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Martes, 04 Marzo 2014 06:56
La protección en riesgos laborales, más que una obligación una necesidad
Escrito por Fernando Salazar
En promedio cada once horas y media murió el año pasado en Colombia una persona a causa de un accidente de trabajo. Según la Dirección de Riesgos Laborales del Ministerio del Trabajo, de las 938 muertes reportadas en 2013, un total de 755 ya fueron calificadas, es decir que plenamente se estableció que perdieron la vida como consecuencia de las tareas laborales que desarrollaban; otras 375 muertes calificadas se registraron en 2011 y 528 en 2012.
El promedio de accidentes de trabajo en Colombia el año pasado fue de 62 cada hora, esto es 1.487 diarios, lo que significa 543.079 accidentes de trabajo calificados ocurridos en el país en 2013. Sin embargo, los reportados fueron 656.817.
En el caso de las enfermedades laborales, por esta causa murieron el año pasado 2 personas, según los procesos calificados. Entre tanto, las muertes reportadas fueron 51.
Las cifras forman parte de un informe de la Dirección de Riesgos Laborales del Ministerio del Trabajo, que realizó la tarea de ordenar toda la información que el SGRL le reporta. El grueso del estudio está con cierre a junio de 2013, pero datos relevantes como los que tienen que ver con el número de muertes, accidentes y enfermedades de trabajo calificadas, están reportados ya por todo el año 2013. De acuerdo con el reporte, a diciembre pasado había 8.475.437 personas afiliadas al Sistema General de Riesgos Laborales y a junio las empresas afiliadas eran 623.285.
El Ministerio del Trabajo mantiene una intensa labor de Pedagogía sobre riesgos laborales y ha impulsado importantes ajustes a la legislación en ese sentido, lo que trajo como consecuencia el incremento del número de personas y empresas afiliadas. Durante la gestión del ministro Rafael Pardo, se han impulsado importantes ajustes a las normas, buscando avanzar en la protección de los afiliados y es así como se estableció la obligatoriedad de afiliación a los trabajadores independientes, se redujeron los tiempos de calificación de accidentes y enfermedades y se garantizó que al trabajador cuyo evento esté en proceso de calificación no vea suspendidos sus pagos de incapacidades, entre otros.
Andrea Torres, Directora de Riesgos Laborales del Ministerio del Trabajo, anunció además que se avecinan ajustes en la tabla de enfermedades, ampliando su número y permitiendo así mayor precisión al momento de calificar si se trató o no de una afección por causa del trabajo.
Las enfermedades
De acuerdo con el estudio del Ministerio del Trabajo, en lo que respecta a las enfermedades laborales, las afecciones sufridas en 2013 por 10.246 personas, fueron calificadas como enfermedades laborales. Las reportadas en esos 12 meses llegaron a 21.349, es decir que más de la mitad están aún por determinar si fueron contraídas como resultado de la exposición a factores de riesgo inherentes a la actividad laboral o del medio en el cual se vieron obligados a trabajar.
De acuerdo con el estudio, de enero a junio de 2013, el 27 % de los trabajadores dependientes afiliados al SGRL pertenecía al sector inmobiliario, seguidos por el 12% y el 11% correspondiente a la industria manufacturera, comercio y construcción, respectivamente.
El mayor número de afiliados independientes se encontraba en el sector de la administración pública con el 23%, seguido del sector servicios sociales y de salud y sector educación, con el 21% y 16% respectivamente.
Según el informe, a causa de accidentes de trabajo las Administradoras de Riesgos Laborales pagaron 336 pensiones por invalidez en 2011, 439 en 2012 y 207 a junio de 2013. Por enfermedad laboral fueron reconocidas 25 pensiones de invalidez en 2011, 63 en 2012 y 42 en los primeros seis meses del año pasado.
Las Administradoras de Riesgos
A junio del 2013 se reportaron 8.101.495 afiliados promedio mes a las Administradoras de Riesgos Laborales, ARL, de los cuales el 84%, es decir 6.842.379, se encuentran laborando en 29 ciudades principales del país. La ARL Positiva tiene en esas ciudades la mayor cobertura, pues el 35% del total de esos trabajadores, 2.407.089, son sus afiliados. Ésta ARL también cuenta con la mayor cobertura en los demás municipios del país, pues de 1.259.116 afiliados, el 41% son atendidos por ella.
Según el estudio a junio de 2013, el 3% de los afiliados al Sistema General de Riesgos Laborales, son los trabajadores independientes.
Descargue Estudios elaborados por la Dirección de Riesgos Laborales
El promedio de accidentes de trabajo en Colombia el año pasado fue de 62 cada hora, esto es 1.487 diarios, lo que significa 543.079 accidentes de trabajo calificados ocurridos en el país en 2013. Sin embargo, los reportados fueron 656.817.
En el caso de las enfermedades laborales, por esta causa murieron el año pasado 2 personas, según los procesos calificados. Entre tanto, las muertes reportadas fueron 51.
Las cifras forman parte de un informe de la Dirección de Riesgos Laborales del Ministerio del Trabajo, que realizó la tarea de ordenar toda la información que el SGRL le reporta. El grueso del estudio está con cierre a junio de 2013, pero datos relevantes como los que tienen que ver con el número de muertes, accidentes y enfermedades de trabajo calificadas, están reportados ya por todo el año 2013. De acuerdo con el reporte, a diciembre pasado había 8.475.437 personas afiliadas al Sistema General de Riesgos Laborales y a junio las empresas afiliadas eran 623.285.
El Ministerio del Trabajo mantiene una intensa labor de Pedagogía sobre riesgos laborales y ha impulsado importantes ajustes a la legislación en ese sentido, lo que trajo como consecuencia el incremento del número de personas y empresas afiliadas. Durante la gestión del ministro Rafael Pardo, se han impulsado importantes ajustes a las normas, buscando avanzar en la protección de los afiliados y es así como se estableció la obligatoriedad de afiliación a los trabajadores independientes, se redujeron los tiempos de calificación de accidentes y enfermedades y se garantizó que al trabajador cuyo evento esté en proceso de calificación no vea suspendidos sus pagos de incapacidades, entre otros.
Andrea Torres, Directora de Riesgos Laborales del Ministerio del Trabajo, anunció además que se avecinan ajustes en la tabla de enfermedades, ampliando su número y permitiendo así mayor precisión al momento de calificar si se trató o no de una afección por causa del trabajo.
Las enfermedades
De acuerdo con el estudio del Ministerio del Trabajo, en lo que respecta a las enfermedades laborales, las afecciones sufridas en 2013 por 10.246 personas, fueron calificadas como enfermedades laborales. Las reportadas en esos 12 meses llegaron a 21.349, es decir que más de la mitad están aún por determinar si fueron contraídas como resultado de la exposición a factores de riesgo inherentes a la actividad laboral o del medio en el cual se vieron obligados a trabajar.
De acuerdo con el estudio, de enero a junio de 2013, el 27 % de los trabajadores dependientes afiliados al SGRL pertenecía al sector inmobiliario, seguidos por el 12% y el 11% correspondiente a la industria manufacturera, comercio y construcción, respectivamente.
El mayor número de afiliados independientes se encontraba en el sector de la administración pública con el 23%, seguido del sector servicios sociales y de salud y sector educación, con el 21% y 16% respectivamente.
Según el informe, a causa de accidentes de trabajo las Administradoras de Riesgos Laborales pagaron 336 pensiones por invalidez en 2011, 439 en 2012 y 207 a junio de 2013. Por enfermedad laboral fueron reconocidas 25 pensiones de invalidez en 2011, 63 en 2012 y 42 en los primeros seis meses del año pasado.
Las Administradoras de Riesgos
A junio del 2013 se reportaron 8.101.495 afiliados promedio mes a las Administradoras de Riesgos Laborales, ARL, de los cuales el 84%, es decir 6.842.379, se encuentran laborando en 29 ciudades principales del país. La ARL Positiva tiene en esas ciudades la mayor cobertura, pues el 35% del total de esos trabajadores, 2.407.089, son sus afiliados. Ésta ARL también cuenta con la mayor cobertura en los demás municipios del país, pues de 1.259.116 afiliados, el 41% son atendidos por ella.
Según el estudio a junio de 2013, el 3% de los afiliados al Sistema General de Riesgos Laborales, son los trabajadores independientes.
Descargue Estudios elaborados por la Dirección de Riesgos Laborales
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Lunes, 03 Marzo 2014 07:26
Nuevo plazo para reportar información exógena
Escrito por Fernando SalazarA través de la Resolución 000068, del 27 de febrero de 2014, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, amplió el plazo para la presentación de la información tributaria (información exógena) de la entidades públicas o privadas que celebren convenios de cooperación y asistencia técnica para el apoyo y ejecución de sus programas o proyectos con organismo internacionales.
Con la medida, estas entidades deberán reportar la información correspondiente a enero de 2014, a más tardar, el 31 de marzo de presente año.
Con la medida, estas entidades deberán reportar la información correspondiente a enero de 2014, a más tardar, el 31 de marzo de presente año.
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Lunes, 03 Marzo 2014 07:23
Políticas para un trabajo digno y de calidad se reflejan en caída de desempleo
Escrito por Fernando SalazarLas políticas creadas por el Gobierno Nacional para implementar un trabajo digno y de calidad, marcan una generación sostenida de puestos de trabajo y explican el aumento de la ocupación de tipo formal en el país.
Así lo demuestran las positivas cifras que presentó el viernes el DANE, al publicar que en enero de 2014, la tasa de desempleo nacional, se ubicó en 11.1%, se ocuparon 441 mil personas más y se redujo en 196 mil la cantidad de desempleados, frente al mismo mes del año 2013.
"Son impactos efectivos en el mercado laboral colombiano en materia de generación de puestos de trabajo, que nos indican que estamos apuntando a suplir las necesidades de los colombianos y nos motivan a fortalecer las políticas de formalización y de creación de nuevos puestos de trabajo", señaló el ministro Rafael Pardo al conocer las cifras.
En el trimestre noviembre 2013 – enero 2014, Quibdó es el área metropolitana que presentó la mayor tasa de desempleo con un nivel de 17.2%, seguida de Cúcuta con 16.7%. A su vez las ciudades que presentaron las menores tasas de desempleo son Barranquilla, con 7.7%; y Bogotá con 8.8%, siendo esta la que más contribuye en la ocupación.
Con respecto a la ciudad de Cúcuta, el titular de la cartera laboral, recordó que recientemente allí se inauguró el cuarto centro de empleo como una acción efectiva, para que las personas sean atendidas en la búsqueda de empleo y orientadas para procesos de capacitación y articulación con las necesidades de las empresas.
Riohacha, Popayán, y ciudades del Eje Cafetero como Pereira y Armenia presentaron los mayores caídas en la tasa de desempleo, frente al mismo periodo del año 2013 (-4.9, -3.1, -2.7 y -2.1 puntos porcentuales respectivamente).
Los sectores que concentraron la mayor parte de población ocupada fueron en su orden: comercio, hoteles y restaurantes (27.7%), servicios (19.5%) y agricultura (16.5%). Por su parte, la industria manufacturera concentro el 12.1% de los ocupados a nivel nacional. Los sectores que presentaron mayor crecimiento en la generación de puestos de trabajo en el trimestre noviembre 2013 – enero 2014 frente al mismo periodo del año anterior fueron construcción y servicios, con un crecimiento de 9%.
De acuerdo a la posición ocupacional para el trimestre noviembre 2013 – enero 2014, las de mayor crecimiento fueron los correspondientes a empleados, resaltando que el de empleado particular aumentó en 3.7%, frente a un 2.4% del trabajo por cuenta propia.
Para el trimestre noviembre 2013 – enero 2014, la tasa de desempleo cayó tanto en la ciudad como en el campo.
Para la zona urbana la tasa de desempleo se ubicó en 1.1 puntos porcentuales menos que el año anterior. En este sentido, el Ministerio del Trabajo viene adelantando la implementación de las rutas integrales de empleo rural y urbano para las víctimas del conflicto armado, a partir del cual, se beneficiaran aproximadamente 3.500 familias en el Urabá Antioqueño, Magdalena, Cesar, Nariño, Arauca, y la región de Montes de Maria en Sucre y Bolívar, afectando directamente la generación de empleo en estas zonas.
Así lo demuestran las positivas cifras que presentó el viernes el DANE, al publicar que en enero de 2014, la tasa de desempleo nacional, se ubicó en 11.1%, se ocuparon 441 mil personas más y se redujo en 196 mil la cantidad de desempleados, frente al mismo mes del año 2013.
"Son impactos efectivos en el mercado laboral colombiano en materia de generación de puestos de trabajo, que nos indican que estamos apuntando a suplir las necesidades de los colombianos y nos motivan a fortalecer las políticas de formalización y de creación de nuevos puestos de trabajo", señaló el ministro Rafael Pardo al conocer las cifras.
En el trimestre noviembre 2013 – enero 2014, Quibdó es el área metropolitana que presentó la mayor tasa de desempleo con un nivel de 17.2%, seguida de Cúcuta con 16.7%. A su vez las ciudades que presentaron las menores tasas de desempleo son Barranquilla, con 7.7%; y Bogotá con 8.8%, siendo esta la que más contribuye en la ocupación.
Con respecto a la ciudad de Cúcuta, el titular de la cartera laboral, recordó que recientemente allí se inauguró el cuarto centro de empleo como una acción efectiva, para que las personas sean atendidas en la búsqueda de empleo y orientadas para procesos de capacitación y articulación con las necesidades de las empresas.
Riohacha, Popayán, y ciudades del Eje Cafetero como Pereira y Armenia presentaron los mayores caídas en la tasa de desempleo, frente al mismo periodo del año 2013 (-4.9, -3.1, -2.7 y -2.1 puntos porcentuales respectivamente).
Los sectores que concentraron la mayor parte de población ocupada fueron en su orden: comercio, hoteles y restaurantes (27.7%), servicios (19.5%) y agricultura (16.5%). Por su parte, la industria manufacturera concentro el 12.1% de los ocupados a nivel nacional. Los sectores que presentaron mayor crecimiento en la generación de puestos de trabajo en el trimestre noviembre 2013 – enero 2014 frente al mismo periodo del año anterior fueron construcción y servicios, con un crecimiento de 9%.
De acuerdo a la posición ocupacional para el trimestre noviembre 2013 – enero 2014, las de mayor crecimiento fueron los correspondientes a empleados, resaltando que el de empleado particular aumentó en 3.7%, frente a un 2.4% del trabajo por cuenta propia.
Para el trimestre noviembre 2013 – enero 2014, la tasa de desempleo cayó tanto en la ciudad como en el campo.
Para la zona urbana la tasa de desempleo se ubicó en 1.1 puntos porcentuales menos que el año anterior. En este sentido, el Ministerio del Trabajo viene adelantando la implementación de las rutas integrales de empleo rural y urbano para las víctimas del conflicto armado, a partir del cual, se beneficiaran aproximadamente 3.500 familias en el Urabá Antioqueño, Magdalena, Cesar, Nariño, Arauca, y la región de Montes de Maria en Sucre y Bolívar, afectando directamente la generación de empleo en estas zonas.
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Viernes, 28 Febrero 2014 08:10
Disponible nueva versión de prevalidador de personal ante la DIAN
Escrito por Fernando SalazarLa Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN informó que de acuerdo a lo establecido en la Resolución 0245 de 15 de noviembre de 2013, a partir del 7 de febrero de 2014, se publicó en la sección SERVICIOS EN LINEA / OTROS SERVICIOS la versión 1.1 del Prevalidador Registro Aduanero, que incluye los siguientes cambios:
En la Casilla EPS, fueron incluidas las opciones para Nueva EPS, ALIANSALUD y SURA
En la Casilla PENSION, se incluyó la opción para COLPENSIONES
La Casilla Nivel Académico, permite a la fecha cumplir con la condición de formación Profesional al Rol Auxiliar Aduanero
Es importante recordar que todos los Usuarios y Auxiliares de la Función Pública Aduanera, reconocidos, inscritos, autorizados y habilitados por la DIAN tienen plazo hasta el 11 de marzo de 2014 para presentar hojas de vida de representantes legales, socios, directivos, responsable del código de ética y administradores de depósitos, y para registrar la vinculación de sus Representantes Aduaneros, Agentes Aduaneros y Auxiliares Aduaneros, a través del Servicio Informático Electrónico Registros, Autorizaciones y Certificaciones - Gestión de Personas.
De igual manera, se informa que la actualización del RUT en la sección Representantes, originada por la Vinculación o Desvinculación de Representantes Aduaneros y/o Agentes Aduaneros, debe hacerse en los Puntos de contacto de la DIAN, presentando además de los requisitos exigidos para actualizar el RUT, el Formato 1526 Presentación de Personas o el Formato 1783 Reporte Desvinculación de Personas, generado por el Servicio.
En la Casilla EPS, fueron incluidas las opciones para Nueva EPS, ALIANSALUD y SURA
En la Casilla PENSION, se incluyó la opción para COLPENSIONES
La Casilla Nivel Académico, permite a la fecha cumplir con la condición de formación Profesional al Rol Auxiliar Aduanero
Es importante recordar que todos los Usuarios y Auxiliares de la Función Pública Aduanera, reconocidos, inscritos, autorizados y habilitados por la DIAN tienen plazo hasta el 11 de marzo de 2014 para presentar hojas de vida de representantes legales, socios, directivos, responsable del código de ética y administradores de depósitos, y para registrar la vinculación de sus Representantes Aduaneros, Agentes Aduaneros y Auxiliares Aduaneros, a través del Servicio Informático Electrónico Registros, Autorizaciones y Certificaciones - Gestión de Personas.
De igual manera, se informa que la actualización del RUT en la sección Representantes, originada por la Vinculación o Desvinculación de Representantes Aduaneros y/o Agentes Aduaneros, debe hacerse en los Puntos de contacto de la DIAN, presentando además de los requisitos exigidos para actualizar el RUT, el Formato 1526 Presentación de Personas o el Formato 1783 Reporte Desvinculación de Personas, generado por el Servicio.
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Viernes, 28 Febrero 2014 08:09
Lo esencial es la Inclusión laboral para afrodescendientes: MinTrabajo
Escrito por Fernando Salazar"Lo esencial en el tema laboral es la inclusión en cargos de responsabilidad en poblaciones afro, indígenas, mujeres y personas en condición de discapacidad", señaló el ministro del Trabajo, Rafael Pardo, durante la presentación del primer estudio de psicografía y marcas para la población afrodescendiente en Colombia.
Por eso, dijo Pardo, "estamos convencidos en el Ministerio del Trabajo que es necesario establecer normas que den una acción afirmativa, o sea mecanismos de inclusión al menos en entidades del Estado en los cargos de responsabilidad. Es la única manera de avanzar en igualdad de oportunidades, así como se hizo en la Ley de cuotas para las mujeres, creo que hay que extenderla a otros grupos en los cuales hay una discriminación cultural y real".
La publicación que realizó el Programa para afrodescendientes e Indígenas de la Agencia para el Desarrollo Internacional (USAID), ACDI VOCA, BrandAsset Consulting y el Ministerio de Trabajo, "son un insumo invaluable en el proceso de construcción e implementación de las políticas nacionales de diversidad e inclusión. Son datos que dan a conocer las realidades particulares de nuestras poblaciones al igual que sus aspiraciones, lo que nos permite hacer empalmes efectivos de oferta y demanda", agregó el titular de la cartera laboral.
Es una iniciativa que nace como parte del trabajo que vienen adelantando estas entidades en el esfuerzo para lograr mejores condiciones laborales, inclusión y re significación de la población Afrocolombiana.
El BAV
El BAV: El Brand Asset Valuator (BAV) es el estudio de marcas más grande del mundo; que ha sido aplicado en más de 50 países, en el que se han medido más de 50 mil marcas y se ha entrevistado a más de 800 mil personas alrededor del mundo para conocer qué piensan sobre las marcas.
La exposición cuenta con más de 70 métricas de marca y más de 140 métricas de consumidor. En Colombia, el estudio del año 2013 es el sexto que se realiza desde 2007, y se compone de 2 mil 200 personas de Bogotá, Medellín, Cali, Barranquilla y Bucaramanga, en el cual se estudiaron mil 267 marcas de 134 categorías.
Por eso, dijo Pardo, "estamos convencidos en el Ministerio del Trabajo que es necesario establecer normas que den una acción afirmativa, o sea mecanismos de inclusión al menos en entidades del Estado en los cargos de responsabilidad. Es la única manera de avanzar en igualdad de oportunidades, así como se hizo en la Ley de cuotas para las mujeres, creo que hay que extenderla a otros grupos en los cuales hay una discriminación cultural y real".
La publicación que realizó el Programa para afrodescendientes e Indígenas de la Agencia para el Desarrollo Internacional (USAID), ACDI VOCA, BrandAsset Consulting y el Ministerio de Trabajo, "son un insumo invaluable en el proceso de construcción e implementación de las políticas nacionales de diversidad e inclusión. Son datos que dan a conocer las realidades particulares de nuestras poblaciones al igual que sus aspiraciones, lo que nos permite hacer empalmes efectivos de oferta y demanda", agregó el titular de la cartera laboral.
Es una iniciativa que nace como parte del trabajo que vienen adelantando estas entidades en el esfuerzo para lograr mejores condiciones laborales, inclusión y re significación de la población Afrocolombiana.
El BAV
El BAV: El Brand Asset Valuator (BAV) es el estudio de marcas más grande del mundo; que ha sido aplicado en más de 50 países, en el que se han medido más de 50 mil marcas y se ha entrevistado a más de 800 mil personas alrededor del mundo para conocer qué piensan sobre las marcas.
La exposición cuenta con más de 70 métricas de marca y más de 140 métricas de consumidor. En Colombia, el estudio del año 2013 es el sexto que se realiza desde 2007, y se compone de 2 mil 200 personas de Bogotá, Medellín, Cali, Barranquilla y Bucaramanga, en el cual se estudiaron mil 267 marcas de 134 categorías.
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Jueves, 27 Febrero 2014 11:56
Colombia y Ecuador reafirman compromiso en materia energética
Escrito por Fernando SalazarEl viceministro de Energía Orlando Cabrales Segovia se reunió con su homólogo ecuatoriano, José Medardo Cadena, para reiterar los acuerdos hechos sobre energía en zonas de frontera y presentar avances en los proyectos conjuntos.
“El trabajo entre Colombia y Ecuador sigue avanzando, cumpliendo los compromisos adquiridos anteriormente por el Presidente Juan Manuel Santos y el Presidente Rafael Correa en materia energética. Tenemos necesidades similares y queremos seguir con proyectos que beneficien a la población que vive en las fronteras”, afirmó el viceministro colombiano.
En la reunión, que tuvo lugar en el Ministerio de Minas y Energía, se revisaron los avances del Proyecto Geotérmico Binacional Tufiño – Chiles –Cerronegro que busca aprovechar el calor del interior de la tierra para producir energía.
Esta energía renovable, que utilizarían los dos países por las características geológicas de la región, permite reducir la dependencia de combustibles fósiles, reduciendo las emisiones de gas de efecto invernadero. “Colombia sigue explorando diferentes posibilidades para utilizar energías renovables limpias y así diversificar la canasta energética”, explicó Cabrales Segovia.
Por otro lado, el Instituto de Planificación y Promoción de Soluciones Energéticas para las Zonas no Interconectadas, IPSE, presentó el reporte de dos proyectos nuevos para las zonas de frontera. El primero, Ricaurte-Nariño, beneficiará a 1200 habitantes con una inversión de $3 mil millones, mientras que el proyecto Puerto Leguizamo–Putumayo recibirá recursos por $950 millones y beneficiará a 1245 habitantes. El Ministerio de Minas y Energía asignó recursos a ambos proyectos a través del Fondo de Apoyo Financiero para la Energización de las Zonas no Interconectadas, FAZNI.
“Ambas delegaciones se mostraron muy satisfechas con los avances y la buena voluntad para seguir adelante con nuestras aspiraciones energéticas. Nos reuniremos pronto para avanzar en dos proyectos más de interconexión eléctrica en zonas de frontera, y para progresar en el proyecto geotérmico”, dijo el viceministro de Energía.
“El trabajo entre Colombia y Ecuador sigue avanzando, cumpliendo los compromisos adquiridos anteriormente por el Presidente Juan Manuel Santos y el Presidente Rafael Correa en materia energética. Tenemos necesidades similares y queremos seguir con proyectos que beneficien a la población que vive en las fronteras”, afirmó el viceministro colombiano.
En la reunión, que tuvo lugar en el Ministerio de Minas y Energía, se revisaron los avances del Proyecto Geotérmico Binacional Tufiño – Chiles –Cerronegro que busca aprovechar el calor del interior de la tierra para producir energía.
Esta energía renovable, que utilizarían los dos países por las características geológicas de la región, permite reducir la dependencia de combustibles fósiles, reduciendo las emisiones de gas de efecto invernadero. “Colombia sigue explorando diferentes posibilidades para utilizar energías renovables limpias y así diversificar la canasta energética”, explicó Cabrales Segovia.
Por otro lado, el Instituto de Planificación y Promoción de Soluciones Energéticas para las Zonas no Interconectadas, IPSE, presentó el reporte de dos proyectos nuevos para las zonas de frontera. El primero, Ricaurte-Nariño, beneficiará a 1200 habitantes con una inversión de $3 mil millones, mientras que el proyecto Puerto Leguizamo–Putumayo recibirá recursos por $950 millones y beneficiará a 1245 habitantes. El Ministerio de Minas y Energía asignó recursos a ambos proyectos a través del Fondo de Apoyo Financiero para la Energización de las Zonas no Interconectadas, FAZNI.
“Ambas delegaciones se mostraron muy satisfechas con los avances y la buena voluntad para seguir adelante con nuestras aspiraciones energéticas. Nos reuniremos pronto para avanzar en dos proyectos más de interconexión eléctrica en zonas de frontera, y para progresar en el proyecto geotérmico”, dijo el viceministro de Energía.
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Jueves, 27 Febrero 2014 11:55
Trámites virtuales del RUP en la Cámara de Bogotá
Escrito por Fernando SalazarLa Cámara de Comercio de Bogotá puso a disposición del público una plataforma que permite realizar sus trámites de inscripción, renovación, actualización y cancelación del Registro Único de Proponentes con total seguridad y validez jurídica a través de este servicio y obtenga los siguientes beneficios:
• Menos errores, más precisión: evite errores en el diligenciamiento y agilice los cálculos que requiere el trámite. Las certificaciones se elaboran a partir de la información que usted suministra en los formularios durante el trámite.
• Facilidad: obtenga los modelos de certificación en línea.
• Mayor seguridad en la información: el sistema toma como referente los datos digitados por usted al momento de su registro o renovación anual.
Tenga en cuenta que según la última normatividad (Decreto 1510 de 2013 y Circular Única de la SIC Titulo VII, Punto 1.2) en el Registro Único de Proponentes podrán inscribirse:
Personas naturales:
• Comerciantes matriculados en el Registro Mercantil
• No matriculadas o con matrículas canceladas en el Registro Mercantil
Personas jurídicas:
• Sociedades comerciales
• Sociedades civiles
• Sociedades extranjeras con sucursal en Colombia
• Sociedades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia
Entidades sin Ánimo de Lucro (ESALES):
• Inscritas y activas en el Registro de las Entidades sin Ánimo de Lucro
• No inscritas en el sistema de registros de la Cámara de Comercio de Bogotá
Tenga en cuenta:
Tiempo de firmeza actos inscritos en el RUP:
Las actuaciones inscritas en el Registro Único de Proponentes quedarán en firme pasados diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente de su publicación en el Registro Único Empresarial y Social (RUES), siempre y cuando no se haya interpuesto recurso alguno contra esta actuación.
Traslado de domicilio:
En caso de que la persona jurídica o natural haya realizado el traslado de domicilio del proponente a la ciudad de Bogotá, o a cualquier municipio de la jurisdicción de la Cámara de Comercio de Bogotá, deberá realizar sus trámites de manera presencial en nuestras sedes.
Para conocer todos los detalles de este servicio, haga clic aquí.
• Menos errores, más precisión: evite errores en el diligenciamiento y agilice los cálculos que requiere el trámite. Las certificaciones se elaboran a partir de la información que usted suministra en los formularios durante el trámite.
• Facilidad: obtenga los modelos de certificación en línea.
• Mayor seguridad en la información: el sistema toma como referente los datos digitados por usted al momento de su registro o renovación anual.
Tenga en cuenta que según la última normatividad (Decreto 1510 de 2013 y Circular Única de la SIC Titulo VII, Punto 1.2) en el Registro Único de Proponentes podrán inscribirse:
Personas naturales:
• Comerciantes matriculados en el Registro Mercantil
• No matriculadas o con matrículas canceladas en el Registro Mercantil
Personas jurídicas:
• Sociedades comerciales
• Sociedades civiles
• Sociedades extranjeras con sucursal en Colombia
• Sociedades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia
Entidades sin Ánimo de Lucro (ESALES):
• Inscritas y activas en el Registro de las Entidades sin Ánimo de Lucro
• No inscritas en el sistema de registros de la Cámara de Comercio de Bogotá
Tenga en cuenta:
Tiempo de firmeza actos inscritos en el RUP:
Las actuaciones inscritas en el Registro Único de Proponentes quedarán en firme pasados diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente de su publicación en el Registro Único Empresarial y Social (RUES), siempre y cuando no se haya interpuesto recurso alguno contra esta actuación.
Traslado de domicilio:
En caso de que la persona jurídica o natural haya realizado el traslado de domicilio del proponente a la ciudad de Bogotá, o a cualquier municipio de la jurisdicción de la Cámara de Comercio de Bogotá, deberá realizar sus trámites de manera presencial en nuestras sedes.
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Martes, 25 Marzo 2014 07:17
Para ratificación MinTrabajo presenta al Congreso tres convenios con OIT
Escrito por Fernando SalazarTres Convenios con la Organización Internacional del Trabajo, OIT, que beneficiarán a los representantes de los trabajadores, al personal de enfermería y a las mujeres en estado de embarazo, presentó en el Congreso de la República, para su ratificación, el ministro del Trabajo, Rafael Pardo.
Se trata del Convenio 135 que desarrollo disposiciones sobre libertad sindical y negociación colectiva de la OIT, y que protege a los representantes de los trabajadores contra todo acto de discriminación, incluido el despido.
El segundo es el Convenio 149, referente al mejoramiento de las condiciones laborales del personal de enfermería, las cuales se deben implementar mediante la creación de una Política de servicios que garantice una educación adecuada, condiciones de empleo con una remuneración justa, descansos, horas de trabajo y vacaciones, así como el mejoramiento de las condiciones de higiene y seguridad social en el trabajo.
Así mismo, el Convenio 183 busca "La protección de la maternidad, que promueve la igualdad de todas las mujeres y la seguridad de la madre y el niño, además de garantizar a las embarazadas o lactantes el desempeño de trabajos que no perjudiquen su salud o la de su hijo", desctacó el ministro del Trabajo, Rafael Pardo.
Finalmente, el ministro Pardo sostuvo que "La legislación colombiana tiene avances muy importantes en estos temas, pero se quiere reforzar con la inclusión de estos tratados".
El Gobierno se comprometió en mayo de 2013, a llevar estas iniciativas al Congreso, en cumplimiento del acuerdo celebrado con trabajadores del sector público.
Estos instrumentos internacionales también fueron estudiados en la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales, en el marco de la Política de Diálogo Social del Ministerio del Trabajo.
Se trata del Convenio 135 que desarrollo disposiciones sobre libertad sindical y negociación colectiva de la OIT, y que protege a los representantes de los trabajadores contra todo acto de discriminación, incluido el despido.
El segundo es el Convenio 149, referente al mejoramiento de las condiciones laborales del personal de enfermería, las cuales se deben implementar mediante la creación de una Política de servicios que garantice una educación adecuada, condiciones de empleo con una remuneración justa, descansos, horas de trabajo y vacaciones, así como el mejoramiento de las condiciones de higiene y seguridad social en el trabajo.
Así mismo, el Convenio 183 busca "La protección de la maternidad, que promueve la igualdad de todas las mujeres y la seguridad de la madre y el niño, además de garantizar a las embarazadas o lactantes el desempeño de trabajos que no perjudiquen su salud o la de su hijo", desctacó el ministro del Trabajo, Rafael Pardo.
Finalmente, el ministro Pardo sostuvo que "La legislación colombiana tiene avances muy importantes en estos temas, pero se quiere reforzar con la inclusión de estos tratados".
El Gobierno se comprometió en mayo de 2013, a llevar estas iniciativas al Congreso, en cumplimiento del acuerdo celebrado con trabajadores del sector público.
Estos instrumentos internacionales también fueron estudiados en la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales, en el marco de la Política de Diálogo Social del Ministerio del Trabajo.
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Martes, 25 Marzo 2014 07:18
Colombia logró segundo mejor crecimiento económico en América Latina en cuarto trimestre de 2013: MinHacienda
Escrito por Fernando SalazarEl Ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, destacó la tasa de crecimiento económico de Colombia durante 2013 de 4,3% y de 4,9% en el cuarto trimestre, ubicándose como la segunda mejor de América Latina.
Señaló que la economía colombiana sobresalió en la región “gracias a la ejecución de políticas como el Plan de Impulso a la Productividad y el Empleo (PIPE) que fueron oportunas para revertir la desaceleración de la economía a comienzos del año pasado”.
El Ministro Cárdenas mencionó el buen resultado del sector agropecuario con una tasa del 5,2% en 2013, la más alta en los últimos 23 años (6,6% en 1990).
Además dijo que el sector de la construcción creció un 10% como resultado de las políticas anticíclicas lideradas de manera efectiva y oportuna. “Gracias a ello Colombia ocupó el decimosexto lugar entre 75 países que ya han reportado sus cifras económicas”.
Según el Ministro, la inversión pública batió record en 2013 con un total del 27,7% del PIB, “garantía de las altas tasas de crecimiento en los años venideros”.
“En el segundo semestre del año pasado el crecimiento fue del 5,2%, es decir, recuperamos nuestra tendencia para favorecer la equidad entre los colombianos. Las intervenciones fueron todas muy efectivas, especialmente en materia de vivienda y en obras civiles que sirvieron para jalonar al resto de la economía”, concluyó.
Señaló que la economía colombiana sobresalió en la región “gracias a la ejecución de políticas como el Plan de Impulso a la Productividad y el Empleo (PIPE) que fueron oportunas para revertir la desaceleración de la economía a comienzos del año pasado”.
El Ministro Cárdenas mencionó el buen resultado del sector agropecuario con una tasa del 5,2% en 2013, la más alta en los últimos 23 años (6,6% en 1990).
Además dijo que el sector de la construcción creció un 10% como resultado de las políticas anticíclicas lideradas de manera efectiva y oportuna. “Gracias a ello Colombia ocupó el decimosexto lugar entre 75 países que ya han reportado sus cifras económicas”.
Según el Ministro, la inversión pública batió record en 2013 con un total del 27,7% del PIB, “garantía de las altas tasas de crecimiento en los años venideros”.
“En el segundo semestre del año pasado el crecimiento fue del 5,2%, es decir, recuperamos nuestra tendencia para favorecer la equidad entre los colombianos. Las intervenciones fueron todas muy efectivas, especialmente en materia de vivienda y en obras civiles que sirvieron para jalonar al resto de la economía”, concluyó.
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Miércoles, 26 Marzo 2014 06:58
Inscriba o actualice su rut de acuerdo a los últimos dígitos de su cédula
Escrito por Fernando Salazar
Con ánimo facilitar el cumplimiento de la obligación de presentación y pago de la Declaración del Impuesto de Renta para Personas Naturales del año gravable 2013 y hacer más rápida la atención en los Puntos de Contacto, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, tiene en marcha una jornada para que los ciudadanos realicen el trámite de inscripción o actualización del Registro Único Tributario – RUT, de acuerdo con los dos últimos dígitos de su documento de identificación o NIT.
Las fechas programadas para esta jornada serán las siguientes:
Las fechas programadas para esta jornada serán las siguientes:
La DIAN indicó que la realización de este trámite es el primer paso para aquellos nuevos contribuyentes obligados declarar renta en 2014.
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Jueves, 27 Marzo 2014 07:06
Colombia fortalecerá la facturación electrónica
Escrito por Fernando SalazarLa Comisión Interparlamentaria de Crédito Público, dio concepto definitivo favorable al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) y al Departamento Nacional de Planeación y Agencia Nacional de Contratación Pública - para contratar empréstitos con la Banca Multilateral hasta por US$32 millones.
El Ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas indicó que de este total US$20 millones se destinarán a financiar el Proyecto de Eficiencia al Servicio del ciudadano.
“Los recursos contribuirán a mejorar la calidad y la oportunidad con la que los ciudadanos acceden a la información, trámites y servicios del Rama Ejecutiva de la Administración Pública Nacional simplificando los procesos y procedimientos necesarios para acceder a los mismos y promoviendo la eficiencia administrativa”, explicó el titular de la cartera.
La Comisión también otorgó concepto definitivo favorable al Ministerio de Hacienda y a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) para contratar un empréstito con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) por US$12 millones para financiar el programa “Impulso y masificación de la Factura Electrónica en Colombia”.
Cárdenas agregó “los recursos fortalecerán las capacidades de la administración tributaria y aduanera de Colombia, así como la inserción del país en la economía internacional, a través del impulso a la masificación del sistema de facturación electrónica”.
El Ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas indicó que de este total US$20 millones se destinarán a financiar el Proyecto de Eficiencia al Servicio del ciudadano.
“Los recursos contribuirán a mejorar la calidad y la oportunidad con la que los ciudadanos acceden a la información, trámites y servicios del Rama Ejecutiva de la Administración Pública Nacional simplificando los procesos y procedimientos necesarios para acceder a los mismos y promoviendo la eficiencia administrativa”, explicó el titular de la cartera.
La Comisión también otorgó concepto definitivo favorable al Ministerio de Hacienda y a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) para contratar un empréstito con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) por US$12 millones para financiar el programa “Impulso y masificación de la Factura Electrónica en Colombia”.
Cárdenas agregó “los recursos fortalecerán las capacidades de la administración tributaria y aduanera de Colombia, así como la inserción del país en la economía internacional, a través del impulso a la masificación del sistema de facturación electrónica”.
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Jueves, 27 Marzo 2014 07:04
MinHacienda anuncia proyecto de ley sobre inclusión financiera
Escrito por Fernando SalazarEl Ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, anunció la presentación al Congreso de la República de un proyecto de ley que busca ampliar la inclusión financiera a todo el territorio nacional con menores costos y mayor número de operadores.
“No hay ninguna estrategia que ayude más a dar el salto hacia el desarrollo que la inclusión financiera”, dijo el funcionario durante su intervención en el Quinto Congreso de Acceso a Servicios Financieros, Sistemas y Herramientas de Pago, organizado por Asobancaria en Cartagena.
Agregó el Jefe de la cartera que la iniciativa del Gobierno pretende crear la llamada licencia financiera simplificada que permitirá el nacimiento de entidades especializadas en Pagos, Ahorros y Depósitos (PAD).
“Esas entidades sólo estarán facultadas para captar depósitos, no prestarán ni invertirán los recursos del público, los cuales deberán ser depositados en el Banco de la República o en un banco”, detalló el Ministro Cárdenas.
En concepto del titular del Ministerio de Hacienda, en la actualidad los costos de algunas transacciones siguen siendo altos, por ejemplo con el cobro de hasta $10.000 por enviar un giro de $100.000 a un familiar en otra región del país.
“Lo que queremos es crear un nuevo tipo de entidad que se encargue de hacer giros y pagos a las personas, que preste servicios a bajos costos y que sea vigilada por la Superintendencia Financiera para que no haya temor al nacimiento de pirámides “, aseguró.
Entre los beneficios adicionales que busca el Gobierno con la estrategia de inclusión financiera, se encuentran el uso de menos dinero en efectivo para mejorar la seguridad de los colombianos y apoyar el control al lavado de activos.
“Para que los beneficios redunden en todos los ciudadanos es necesario ampliar y garantizar la inclusión financiera porque genera más empleo, más oportunidades, más beneficios y acceso al crecimiento. Apenas tres municipios de los 1.102 del país no tienen presencia de una institución financiera, lo cual se ha logrado con corresponsales no bancarios y el apoyo del sistema financiero, pero es necesario reducir los costos de los servicios transaccionales, generar nuevos canales y ampliar la cobertura a pequeñas poblaciones”, concluyó al respecto el Ministro de Hacienda.
De otro lado, ratificó el interés del Gobierno del Presidente Juan Manuel Santos por eliminar gradualmente el Gravamen a los Movimientos Financieros (GMF) conocido como 4x1.000, considerando que frena el proceso de inclusión financiera.
“No hay ninguna estrategia que ayude más a dar el salto hacia el desarrollo que la inclusión financiera”, dijo el funcionario durante su intervención en el Quinto Congreso de Acceso a Servicios Financieros, Sistemas y Herramientas de Pago, organizado por Asobancaria en Cartagena.
Agregó el Jefe de la cartera que la iniciativa del Gobierno pretende crear la llamada licencia financiera simplificada que permitirá el nacimiento de entidades especializadas en Pagos, Ahorros y Depósitos (PAD).
“Esas entidades sólo estarán facultadas para captar depósitos, no prestarán ni invertirán los recursos del público, los cuales deberán ser depositados en el Banco de la República o en un banco”, detalló el Ministro Cárdenas.
En concepto del titular del Ministerio de Hacienda, en la actualidad los costos de algunas transacciones siguen siendo altos, por ejemplo con el cobro de hasta $10.000 por enviar un giro de $100.000 a un familiar en otra región del país.
“Lo que queremos es crear un nuevo tipo de entidad que se encargue de hacer giros y pagos a las personas, que preste servicios a bajos costos y que sea vigilada por la Superintendencia Financiera para que no haya temor al nacimiento de pirámides “, aseguró.
Entre los beneficios adicionales que busca el Gobierno con la estrategia de inclusión financiera, se encuentran el uso de menos dinero en efectivo para mejorar la seguridad de los colombianos y apoyar el control al lavado de activos.
“Para que los beneficios redunden en todos los ciudadanos es necesario ampliar y garantizar la inclusión financiera porque genera más empleo, más oportunidades, más beneficios y acceso al crecimiento. Apenas tres municipios de los 1.102 del país no tienen presencia de una institución financiera, lo cual se ha logrado con corresponsales no bancarios y el apoyo del sistema financiero, pero es necesario reducir los costos de los servicios transaccionales, generar nuevos canales y ampliar la cobertura a pequeñas poblaciones”, concluyó al respecto el Ministro de Hacienda.
De otro lado, ratificó el interés del Gobierno del Presidente Juan Manuel Santos por eliminar gradualmente el Gravamen a los Movimientos Financieros (GMF) conocido como 4x1.000, considerando que frena el proceso de inclusión financiera.
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Miércoles, 26 Marzo 2014 07:06
Intermediarios de seguros en riesgos laborales deberán registrarse para poder operar
Escrito por Fernando Salazar
Para ejercer la labor de intermediación de seguros en riesgos laborales los ineteresados deberán ahora inscribirse ante el Ministerio del Trabajo, antes del 1 de agosto del presente año.
Para realizar la inscripción el Ministerio del Trabajo dispuso de un formulario único al cual pueden acceder electrónicamente en la página web de la entidad los corredores, agencias y agentes de seguros. La medida entra en vigencia desde el 1 de agosto y no podrán realizar esta labor de intermediación los Corredores, agencias y agentes de seguros que no se inscriban.
La directora de Riesgos Laborales de la entidad, Andrea Torres Matiz, sostuvo que "La medida la toma el Gobierno Nacional a través del Ministerio del Trabajo, mediante Resolución 892 de 2014, en donde se adopta el Formulario único para que los intermediarios de seguros en riesgos laborales realicen la solicitud de inscripción, actualización o retiro ante la Entidad".
"La inscripción también permitirá identificar al intermediario en riesgos laborales, cuantificar por departamento o municipio a los intermediarios para tener estadísticas confiables", indicó la funcionaria.
Las Direcciones Territoriales del Ministerio del Trabajo podrán realizar visitas para verificar el cumplimiento de los requisitos de idoneidad profesional, infraestructura humana y operativa de los agentes, agencias y corredores de seguros y en caso de encontrar incumplimiento solicitará el retiro del intermediario del Registro Único de Intermediarios.
El Ministerio expidió el decreto 1637 de 2013 que fijó la medida para los intermediarios y ahora adopta mediante resolución el Formulario único de registro.
El nuevo documento se conocerá como Formulario Único de Intermediarios de Seguros en el Ramo de Riesgos laborales, con su sigla, FUIRL, cuya inscripción electrónica tendrá una vigencia de 5 años, después de ese tiempo tendrá que ser renovada.
La resolución también determina la realización de cursos de conocimiento con una intensidad entre 60 y 80 horas, con programas que abarquen materias generales y técnicas relacionadas con la administración y procedimiento para la afiliación al Sistema General de Riesgos Laborares como bases jurídicas y actuariales del seguro; principio generales del Sistema y programas de promoción y prevención, obligaciones a cargo del empleador. Así mismo, las materiales relacionadas con las obligaciones a cargo del empleador, de la administradora de riesgos, determinación del monto de la cotización y prestaciones del Sistema.
El curso se podrá tomar en Instituciones Técnicas, Tecnológicas y Universitarias debidamente acreditadas por el Ministerio de Educación Nacional, instituciones de formación para el trabajo y el desarrollo humano con certificación en Sistemas de Gestión de la Calidad y en las compañías aseguradoras.
¿En qué consiste la solicitud de actualización?
Para actualizar los datos contenidos en el formulario tendrán que adjuntar información general como identificación del corredor, agentes o agencias de seguros de riesgos Laborales, acreditación de idoneidad profesional, la infraestructura humana en donde constate que cuenta con un abogado, un médico y un profesional especializado en riesgos laborales, y una infraestructura operativa.
Para poder radicar el Formulario, FUIRL y obtener el número de radicación respectivo, deberá estar diligenciado en su totalidad y venir acompañado de todos los soportes.
Para inscribirse, actualizar o renovar el Formulario los interesados deberán ingresar a través de la página web del Ministerio del Trabajo quien administrará el sistema de información electrónico: www.mintrabajo.gov.co para ello, actualmente se adelantan pruebas de cómo operará el sistema.
Una vez el Formulario se encuentre cargado en el sistema de información, la respuesta se enviará al correo electrónico del solicitante. La respuesta satisfactoria a la solicitud de registro de inscripción, informará el número asignado de Registro Único de Intermediarios del Sistema General de Riesgos Laborales.
Si hay respuesta de rechazo a la solicitud de registro de inscripción se informarán los motivos; en este caso, el intermediario podrá presentar y diligenciar nuevamente la solicitud y el sistema de información le dará un nuevo radicado de solicitud.
El intermediario que se retire voluntariamente de su actividad tendrá que informarlo, diligenciando el formulario.
Resolución 0892 de 2014
Para realizar la inscripción el Ministerio del Trabajo dispuso de un formulario único al cual pueden acceder electrónicamente en la página web de la entidad los corredores, agencias y agentes de seguros. La medida entra en vigencia desde el 1 de agosto y no podrán realizar esta labor de intermediación los Corredores, agencias y agentes de seguros que no se inscriban.
La directora de Riesgos Laborales de la entidad, Andrea Torres Matiz, sostuvo que "La medida la toma el Gobierno Nacional a través del Ministerio del Trabajo, mediante Resolución 892 de 2014, en donde se adopta el Formulario único para que los intermediarios de seguros en riesgos laborales realicen la solicitud de inscripción, actualización o retiro ante la Entidad".
"La inscripción también permitirá identificar al intermediario en riesgos laborales, cuantificar por departamento o municipio a los intermediarios para tener estadísticas confiables", indicó la funcionaria.
Las Direcciones Territoriales del Ministerio del Trabajo podrán realizar visitas para verificar el cumplimiento de los requisitos de idoneidad profesional, infraestructura humana y operativa de los agentes, agencias y corredores de seguros y en caso de encontrar incumplimiento solicitará el retiro del intermediario del Registro Único de Intermediarios.
El Ministerio expidió el decreto 1637 de 2013 que fijó la medida para los intermediarios y ahora adopta mediante resolución el Formulario único de registro.
El nuevo documento se conocerá como Formulario Único de Intermediarios de Seguros en el Ramo de Riesgos laborales, con su sigla, FUIRL, cuya inscripción electrónica tendrá una vigencia de 5 años, después de ese tiempo tendrá que ser renovada.
La resolución también determina la realización de cursos de conocimiento con una intensidad entre 60 y 80 horas, con programas que abarquen materias generales y técnicas relacionadas con la administración y procedimiento para la afiliación al Sistema General de Riesgos Laborares como bases jurídicas y actuariales del seguro; principio generales del Sistema y programas de promoción y prevención, obligaciones a cargo del empleador. Así mismo, las materiales relacionadas con las obligaciones a cargo del empleador, de la administradora de riesgos, determinación del monto de la cotización y prestaciones del Sistema.
El curso se podrá tomar en Instituciones Técnicas, Tecnológicas y Universitarias debidamente acreditadas por el Ministerio de Educación Nacional, instituciones de formación para el trabajo y el desarrollo humano con certificación en Sistemas de Gestión de la Calidad y en las compañías aseguradoras.
¿En qué consiste la solicitud de actualización?
Para actualizar los datos contenidos en el formulario tendrán que adjuntar información general como identificación del corredor, agentes o agencias de seguros de riesgos Laborales, acreditación de idoneidad profesional, la infraestructura humana en donde constate que cuenta con un abogado, un médico y un profesional especializado en riesgos laborales, y una infraestructura operativa.
Para poder radicar el Formulario, FUIRL y obtener el número de radicación respectivo, deberá estar diligenciado en su totalidad y venir acompañado de todos los soportes.
Para inscribirse, actualizar o renovar el Formulario los interesados deberán ingresar a través de la página web del Ministerio del Trabajo quien administrará el sistema de información electrónico: www.mintrabajo.gov.co para ello, actualmente se adelantan pruebas de cómo operará el sistema.
Una vez el Formulario se encuentre cargado en el sistema de información, la respuesta se enviará al correo electrónico del solicitante. La respuesta satisfactoria a la solicitud de registro de inscripción, informará el número asignado de Registro Único de Intermediarios del Sistema General de Riesgos Laborales.
Si hay respuesta de rechazo a la solicitud de registro de inscripción se informarán los motivos; en este caso, el intermediario podrá presentar y diligenciar nuevamente la solicitud y el sistema de información le dará un nuevo radicado de solicitud.
El intermediario que se retire voluntariamente de su actividad tendrá que informarlo, diligenciando el formulario.
Resolución 0892 de 2014
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Viernes, 04 Abril 2014 07:04
Gobierno radica Proyecto de Ley de Inclusión Financiera: Pague Digital
Escrito por Fernando Salazar
Los Ministros de Hacienda y Crédito Público, Mauricio Cárdenas y de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, Diego Molano, radicaron el Proyecto de Ley de Inclusión Financiera: Pague Digital, en el Congreso de la República.
El titular de la cartera de Hacienda afirmó que este Proyecto de Ley busca que más colombianos puedan acceder a servicios como giros, pagos y transferencias a menores costos y en forma más sencilla.
“Esto sin duda permitirá que la inclusión financiera llegue a los lugares más apartados del territorio nacional a bajo costo, creando además un historial de pagos y ahorro que sirva de base para acceder en el futuro a créditos en entidades bancarias”, dijo el Ministro Cárdenas.
El funcionario explicó que la iniciativa crea un nuevo tipo de entidad financiera denominada Sociedad Especializada en Depósitos y Pagos Electrónicos, en donde las personas podrán realizar transacciones –de manera fácil y segura- como el pago de servicios públicos, envío de dinero a familiares, compras por internet, entre otros.
“En esta entidad se podrá abrir una cuenta PAD (Pagos y Ahorros Digitales), solamente con el nombre y la información contenida en la cédula de ciudadanía y sin necesidad de hacerlo en forma presencial”, destacó Cárdenas.
Y agregó: “los pagos que se hagan desde las cuentas PAD estarán exentos del impuesto del cuatro por mil, cuando los retiros no superen un millón 800 mil pesos mensuales”.
El Ministro destacó además que las Sociedades Especializadas en Depósitos y Pagos Electrónicos estarán vigiladas por la Superintendencia Financiera y contarán con la garantía del seguro de depósitos de Fogafín, dándoles a los ahorradores toda la seguridad necesaria.
“Estamos decididos en avanzar hacia una inclusión financiera plena y de calidad por el progreso del país, consolidándonos como líderes en la región”, enfatizó.
Por último, el Jefe de la cartera de Hacienda sostuvo que esta nueva licencia permitirá el aprovechamiento de tecnologías y canales alternativos, que cuentan con una cobertura casi total en el territorio nacional, garantizando el acceso a los colombianos de todos los estratos.
PROYECTO DE LEY
“Por la cual se dictan medidas tendientes a promover el acceso a los servicios financieros transaccionales y se dictan otras disposiciones.”
EL CONGRESO DE COLOMBIA
DECRETA:
TÍTULO I
DEL ACCESO A LOS SERVICIOS FINANCIEROS
CAPITULO I
DE LAS SOCIEDADES ESPECIALIZADAS EN DEPÓSITOS Y PAGOS ELECTRÓNICOS
Artículo 1. Sociedades especializadas en depósitos y pagos electrónicos. Son sociedades especializadas en depósitos y pagos electrónicos las instituciones financieras cuyo objeto exclusivo es:
La captación de recursos a través de los depósitos a los que se refiere el artículo 2 de la presente ley;
Hacer pagos y traspasos;
Tomar préstamos dentro y fuera del país, con las limitaciones señaladas por las leyes y
Obrar como agente de transferencia de cualquier persona y en tal carácter recibir y entregar dinero.
A las sociedades especializadas en depósitos y pagos electrónicos les serán aplicables los artículos 53, 55 a 68, 72 a 74, y 79 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero. Igualmente les serán aplicables las demás normas del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y las de carácter general cuya aplicación sea procedente atendiendo la naturaleza de dichas instituciones.
Los recursos captados por las sociedades especializadas en depósitos y pagos electrónicos deberán ser depositados por éstas, en depósitos a la vista administrados por establecimientos de crédito o en una cuenta del Banco de República, conforme a lo que para el efecto reglamente el Gobierno Nacional.
Corresponderá al Gobierno Nacional establecer el régimen aplicable a estas entidades.
Las sociedades especializadas en depósitos y pagos electrónicos estarán sujetas a la inspección, vigilancia y control de la Superintendencia Financiera de Colombia.
Las sociedades especializadas en depósitos y pagos electrónicos deberán cumplir con las mismas disposiciones que las demás instituciones financieras en materia de lavado de activos y financiación del terrorismo.
Parágrafo 1: En ningún caso las sociedades especializadas en depósitos y pagos electrónicos podrán otorgar crédito o cualquier otro tipo de financiación.
Parágrafo 2: Los depósitos captados por las sociedades especializadas en depósitos y pagos electrónicos tendrán la garantía del Fondo de Garantías de Instituciones Financieras. Para tal efecto, las sociedades especializadas en depósitos y pagos electrónicos deberán inscribirse en el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras.
Parágrafo 3: Las sociedades especializadas en depósitos y pagos electrónicos podrán ser constituidas por cualquier persona natural o jurídica, incluyendo, entre otros, los operadores postales y los operadores móviles, en los términos establecidos en el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y demás normas aplicables.
Artículo 2. Depósitos de las sociedades especializadas en depósitos y pagos electrónicos. Las sociedades especializadas en depósitos y pagos electrónicos podrán captar recursos del público exclusivamente a través de los depósitos a que hacen referencia los artículos 2.1.15.1.1. y subsiguientes del Decreto 2555 de 2010.
Estos depósitos tendrán un trámite de apertura simplificado el cual podrá hacerse de forma no presencial y sin requerir información adicional a la contenida en el documento de identidad, dentro de los límites que establezca el Gobierno Nacional.
Los retiros o disposición de recursos de estos depósitos estarán exentos del gravamen a los movimientos financieros en los términos del numeral 25 del artículo 879 del Estatuto Tributario.
Artículo 3. Capital mínimo de las sociedades especializadas en depósitos y pagos electrónicos. El capital mínimo que deberá acreditarse para solicitar la constitución de las sociedades especializadas en depósitos y pagos electrónicos será de cinco mil ochocientos cuarenta y seis millones de pesos ($5´846.000.000). Este monto se ajustará anualmente en forma automática en el mismo sentido y porcentaje en que varíe el índice de precios al consumidor que suministre el DANE. El valor resultante se aproximará al múltiplo en millones de pesos inmediatamente superior. El primer ajuste se realizará en enero de 2015, tomando como base la variación del índice de precios al consumidor durante 2014.
Artículo 4. Modifícase el inciso primero del numeral 1 del artículo 119 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, el cual quedará así:
“1. Inversiones en sociedades de servicios financieros, sociedades comisionistas de bolsa y sociedades especializadas en depósitos y pagos electrónicos. Los bancos, las corporaciones financieras y las compañías de financiamiento podrán participar en el capital de sociedades fiduciarias, sociedades comisionistas de bolsa, almacenes generales de depósito, sociedades administradoras de fondos de pensiones y cesantías y sociedades especializadas en depósitos y pagos electrónicos, siempre que se observen los siguientes requisitos.”
Artículo 5. Adiciónese un parágrafo al numeral 3 del artículo 119 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, del siguiente tenor:
“Parágrafo 2: La restricción a la operaciones realizadas entre la matriz y sus filiales a la que se refiere el literal a. del presente numeral, no será aplicable a las operaciones en las que la filial sea una sociedad especializada en depósitos y pagos electrónicos.”
Artículo 6. Contribuciones a la Superintendencia Financiera de Colombia: Las sociedades especializadas en depósitos y pagos electrónicos estarán obligadas a realizar las contribuciones a la Superintendencia Financiera de Colombia a las que se refiere el numeral 5 del artículo 337 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero. La forma de calcular el monto de las contribuciones será el previsto en dicha norma.
Artículo 7. Consulta de datos de identificación de la Registraduría Nacional del Estado Civil. Para la apertura o cualquier otro trámite relacionado con productos financieros que requiera la identificación del consumidor financiero, la Registraduría Nacional del Estado Civil pondrá a disposición de las entidades financieras y/o de los operadores de información financiera, previa solicitud de estos, la información necesaria para la verificación de la identidad de los mismos, incluyendo los códigos alfanuméricos correspondientes a la producción de los documentos de identidad.
Artículo 8. Vigencia y derogatorias. La presente ley rige a partir de su promulgación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Del Honorable Congreso de la República,
MAURICIO CÁRDENAS SANTAMARÍA DIEGO MOLANO VEGA
Ministro de Hacienda y Crédito Público Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones
El titular de la cartera de Hacienda afirmó que este Proyecto de Ley busca que más colombianos puedan acceder a servicios como giros, pagos y transferencias a menores costos y en forma más sencilla.
“Esto sin duda permitirá que la inclusión financiera llegue a los lugares más apartados del territorio nacional a bajo costo, creando además un historial de pagos y ahorro que sirva de base para acceder en el futuro a créditos en entidades bancarias”, dijo el Ministro Cárdenas.
El funcionario explicó que la iniciativa crea un nuevo tipo de entidad financiera denominada Sociedad Especializada en Depósitos y Pagos Electrónicos, en donde las personas podrán realizar transacciones –de manera fácil y segura- como el pago de servicios públicos, envío de dinero a familiares, compras por internet, entre otros.
“En esta entidad se podrá abrir una cuenta PAD (Pagos y Ahorros Digitales), solamente con el nombre y la información contenida en la cédula de ciudadanía y sin necesidad de hacerlo en forma presencial”, destacó Cárdenas.
Y agregó: “los pagos que se hagan desde las cuentas PAD estarán exentos del impuesto del cuatro por mil, cuando los retiros no superen un millón 800 mil pesos mensuales”.
El Ministro destacó además que las Sociedades Especializadas en Depósitos y Pagos Electrónicos estarán vigiladas por la Superintendencia Financiera y contarán con la garantía del seguro de depósitos de Fogafín, dándoles a los ahorradores toda la seguridad necesaria.
“Estamos decididos en avanzar hacia una inclusión financiera plena y de calidad por el progreso del país, consolidándonos como líderes en la región”, enfatizó.
Por último, el Jefe de la cartera de Hacienda sostuvo que esta nueva licencia permitirá el aprovechamiento de tecnologías y canales alternativos, que cuentan con una cobertura casi total en el territorio nacional, garantizando el acceso a los colombianos de todos los estratos.
PROYECTO DE LEY
“Por la cual se dictan medidas tendientes a promover el acceso a los servicios financieros transaccionales y se dictan otras disposiciones.”
EL CONGRESO DE COLOMBIA
DECRETA:
TÍTULO I
DEL ACCESO A LOS SERVICIOS FINANCIEROS
CAPITULO I
DE LAS SOCIEDADES ESPECIALIZADAS EN DEPÓSITOS Y PAGOS ELECTRÓNICOS
Artículo 1. Sociedades especializadas en depósitos y pagos electrónicos. Son sociedades especializadas en depósitos y pagos electrónicos las instituciones financieras cuyo objeto exclusivo es:
La captación de recursos a través de los depósitos a los que se refiere el artículo 2 de la presente ley;
Hacer pagos y traspasos;
Tomar préstamos dentro y fuera del país, con las limitaciones señaladas por las leyes y
Obrar como agente de transferencia de cualquier persona y en tal carácter recibir y entregar dinero.
A las sociedades especializadas en depósitos y pagos electrónicos les serán aplicables los artículos 53, 55 a 68, 72 a 74, y 79 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero. Igualmente les serán aplicables las demás normas del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y las de carácter general cuya aplicación sea procedente atendiendo la naturaleza de dichas instituciones.
Los recursos captados por las sociedades especializadas en depósitos y pagos electrónicos deberán ser depositados por éstas, en depósitos a la vista administrados por establecimientos de crédito o en una cuenta del Banco de República, conforme a lo que para el efecto reglamente el Gobierno Nacional.
Corresponderá al Gobierno Nacional establecer el régimen aplicable a estas entidades.
Las sociedades especializadas en depósitos y pagos electrónicos estarán sujetas a la inspección, vigilancia y control de la Superintendencia Financiera de Colombia.
Las sociedades especializadas en depósitos y pagos electrónicos deberán cumplir con las mismas disposiciones que las demás instituciones financieras en materia de lavado de activos y financiación del terrorismo.
Parágrafo 1: En ningún caso las sociedades especializadas en depósitos y pagos electrónicos podrán otorgar crédito o cualquier otro tipo de financiación.
Parágrafo 2: Los depósitos captados por las sociedades especializadas en depósitos y pagos electrónicos tendrán la garantía del Fondo de Garantías de Instituciones Financieras. Para tal efecto, las sociedades especializadas en depósitos y pagos electrónicos deberán inscribirse en el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras.
Parágrafo 3: Las sociedades especializadas en depósitos y pagos electrónicos podrán ser constituidas por cualquier persona natural o jurídica, incluyendo, entre otros, los operadores postales y los operadores móviles, en los términos establecidos en el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y demás normas aplicables.
Artículo 2. Depósitos de las sociedades especializadas en depósitos y pagos electrónicos. Las sociedades especializadas en depósitos y pagos electrónicos podrán captar recursos del público exclusivamente a través de los depósitos a que hacen referencia los artículos 2.1.15.1.1. y subsiguientes del Decreto 2555 de 2010.
Estos depósitos tendrán un trámite de apertura simplificado el cual podrá hacerse de forma no presencial y sin requerir información adicional a la contenida en el documento de identidad, dentro de los límites que establezca el Gobierno Nacional.
Los retiros o disposición de recursos de estos depósitos estarán exentos del gravamen a los movimientos financieros en los términos del numeral 25 del artículo 879 del Estatuto Tributario.
Artículo 3. Capital mínimo de las sociedades especializadas en depósitos y pagos electrónicos. El capital mínimo que deberá acreditarse para solicitar la constitución de las sociedades especializadas en depósitos y pagos electrónicos será de cinco mil ochocientos cuarenta y seis millones de pesos ($5´846.000.000). Este monto se ajustará anualmente en forma automática en el mismo sentido y porcentaje en que varíe el índice de precios al consumidor que suministre el DANE. El valor resultante se aproximará al múltiplo en millones de pesos inmediatamente superior. El primer ajuste se realizará en enero de 2015, tomando como base la variación del índice de precios al consumidor durante 2014.
Artículo 4. Modifícase el inciso primero del numeral 1 del artículo 119 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, el cual quedará así:
“1. Inversiones en sociedades de servicios financieros, sociedades comisionistas de bolsa y sociedades especializadas en depósitos y pagos electrónicos. Los bancos, las corporaciones financieras y las compañías de financiamiento podrán participar en el capital de sociedades fiduciarias, sociedades comisionistas de bolsa, almacenes generales de depósito, sociedades administradoras de fondos de pensiones y cesantías y sociedades especializadas en depósitos y pagos electrónicos, siempre que se observen los siguientes requisitos.”
Artículo 5. Adiciónese un parágrafo al numeral 3 del artículo 119 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, del siguiente tenor:
“Parágrafo 2: La restricción a la operaciones realizadas entre la matriz y sus filiales a la que se refiere el literal a. del presente numeral, no será aplicable a las operaciones en las que la filial sea una sociedad especializada en depósitos y pagos electrónicos.”
Artículo 6. Contribuciones a la Superintendencia Financiera de Colombia: Las sociedades especializadas en depósitos y pagos electrónicos estarán obligadas a realizar las contribuciones a la Superintendencia Financiera de Colombia a las que se refiere el numeral 5 del artículo 337 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero. La forma de calcular el monto de las contribuciones será el previsto en dicha norma.
Artículo 7. Consulta de datos de identificación de la Registraduría Nacional del Estado Civil. Para la apertura o cualquier otro trámite relacionado con productos financieros que requiera la identificación del consumidor financiero, la Registraduría Nacional del Estado Civil pondrá a disposición de las entidades financieras y/o de los operadores de información financiera, previa solicitud de estos, la información necesaria para la verificación de la identidad de los mismos, incluyendo los códigos alfanuméricos correspondientes a la producción de los documentos de identidad.
Artículo 8. Vigencia y derogatorias. La presente ley rige a partir de su promulgación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Del Honorable Congreso de la República,
MAURICIO CÁRDENAS SANTAMARÍA DIEGO MOLANO VEGA
Ministro de Hacienda y Crédito Público Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones
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