 2021, por medio del cual responde a una consulta referente al Tratamiento contable mayor valor pagado por un cliente,

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A través del Oficio 115-039100 del 13 de abril de 2021, la Superintendencia de Sociedades emitió un concepto referente a la Reactivación de una entidad en liquidación y sus cifras comparativas.

En este documento, la entidad resulve la siguiente consulta:

“(…) Una sociedad SAS entró en liquidación en el año 2018 y en febrero de 2021 se reactivó jurídica y fiscalmente. Durante los años en que estuvo en liquidación, la contabilidad no se ajustó a las normas NIIF dado que no cumplía la hipótesis de negocio en marcha. Así se elaboraron los estados financieros con corte a 31 de diciembre de 2020, que fueron los que se presentaron en la Asamblea en la cual se aprobó la reactivación de acuerdo con el artículo 29 de la ley 1429/10.

1. Los estados financieros de 31 de diciembre deben ser reexpresados con norma NIIF para ser presentados a la Asamblea Ordinaria que se realizará en el mes de marzo?
2. Si la respuesta anterior es no y solo se ajustan a NIIF en febrero de 2021, ¿cómo deben presentarse los estados financieros comparados 2021 VS 2020? (…)”

Para conocer la respuesta de la Supersociedades, haga clic aquí.

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, publicó el Concepto 0197 del 21 de mayo de 2021, referente a la Inhabilidad del revisor fiscal por grado de consanguinidad.

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