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Proyecto de Resolución, requisitos para cancelación de oficio de la inscripción al RUT
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó el proyecto de resolución por la cual se establecen los requisitos y las condiciones para la cancelación de oficio de la inscripción del Registro Único Tributario -RUT por inactividad tributaria.
La entidad recibirá comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución hasta el 15 de diciembre de 2023, a través del siguiente buzón: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Diferencias entre DIAN y contribuyentes se podrán solucionar a través de arbitrajes
Con el fin de autorizar el arbitraje para disputas tributarias, aduaneras o cambiarias entre los contribuyentes y la DIAN, el Gobierno Nacional radicó en el Congreso de la República el proyecto de ley de arbitramento de litigios.
El objetivo es agilizar y mejorar la eficiencia en la resolución de estas disputas, en comparación con los procedimientos judiciales convencionales.
Y es que actualmente, el índice de congestión de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa en Colombia es del 64%, lo que evidencia la pertinencia de esta iniciativa, al permitir el arbitraje como mecanismo alternativo que disminuye la saturación del sistema judicial.
El ministro de Hacienda y Crédito Público, Ricardo Bonilla, destacó que la base de datos de litigios del Estado revela que existen 7.112 procesos activos de la DIAN por un monto de $27,3 billones, con corte a mayo de 2023. Es así como con los mecanismos previstos en el nuevo proyecto de ley, se permitiría movilizar un mayor recaudo para financiar niveles de gasto social consistentes con la implementación del Plan de Desarrollo.
“La iniciativa crea una nueva alternativa de resolución de las disputas entre los contribuyentes y la administración, lo cual reduce el tiempo en el que incurren ambas partes en su resolución”, precisó.
Es así como gracias a las disposiciones de este proyecto de ley, es razonable esperar que buena parte de estos procesos se resuelvan en un término menor de 12 meses, considerando los procesos arbitrales que se realizan en otras áreas del derecho.
Así, la iniciativa es beneficiosa para los contribuyentes y contribuye a aumentar la eficiencia en la generación de recaudo por parte de la DIAN.
Medellín cuenta con un nuevo Punto de Atención para Usuarios Aduaneros
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, abrió un nuevo punto de atención presencial en Medellín, que servirá para atender a los usuarios y operadores de comercio exterior, principalmente, pero también para asistir a la ciudadanía en trámites específicos.
El punto está ubicado en el edificio de la DIAN, en el Centro Administrativo La Alpujarra (Carrera 52 # 42 – 43), en la capital antioqueña, y su horario es de lunes a viernes de 6:45 a.m. a 3:00 p.m. Los asistentes serán atendidos por orden de llegada y sin necesidad de tener una cita agendada previamente.
En la planta baja, los usuarios recibirán atención para consultas generales sobre temas aduaneros y emisiones de certificados de origen de mercancía. En el segundo piso, la División de Operación Aduanera adelantará trámites como la corrección de declaraciones de importación SYGA, entrega de pólizas y garantías vencidas, prórrogas para el tránsito de vehículos de turismo, entre otros.
Este es el tercer punto de atención para usuarios aduaneros dispuesto por la DIAN en lo que va corrido del año, después de los habilitados por las direcciones seccionales de Bogotá y Cali. Con ellos, la entidad pretende unificar criterios de atención y ofrecerles una mejor experiencia de servicio a dichos usuarios.
Continúan fallas tecnológicas en el Servicio SYGA de la DIAN
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, informa que, de conformidad con la certificación emitida por la Dirección de Gestión de Innovación y Tecnología, declara contingencia en el servicio digital SYGA a partir de las 10:57 a.m. del lunes 20 de noviembre, hasta que se reestablezca el servicio.
La entidad también informa que los únicos autorizados para pronunciarse sobre este incidente son el director general y la directora de Gestión de Aduanas.
El equipo de atención de respuesta a incidentes, en la DIAN, ha desplegado las actividades encaminadas a la contención, erradicación de vulnerabilidades y recuperación de los servicios para garantizar la atención a los usuarios.
Proyecto de Resolución, prescribe formularios 330 y 335 y 340
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó el proyecto de resolución por la cual se prescriben los Formularios No. 330 (Declaración del Impuesto nacional sobre productos plásticos de un solo uso utilizados para envasar, embalar o empacar bienes), No. 335 (Declaración del Impuesto a las bebidas ultraprocesadas azucaradas) y No. 340 (Declaración del Impuesto a los productos comestibles ultraprocesados industrialmente y/o con alto contenido de azúcares añadidos, sodio o grasas saturadas) a partir del año 2023
Por lo anterior, recibirá comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución hasta el 24 de noviembre de 2023, a través del siguiente formulario: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
DIAN y el Sector Automotor buscan agilizar el Comercio Exterior
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, y los representantes del sector automotor suscribieron el convenio de cooperación interinstitucional “Centro de Excelencia del Sector Automotor", que tiene como fin agilizar y facilitar las operaciones de comercio exterior.
Esta alianza público – privada incluye a la Asociación Colombiana de Fabricantes de Autopartes (ACOLFA), la Asociación Nacional de Movilidad Sostenible (ANDEMOS), la Asociación Nacional de Comercio Exterior (ANALDEX), la Asociación del Sector Automotriz y sus Partes (ASOPARTES) y la Asociación Nacional de Industriales (ANDI).
Entre varias actividades, el convenio incluye un plan de formación para los funcionarios; la apertura de canales de comunicación e iniciativas para hacer más eficiente la gestión aduanera, así como el intercambio de conocimientos y la unificación de criterios.
Centros de excelencia
Este es el primer convenio enmarcado en la iniciativa de los Centros de Excelencia, que son una herramienta creada por la DIAN para fortalecer y especializar el saber técnico aduanero por sectores económicos. La idea es que estos centros permitan el intercambio de conocimiento con los gremios y las empresas, y que de esta forma puedan estandarizarse y simplificarse los procedimientos aduaneros en el país.
Esta herramienta nació de la Resolución 149 de 2021, que estableció el funcionamiento y propósito de esta figura de facilitación, que procura una comunicación asertiva entre la aduana y el sector privado para los procedimientos aduaneros y la formación de funcionarios en la industria con el propósito de construir herramientas y mejores prácticas.
La firma con el sector automotor es una oportunidad para responder con mayor precisión técnica a las necesidades de la industria en materia de comercio exterior. La DIAN espera implementar esta herramienta con los demás sectores económicos.
DIAN realizó visitas de control de Facturación a Gastrobares y Casinos
Durante el pasado fin de semana, en 31 ciudades del país, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, hizo visitas a establecimientos de comercio como gastrobares y juegos de azar para verificar el cumplimiento en la expedición de la factura.
Estas acciones de control consistieron en verificar que, durante los horarios de atención de los establecimientos, todos los ingresos recibidos se liquidaran con los impuestos correspondientes y se facturaran en su totalidad. Asimismo, se verificó si estos contribuyentes presentaban obligaciones en mora y se entregó la orientación correspondiente para normalizar su situación.
De los 703 establecimientos visitados, en 185 se encontraron irregularidades en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias (con base el artículo 653 del Estatuto Tributario), por lo que se les aplicará pliego de cargos para adelantar su cierre. De la misma manera, en 59 casos se reportaron obligaciones de mora con la DIAN.
En los próximos días se procederá al cumplimiento de los cierres de estos establecimientos y las acciones de cobro correspondientes.
Las visitas fueron adelantadas por 824 funcionarios de las direcciones seccionales, y dirigidas por las direcciones de gestión de Impuestos, Fiscalización y la Dirección Operativa de Grandes Contribuyentes.
Con esta jornada, ya van 45.871 visitas de facturación efectuadas a lo largo del año. El mensaje para los contribuyentes es que facturen correctamente y entreguen la factura sin dilaciones para evitar procesos más costosos tanto para ellos como para la administración tributaria.
La DIAN invita a la ciudadanía a exigir siempre la factura. Es importante recordar que para recibir la factura electrónica, el comprador solo debe entregarle tres datos al establecimiento que la expide: nombre o razón social, número de cédula o NIT y correo electrónico para realizar el envío del documento.
Recaudo por Impuesto de Renta del año gravable 2022 fue de $19,66 billones
Entre el 9 de agosto y el 19 de octubre de 2023, un total de 5.438.850 personas naturales cumplieron con la obligación de presentar la declaración del Impuesto de Renta y Complementarios, correspondiente al año gravable 2022. Esto representa un incremento del 25 % frente al año gravable 2021, con un aumento de 1.086.794 declarantes.
En total, la cifra de recaudo por este concepto fue de $19,66 billones, lo que representó un aumento del 30,2 % frente a los $15,1 billones recaudados en el año gravable 2021.
De otro lado, la Dian dispuso 5.273.072 declaraciones sugeridas en su propósito de acercarse al ciudadano y de simplificar el cumplimiento y el pago voluntario del tributo. Desde el pasado 22 de septiembre, la entidad implementó un mecanismo más cercano, amigable y ágil para facilitar todo el proceso de diligenciamiento, presentación y pago.
En relación con las formas de presentación del impuesto de renta, el 97,4 % de personas hicieron el trámite en línea, mientras que el 2,6 % restante lo hicieron en las oficinas de las entidades bancarias autorizadas.
Del total de $19,66 billones recaudados, $4,5 billones corresponden al valor del saldo que debieron pagar los ciudadanos al presentar la declaración y el resto corresponde a la retención en la fuente que se hace a lo largo del año gravable. De los pagos recibidos, el 60 % fueron de manera electrónica, y el 40 % de manera presencial en los bancos autorizados. Esto representa un aumento del 5 % del pago electrónico, que en el año anterior fue del 55 %.
De igual forma, la gestión de la entidad permitió llamar la atención de los ciudadanos que debían declarar y que no habían cumplido con su obligación dentro de las fechas de vencimiento. De ellos, 384.925 presentaron su declaración de manera extemporánea.
Con respecto a los canales de atención de la entidad, durante los meses de vencimiento de este impuesto, fueron atendidos 633.813 ciudadanos, tanto de manera presencial como virtual. La ciudadanía hizo uso de estos canales para recibir orientación en temas como actualización o inscripción en el RUT, creación y habilitación de cuenta, información exógena, firma electrónica, diligenciamiento, presentación y pago de la Declaración del Impuesto de Renta y Complementario para personas naturales.
DIAN premia, hasta con $10 millones, a quienes piden la Factura Electrónica
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, lanzó el Premio Fiscal 2023 'La factura electrónica me premia', una estrategia con la que busca que las personas exijan siempre la factura electrónica cada vez que adquieran un bien o servicio. En esta oportunidad, los premios consisten en bonos que van desde los $100.000 hasta los $10 millones de pesos, que serán sorteados entre quienes hagan compras del 24 de octubre al 23 de noviembre de 2023 y cumplan con el requisito.
Para participar, no es necesario hacer inscripción de las facturas electrónicas, pues al ser expedidas, se registran de forma automática en el Sistema de Facturación de la DIAN. Lo que deben hacer las personas, simplemente, es exigir y verificar que la factura haya sido expedida a su nombre y enviada a su correo de manera inmediata.
Luis Carlos Reyes Hernández, Director General de la DIAN explicó que en total serán sorteados 2.710 bonos de $100.000; 80 bonos de $1.000.000; y 10 de $10.000.000., con el fin de que exigir la factura electrónica y verificar que se haya enviado a la DIAN se vuelva un hábito que facilita el control efectivo de los impuestos pagados por la ciudadanía que financian el desarrollo económico y social del país.
El Director General de la entidad también pidió a los facturadores electrónicos que expidan este documento con todos los requisitos de ley y sin exigir a los compradores más datos de los necesarios, que son tres: nombre o razón social, número de cédula o NIT y correo electrónico.
Es importante tener en cuenta que esta actividad se basa en lo consagrado en el artículo 618-1 del Estatuto Tributario, que establece el Premio Fiscal y le permite a la administración tributaria la ejecución de estas estrategias para fomentar la cultura de la contribución.
Del Premio Fiscal no podrán participar las facturas electrónicas emitidas a los servidores públicos de la DIAN, tampoco a quienes tengan contratos de prestación de servicios con la entidad, así como personas naturales calificadas como grandes contribuyentes, quienes expidan factura electrónica a nombre propio, y las facturas expedidas a consumidor final identificado con el número 222222222222.
No olvide incluir el correo electrónico en su RUT
La DIAN le recuerda que tener desactualizada su información en el RUT puede causar la suspensión del registro. Evite inconvenientes: verificarlo y actualizarlo es muy fácil.
El RUT es el mecanismo que usa la DIAN para identificar, ubicar y clasificar a las personas y organizaciones en relación con sus obligaciones tributarias. Por eso es clave que la información registrada en él sea exacta y veraz, para que la entidad pueda tener una comunicación directa y efectiva cuando lo necesite.
Esta es la razón por la que datos como la dirección del domicilio, los números de teléfono y el correo electrónico son obligatorios en el RUT. Sin embargo, la DIAN ha identificado que, actualmente, más de 4 millones de inscritos no tienen el correo electrónico, lo que podría causarles la suspensión de su registro y sanciones.
Así que es importante que, periódicamente, verifique que la información de su RUT está completa y actualizada. En este enlace, usted podrá saber de forma fácil si su registro cuenta con una dirección de correo válida. Lo único que tiene que hacer es digitar su NIT o el de su organización.
En caso de que el sistema le avise que su RUT no cuenta con un correo electrónico válido, aquí le compartimos una serie de pasos para que pueda actualizarlo de forma simple:
En el portal transaccional de la DIAN:
Ingrese 'A nombre propio', y siga los pasos después de hacer clic en “Actualización RUT".
Si no recuerda la contraseña de su cuenta de usuario puede ver este video.
Si no tiene cuenta de usuario o está inhabilitada, puede crearla o activarla aquí.
También puede solicitar una cita para hacer el trámite en este enlace.
Tenga en cuenta:
Puede agendar cita virtual en cualquier ciudad del país o presencial en la ciudad de su domicilio, de acuerdo con su preferencia y disponibilidad.
Mantener el RUT actualizado garantiza la calidad, veracidad y confiabilidad de la información de este registro.
Informar el correo electrónico en el RUT es de carácter obligatorio, según la normativa vigente[1].
La ubicación[2] comprende el domicilio principal, números telefónicos y correo electrónico en los que la DIAN puede contactar oficialmente a los inscritos.
La falta de esta información puede generar la suspensión del RUT[3].
[1] Parágrafo 1, del numeral 3, del Artículo 1.6.1.2.5, del Decreto 1625 del 2016, “La información de identificación, ubicación y clasificación del Registro Único Tributario es de carácter obligatorio".
[2] Óp. cit, numeral 2.
[3] Artículo 1.6.1.2.16 del Decreto Único Reglamentario 1625 de 2016