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Proyecto de resolución sobre sujetos obligados a presentar información exógena
Richard santaLa Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó para comentarios el proyecto de resolución Por la cual se modifica parcialmente la Resolución No. 060 del 30 de octubre del 2017, relacionada con sujetos obligados a presentar información exógena.
La entidad recibirá comentarios sobre este proyecto de resolución hasta el 25 de junio de 2018, a través del correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
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Proyecto de decreto, devolución y/o compensación del impuesto sobre las ventas
Richard santaEl Ministerio de Hacienda publicó para comentarios hasta el 29 de junio de 2018 el Proyecto de Decreto ““Por el cual se modifican los artículos 1. 6. 1. 2 6. 1 1 .6.1.26.3., 1 .6 .1 .26.6., 1 .6.1.26.7. y 1.6.1.26.9. del Capítulo 26 del Título 1, Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria, relacionado con la devolución y/o compensación del impuesto sobre las ventas por la adquisición de materiales de construcción”.
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Antes del 30 de junio, empleadores deben pagar la prima a trabajadores domésticos
Richard santaLa ministra del Trabajo, Griselda Janeth Restrepo Gallego, recordó a los empleadores que contratan trabajadores domésticos que, antes que termine el presente mes de junio, deberán pagar la prima de servicios.
Según la Ley 1788 del 7 de julio de 2016, el pago de la prima de servicios corresponde a 30 días de salario por año, el cual se reconocerá en dos pagos, así: la mitad máximo el 30 de junio y la otra mitad a más tardar los primeros 20 días de diciembre. Su reconocimiento se hará por todo el semestre trabajado o proporcionalmente al tiempo trabajado.
La funcionaria recordó que el no pago de la prima de servicios a un empleado doméstico, traerá sanciones a los empleadores y es la misma que se aplica para cualquier trabajador en Colombia. “La multa es de un día de salario por cada día de mora. Nuestros inspectores están recorriendo todo el país porque estamos listos para sancionar a quien incumpla esta obligación legal”, explicó.
Durante el 2017, se calcula que cerca de 179.870 trabajadores que prestaron sus servicios a los hogares en tareas como aseo, cocina, lavado, planchado, jardinería, conductor de familia y trabajadores de finca, recibieron prima de servicios. Al mes de abril de 2018, ya estaban afiliados 111 mil 483 trabajadores domésticos al Sistema de Subsidio Familiar.
El Presidente Juan Manuel Santos sancionó la Ley 1788 del 7 de julio de 2016, mediante la cual se reconoce el pago de la prima de servicios, norma que permitió al ministerio del Trabajo lanzar una campaña pedagógica e informativa para sensibilizar a empleadores y trabajadores.
La Contaduría General de la Nación, en el marco de sus competencias legales y constitucionales coloca a disposición de las empresas que se encuentran bajo el ámbito de aplicación del Marco Normativo para Empresas que no Cotizan en el Mercado de Valores, y que no Captan ni Administran Ahorro del Público, la Guía de aplicación Nº 008 - Costos de financiación.
Para conocer la Guía de aplicación 08, haga clic aquí.
Desde 1 de septiembre, factura electrónica es exigible para grandes contribuyentes
Richard santaA través de la Resolución 10 del 6 de febrero de 2018, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –DIAN– seleccionó a los grandes contribuyentes que deben iniciar el proceso de facturación electrónica a partir del 1 de junio, siendo exigible su implementación a partir del 1 de septiembre.
Por lo anterior, la autoridad tributaria invitó a estas empresas para que continúen con las acciones necesarias que garanticen el inicio de la facturación electrónica antes del 1 de septiembre de 2018.
Así mismo, la DIAN recordó a los contribuyentes que realizaron solicitud de prórroga, y que sea autorizada, que tendrán plazo hasta el 1 de diciembre de 2018 para la implementación.
El pasado 8 de mayo culminaron los vencimientos para la presentación de las declaraciones de renta de las empresas por el año gravable 2017. Fueron treinta (30) días de vencimiento de declaraciones de renta de Personas Jurídicas y Grandes Contribuyentes, que debían pagar las cuotas del impuesto, simultáneamente con la presentación de las declaraciones. En el caso de los Grandes contribuyentes, en abril debía pagarse la segunda cuota de renta de las tres (3) que debe pagar (en febrero, abril y junio), y en el de las empresas diferentes a Grandes Contribuyentes, la primera de dos (2) cuotas de renta, pagaderas en los meses de abril y/o mayo (dependiendo del último dígito del NIT) y en junio.
Los pagos de las cuotas del Impuesto de Renta de las empresas hacen parte del recaudo de los meses de abril y de mayo. El balance preliminar con base en las 445 mil declaraciones presentadas hasta el 8 de mayo (último vencimiento) permite inferir lo siguiente:
El impuesto a cargo reconocido en las declaraciones aumentó 17.4%, en comparación con el impuesto de renta del año anterior, incluidos los recaudos del impuesto CREE, de donde se infiere un buen desempeño de la actividad económica de las empresas. Se destaca el reconocimiento, por primera vez, de la inversión en obras por impuestos por valor de $0.2 billones, medida introducida en la Ley 1819 de 2016 y que busca financiar con el mismo dinero que deberían pagar por impuesto de renta, la inversión y desarrollo de obras necesarias en las zonas más afectadas por el conflicto.
El 91.3% del saldo a pagar del Impuesto de Renta de las empresas se concentra en seis (6) seccionales, ranking que encabeza la Dirección Seccional de Impuestos de Grandes Contribuyentes de Bogotá con el 59.0% del valor declarado. Le siguen las Direcciones Seccionales de impuestos de Bogotá, Medellín, Cali, Barranquilla y Bucaramanga, que constituyen el 32.4% del saldo a pagar.
Mayo
En mayo se alcanzó un recaudo bruto de $13,49 billones. En este mes se observa el efecto de la eliminación del Impuesto a la riqueza y complementario de normalización para las personas jurídicas, impuesto que estuvo vigente para todos los contribuyentes durante el año 2017, mientras que, para el presente año, el impuesto de Riqueza sólo lo pagan las personas naturales. El recaudo bruto del mes de mayo, sin tener en cuenta el impuesto de riqueza y complementario de normalización de las Personas Jurídicas, tuvo una variación nominal positiva de 6.7%.
Enero - Mayo
Para el período enero – mayo de 2018, el recaudo bruto acumulado de los impuestos administrados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –DIAN, alcanzó la cifra de $61,47 billones.
Esta cifra se logró, en parte, por los resultados obtenidos con las jornadas mensuales de cobro y control “Al día con la DIAN le cumplo al país”, que, con corte a 31 de mayo, han coadyuvado a lograr un recaudo por gestión de $3,6 billones, mediante acciones como: 23.910 visitas a morosos; 45.000 citaciones a oficinas de cobranzas de la DIAN y 8.601 títulos de depósito judicial, producto de los embargos a las cuentas bancarias de los morosos; 585 diligencias de remates, y más de 2.000 visitas de control de fiscalización a responsables del Impuesto al Valor Agregado -IVA e Impuesto Nacional al Consumo.
Se resaltan los ingresos por retención en la fuente a título de renta, IVA y timbre, cuyo recaudo sumó $ 21,75 billones (un incremento del 13.8%, en relación con lo alcanzado en el mismo período de 2017, que fue de $19.08 billones). En cuanto al recaudo del IVA, éste presentó un incremento de 10.5%, al pasar de $15,67 billones en 2017 a $17,31 billones en 2018.
A 31 de mayo el Impoconsumo ascendió a $1,06 billones, con una variación del 1,7%, resaltándose el desempeño del impuesto al consumo relacionado con el servicio de restaurantes y bares, con tarifa del 8%, que aumentó 18,6%. En contraste, el comportamiento del recaudo de impuesto al consumo se afectó por el menor reconocimiento del impuesto proveniente del sector telecomunicaciones, que se ha reducido en cerca del 20% en los dos primeros bimestres de 2018, frente a lo observado en el mismo período de 2017, como consecuencia de la exclusión del impuesto a los servicios de datos, internet y navegación móvil en contratos hasta de $50.000.
De modo agregado, el recaudo bruto de los tributos asociados a la actividad económica interna alcanzó la cifra de $53 billones, mostrando una variación nominal de 1% frente al 2017 que fue de $52,48 billones. Estas cifras reflejan los alivios tributarios otorgados a los empresarios en la reforma tributaria de 2016 (Ley 1819), tales como: la disminución de la tarifa de la sobretasa al Impuesto de Renta y Complementarios en dos puntos porcentuales (del 6% al 4%), y la deducción del 100% del IVA pagado en la adquisición o importación de bienes de capital a la tarifa general, que a su vez se traduce en un 10% de menores ingresos tributarios para la DIAN, por concepto de Impuesto de Renta.
Por su parte, los tributos asociados al comercio exterior (arancel e IVA), mostraron un incremento de 2 % respecto a 2017, al registrar un valor de $8,48 billones.
Inciden en el recaudo de estos tributos aspectos tales como: el menor valor de las importaciones (US$658 millones) y el valor de la tasa de cambio del dólar, inferior en $183 al promedio ponderado contemplado en las estimaciones iniciales, afectando los pagos por Arancel e IVA Externo.
En el período enero – mayo el recaudo con títulos de devoluciones de impuestos (TIDIS) ascendió a $3,7 billones, producto de las devoluciones de saldos a favor a los contribuyentes, que se efectúan mediante títulos entregados en períodos anteriores. El pago de impuestos con estos papeles fue superior en $873 mil millones frente a las cifras contempladas en las estimaciones del recaudo realizadas en diciembre, disminuyendo en ese valor el recaudo en efectivo.
Bancos podrán ofrecer leasing que financie hasta el 80% de la compra de vivienda
Richard santaEl ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas Santamaría, anunció que ahora los bancos podrán ofrecer leasing para la compra de vivienda que financia hasta el 80% del valor de la vivienda.
“Una vivienda de $200 millones podrá tener un leasing de $160 millones, el Fondo Nacional de Garantías (FNG), le va a dar al banco una cobertura para asegurarle al banco el 20% del valor de la vivienda, garantizado por el FNG, lo que da más tranquilidad a los bancos”, señaló Cárdenas.
El ministro indicó que este es un producto nuevo que fue aprobado por el FNG y el leasing podrá tener un plazo hasta de 20 años.
“Esto lo que hace es que se financia un mayor porcentaje del valor de las viviendas, hasta el 80%. Tradicionalmente en Colombia se financiaba el 70%, vamos a ir hasta el 80% para que ese inventario de vivienda para la clase media podrá ser financiada por ese porcentaje. La persona tendría que poner el 20% de cuota inicial y el 80% restante lo financia el banco”, indicó.
Finalmente, el ministro señaló que hay una línea por $1,1 billones para las familias que quieran acceder a vivienda financiando hasta el 80% lo puedan hacer.
Para comentarios, reglamentación de los sistemas de facturación
Richard santaEl Ministerio de Hacienda informó que se encuentra publicado en el home de su página web el Proyecto de Decreto para comentarios “Por el cual se modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria para reglamentar los sistemas de facturación”.
El Ministerio recibirá comentarios sobre este proyecto de decreto hasta el 22 de junio.
Para conocer el proyecto de decreto completo, haga clic aquí.
Para comentarios, proyecto de decreto establece listado de productos sensibles
Richard santaHasta el 22 de junio el Ministerio de Hacienda recibirá comentarios el Proyecto de Decreto “Por el cual se reglamenta el Artículo 47 de la Ley 1762 de 2015 y se establece el listado de productos sensibles”.
Para conocer el proyecto de decreto completo, haga clic aquí.
Proyecto de decreto reglamenta la tarifa de rete-fuente del impuesto de renta por exportación de hidrocarburos e IVA
Richard santaHasta el 14 de junio el Ministerio de Hacienda, recibirá comentarios sobre el Proyecto de Decreto "Por el cual se modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria, para reglamentar la tarifa de retención en la fuente a título de impuesto de renta por exportación de hidrocarburos y dictar normas sobre retención en la fuente a título de impuesto sobre las ventas -IVA".
Para conocer el proyecto de decreto completo, haga clic aquí.
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Contaduría publicó Guía de aplicación Nº 007 sobre Subvenciones no monetarias
Richard santaLa Contaduría General de la Nación, en el marco de sus competencias legales y constitucionales coloca a disposición de las empresas que se encuentran bajo el ámbito de aplicación del Marco Normativo para Empresas que no Cotizan en el Mercado de Valores, y que no Captan ni Administran Ahorro del Público, la Guía de aplicación Nº 007 - Subvenciones no monetarias.
Par aconocer las Guías completas, haga clic aquí.
Más de medio de millón de empresas se han creado bajo el modelo S.A.S.
Richard santaCon la participación del Superintendente de Sociedades, Francisco Reyes Villamizar y destacados conferencistas nacionales y extranjeros, se conmemora este miércoles 6 de junio, el décimo aniversario de la ley que dio vida a las sociedades por acciones simplificadas, en el Foro "Los 10 años de las SAS".
La S.A.S ha dado lugar a la creación de más de 500 mil empresas, con la consecuente generación de empleo y riqueza para el país. Bajo este modelo, se encuentra cerca del 98% de las sociedades que se constituyen en Colombia, según los registros que llevan las cámaras de comercio.
El Superintendente de Sociedades, Francisco Reyes Villamizar, enumeró los beneficios de la adopción de este modelo para los empresarios y nuevos emprendimientos. Dijo que "entre sus bondades se destaca una drástica reducción de costos de transacción, lo cual solo puede lograrse con una estructura leve, carente de arcaicos formalismos y cortapisas a la iniciativa privada".
Reyes Villamizar afirmó que "el favoritismo expresado por empresarios locales y extranjeros respecto de esta forma asociativa, se explica por las innegables ventajas incorporadas en la Ley 1258 de 2008. En virtud de las características muy flexibles de este tipo societario, es de esperarse también que continúe el tránsito acelerado hacia la SAS, por parte de empresarios constituidos bajo las formas asociativas tradicionales".
Se estima que en Colombia, en promedio cada mes se crean alrededor de 6 mil sociedades, de acuerdo con información del Registro Único de Sociedades (RUES), la mayoría de las cuales adoptan el modelo S.A.S, que les permite, entre otros beneficios, la supresión de innumerables prohibiciones legales que hacían difícil la inversión y se constituían en trabas para los empresarios.
Las S.A.S también han acelerado el proceso de formalización empresarial, lo cual, también podría medirse empíricamente en términos del mayor recaudo de impuestos, acceso al crédito y formalización laboral.
Supersociedades dice adiós a los títulos judiciales en papel en su sede Bogotá
Richard santaDesde el 30 de mayo de 2018, la cuenta de títulos judiciales del Grupo de Intervenidas (No. 110019196105), se desmaterializa. Es decir, se dejarán de usar títulos físicos y solamente se usarán títulos electrónicos.
El Grupo de Intervenidas adelanta los procesos de intervención y liquidación judicial como medida de intervención en la jurisdicción de Bogotá.
Los números de procesos podrán consultarse en el siguiente enlace en nuestra página web:
Con este cambio, se concluye para la sede central en Bogotá, el desmonte de títulos físicos para todas las cuentas de los procesos jurisdiccionales.
Plusvalía respecto de predios englobados se liquida sobre el nuevo predio
Richard santaEl hecho generador de la participación en plusvalía respecto de predios englobados lo constituye la licencia de construcción que autoriza el englobe, tributo que se liquida sobre el nuevo predio y no frente a cada bien en forma individual.
Síntesis del caso: Se determina la legalidad de los actos por los cuales la Secretaría de Planeación del Distrito Capital liquidó el efecto plusvalía para el englobe de unos predios y determinó la participación en plusvalía del mismo.
Problema jurídico: ¿El hecho generador de la participación en plusvalía respecto de un predio englobado se configura a partir de la norma urbanística que instrumenta el POT o desde la expedición de la licencia de construcción que autoriza el englobe de los predios?
Tesis: “Los actos demandados determinaron como hecho generador de la plusvalía la expedición de la Licencia de Construcción (…) solicitada por la sociedad para mejorar el uso y el área de edificación mediante el englobe de los predios(…) En este caso, la licencia de construcción constituye la autorización específica, en tanto mediante esta decisión administrativa -que autorizó el englobe- se concreta el aumento del potencial de edificación de los predios (…), aspectos que no fueron desvirtuados por la actora, quien se concentró en alegar la vulneración del principio de irretroactividad, partiendo de que el hecho generador era el Decreto Distrital 075 de 2003. Lo aducido se ratifica en el Decreto 084 de 2004, que reglamentó el Acuerdo 118 de 2003, en tanto establece en el artículo 7, que en el evento de que por efecto del englobe de lotes de terreno se produzca un incremento en la edificabilidad, el predio resultante de tal englobe será objeto de la participación en plusvalía, la cual será liquidada en el momento de la solicitud de la licencia. En ese orden de ideas y contrario a lo entendido por la recurrente frente al citado artículo 7, se reitera que el hecho generador que dio lugar a la expedición de los actos demandados, se hizo exigible con la licencia de construcción del 20 de febrero de 2008, que autorizó de manera específica el mayor aprovechamiento del predio, como consecuencia del englobe, teniendo en cuenta que el efecto plusvalía está determinado por la potencialidad de edificabilidad del “nuevo predio englobado” y no por cada uno de los predios individuales (…)”.
Sentencia de 25 de septiembre de 2017, exp. 25000-2337-000-2012-00173-01 (21596), C.P. Stella Jeannette Carvajal Basto, acción de nulidad.